domingo, 12 de febrero de 2012


Parliamentary Assembly

Asamblea Parlamentaria







AS / Jur (2006) 16 Parte II
06 2006 ...
ajdoc16 2006 Parte II


Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos

Presuntas detenciones secretas e ilegales entre Estados transferencias que participan el Consejo de Europa, los Estados miembros

Proyecto de informe - Parte II (Exposición de motivos)
Ponente: Sr. Dick Marty, Suiza, ALDE


C. Exposición de motivos
por el señor Dick Marty, relator

Tabla de contenidos:

1. Son los derechos humanos poco más de una opción de Fairweather? ........................................... 3
1,1. 11 de septiembre 2001 ................................................................................. 3
1,2. La Bahía de Guantánamo .................................................................................... 4
1,3. Las cárceles secretas de la CIA en Europa? ................................................................... 4
1,4. El Consejo de la respuesta de Europa ............................................................. 5
1,5. Parlamento Europeo ............................................................................. 6
1,6. Relator o el investigador? ..................................................................... 6
1,7. ¿Es este un ejercicio anti-norteamericano? ............................................................. 7
1.8 ¿Hay alguna 8
2. El mundial de "tela de araña" .................................................................................. 9
2,1. La evolución del programa de entregas .................................................... 9
2,2. Los componentes de la tela de araña ................................................................ 12
2,3. Compilación de una base de datos de movimientos de aeronaves ................................................ 14
2,4. Operaciones de la tela de araña .................................................................. 15
2,5. Operaciones sucesivas entregas extraordinarias y detenciones secretas ................................... 16
2,6. Los centros de detención en Rumania y Polonia ............................. 16
2.6.1 El caso de Rumania .......................................................... 16
2.6.2. El caso de Polonia ............................................................. 17
2,7. El impacto humano de las entregas extraordinarias y detenciones secretas ...................................... 19
2.7.1. Metodología de la CIA - ¿cómo un detenido se trata durante una interpretación ............ 20
2.7.2. Los efectos de las entregas extraordinarias y detenciones secretas en las personas ...................
y las familias ................................................................................. 23



3. Los estudios de casos individuales ...................................................................................... 24
3,1. Khaled El-Masri ....................................................................................... 24
3.1.1. La cuenta individual de Khaled El-Masri ............................................ 24
3.1.2. Elementos de la corroboración de la cuenta el Sr. El-Masri ............................. 25
3.1.3. El papel de "la ex República Yugoslava de Macedonia" ..................... 26
3.1.3.1. La "línea oficial" de las autoridades ......................................... 26
3.1.3.2. Otros elementos ............................................................... 29
3,2. "El seis argelinos" .................................................................................... 33
3,3. Ahmed Agiza y Mohammed Alzery (El Zari) ............................................... 36
3,4. Abu Omar .............................................................................................. 38
3,5. Bisher Al-Rawi y Jamil El-Banna ............................................................ 39
3,6. Maher Arar ............................................................................................ 41
3,7. Sres. Bashmila y Ali Qaru ..................................................................... 43
3,8. Mohammed Zammar ............................................................................... 43
3,9. Binyam Mohamed al Habashi .................................................................... 44
4. Los lugares secretos de detención ................................................................................ 47
4,1. Las fotografías de satélite ............................................................................... 47
4,2. Documentado movimientos de aeronaves ................................................................ 48
4,3. Los relatos de testigos ................................................................................ 48
4,4. Evaluación ............................................................................................. 48
5. Detenciones secretas en la República de Chechenia ......................... 49
5,1. El trabajo del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT) .......... 49
5,2. Condenando los recientes relatos de testigos ....................................................... 49
6. La actitud de los gobiernos ............................................................................. 50
7. Casos individuales: los procesos judiciales en curso ................................................... 53
7,1. Un ejemplo positivo: la oficina de la fiscalía de Milán pública (Abu el caso de Omar) ........... 53
7,2. Un tema que merece mayor atención: el de Munich (El-Masri caso) y
Zweibrücken (Abu el caso de Omar) fiscalías ................................. 53
7,3. Otra cuestión que requiere mayor atención: la Rawi y Al Banna caso de El ........... 53
7,4. Suecia: ¿qué sigue en el caso de Agiza y Alzery? ........................................... 53
7,5. España 54
7,6. La reclamación del Sr. El-Masri en los Estados Unidos .................................................. 54
8. Las investigaciones parlamentarias ............................................................................... 54
8,1. Alemania ................................................................................................ 54
8.2 El Reino Unido ................................................................................. 55
8,3. Polonia: una investigación parlamentaria, llevada a cabo en secreto ....................................... 55
8,4. Rumanía y "la ex República Yugoslava de Macedonia": no parlamentaria
consultas ................................................................................................... 56
9. Compromiso con la lucha contra el terrorismo ..................................................................... 56
9,1. Lucha contra el terrorismo: una necesidad absoluta ................................................ 56
9,2. La fuerza de la unidad y de la ley .............................................................. 57
10. Punto de vista jurídico ............................................................................................ 59
10,1. La posición de Estados Unidos "legal ........................................................... 59
10,2. El punto de vista del Consejo de Europa ..................................................... 61
10.2.1. La Comisión Europea para la Democracia por el Derecho
(Comisión de Venecia) ................................................................... 61
10.2.2 El Secretario General del Consejo de Europa (artículo 52 del CEDH) ........ 64
11. Conclusión 65




1. Son los derechos humanos poco más de una opción de Fairweather?

1,1. 11 de septiembre 2001

1. Las tragedias que tuvieron lugar el 11 de septiembre, sin duda, marcó el inicio de un nuevo e importante capítulo en la historia terrible, sin fin del terrorismo. Se trata de una historia de violencia indiscriminada, promovida con el fin de crear un clima de inseguridad y miedo con la intención de atacar el sistema político y social existente. Por primera vez, los actos espectaculares y letales muy atacaron blancos altamente simbólicos en el corazón mismo de los Estados Unidos de América, el estado más poderoso del mundo. Europa, por su parte, ya tiene una larga y dolorosa experiencia del terrorismo, la participación de numerosas víctimas y los ataques a gran escala, particularmente en Italia, Alemania, España, el Reino Unido, Francia y, más recientemente, Rusia.

2. Mientras que los estados del Viejo Mundo se han ocupado de estas amenazas principalmente por medio de las instituciones existentes y los sistemas jurídicos, los Estados Unidos parece haber tomado una decisión fundamentalmente diferente: teniendo en cuenta que ni los instrumentos judiciales convencionales, ni los establecidos en el marco de las leyes de la la guerra podría contrarrestar con eficacia las nuevas formas de terrorismo internacional, se decidió desarrollar nuevos conceptos jurídicos. Este último se basa principalmente en la Orden militar sobre detención, tratamiento y enjuiciamiento de ciertos extranjeros en la Guerra contra el Terrorismo firmado por el presidente Bush el 13 de noviembre de 2001. Es significativo que, hasta la fecha, sólo una persona ha sido citado a comparecer ante los tribunales para responder de los ataques del 11 de septiembre: una persona, por otra parte, que ya estaba en la cárcel ese día, y había estado en manos del sistema de justicia para varios meses. Por el contrario, cientos de personas que siguen privadas de su libertad, bajo la autoridad estadounidense, pero fuera del territorio nacional, dentro de un marco normativo claro. Su detención es, en cualquier caso, totalmente contraria a los principios consagrados en los instrumentos jurídicos internacionales de respeto de los derechos fundamentales, incluido el derecho interno de los Estados Unidos (lo que explica la existencia de esos centros de detención fuera del país). El siguiente título que parece ser un resumen preciso del enfoque de la actual administración: No se identificaron ensayos para los jugadores clave: Gobierno prefiere para interrogar a los peces más grandes en casos de terrorismo en lugar de cargar ellos.

3. Este enfoque jurídico es absolutamente ajeno a la tradición europea y la sensibilidad, y es claramente contraria al Convenio Europeo de Derechos Humanos y la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Viejo adagio de Cicerón, inter arma silent leges, parece haber dejado su huella incluso en los organismos internacionales, destinadas a garantizar el imperio de la ley y la administración imparcial de justicia. Es francamente alarmante ver el Consejo de Seguridad sacrificar los principios esenciales en materia de derechos fundamentales en el nombre de la lucha contra el terrorismo. La compilación de las llamadas "listas negras" de personas y empresas sospechosas de mantener vínculos con organizaciones consideradas terroristas y la aplicación de las sanciones que claramente violan todos los principios del derecho fundamental a un juicio justo: no hay cargos específicos, no tiene derecho a ser oyó, ni derecho de apelación, un procedimiento establecido para la eliminación del nombre de uno de la lista.



1,2. La Bahía de Guantánamo

4. En la Bahía de Guantánamo, en la isla de Cuba, varios cientos de personas están detenidas sin disfrutar de ninguna de las garantías previstas en el procedimiento penal de un Estado gobernado por el imperio de la ley o en los Convenios de Ginebra sobre el derecho de la guerra. Estas personas han sido detenidas en circunstancias desconocidas, entregado por las autoridades extranjeras sin ningún tipo de procedimiento de extradición que se siguió, o secuestrada ilegalmente en varios países por servicios de los Estados Unidos especiales. Ellos son considerados combatientes enemigos, según una nueva definición introducida por la administración estadounidense.

5. La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE) ha criticado duramente esta situación: el 26 de abril de 2005, sin votos en contra y las abstenciones apenas cinco, se adoptó una resolución (1433/2005) y la recomendación (1699/2005) que se insta al Gobierno de Estados Unidos para poner fin a esta situación y para garantizar el respeto de los principios del imperio de la ley y los derechos humanos. Asimismo, concluye que los Estados Unidos se ha involucrado en la práctica ilegal de la detención secreta. En su respuesta de 17 de junio de 2005 (doc. 10585), el Comité de Ministros expresa su pleno apoyo a todos esos esfuerzos y que todos los esfuerzos para lograr una pronta liberación o el juicio justo de los detenidos en Guantánamo por un tribunal independiente e imparcial. El Comité insta al Gobierno de Estados Unidos para garantizar que los derechos de todos los detenidos están garantizados y que el principio del imperio de la ley se respeta plenamente. Por su parte, expresa la determinación de los Estados miembros para garantizar que los derechos de las personas puestas en libertad y regresó a su jurisdicción sean plenamente respetados. El Comité de Ministros ha transmitido un mensaje en estos términos al Gobierno de los Estados Unidos de América. Para nuestro conocimiento, no se ha recibido respuesta hasta la fecha.

Más de 14 500 actos de violencia por motivos políticos se registraron en Italia entre 1969 y 1987, causando 419 muertos y 1181 heridos (cifras del Ministerio de Interior).
Podemos recordar las palabras del ex presidente de Italia, Sandro Pertin (aunque traducida en forma de paráfrasis): "Italia puede decir con orgullo que ha derrotado el terrorismo en los tribunales de justicia, en lugar de recurrir al" estadio de la "justicia".
En cuanto a las diversas decisiones adoptadas por la administración estadounidense tras los atentados del 11 de septiembre, me remito a los lectores el excelente informe de Kevin McNamara, legalidad de las detenciones por parte de los Estados Unidos en la Bahía de Guantánamo, que acompaña a la resolución y la recomendación adoptada por el ritmo en 26 de abril 2005 .
La persona en cuestión es Zacarias Moussaoui, un ciudadano francés de ascendencia marroquí, condenado a cadena perpetua por un gran jurado de Virginia, el 3 de mayo de 2006, los miembros del jurado no impuso la pena de muerte solicitada por los fiscales federales (y así evitar la trampa tendida por el demandado, que claramente quería ser condenado a muerte con el fin de aparecer como un mártir). Según un documento del gobierno estadounidense, ahora desclasificados, seis importantes miembros de Al Qaeda que participan directamente en la organización y la financiación de los atentados del 11 de septiembre, aparentemente, han sido capturados por los Estados Unidos. Aunque más involucradas que Moussaoui, que no han sido citados ante los tribunales estadounidenses para responder por sus acciones (véase también Le Monde del 22 de abril de 2006).
Los Angeles Times del 4 de mayo de 2006.
Una moción que plantea la cuestión de las listas negras de las Naciones Unidas (Doc. 10856) ha sido remitido al Comité PACE de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, la cual consiste en presentar un informe sobre el tema en un futuro próximo.

1,2. la Bahía de Guantánamo

4. En la Bahía de Guantánamo, en la isla de Cuba, varios cientos de personas están detenidas sin disfrutar de ninguna de las garantías previstas en el procedimiento penal de un Estado gobernado por el imperio de la ley o en los Convenios de Ginebra sobre el derecho de la guerra. Estas personas han sido detenidas en circunstancias desconocidas, entregado por las autoridades extranjeras sin ningún tipo de procedimiento de extradición que se siguió, o secuestrada ilegalmente en varios países por servicios de los Estados Unidos especiales. Ellos son considerados combatientes enemigos, según una nueva definición introducida por la administración estadounidense.

5. La Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa (APCE) ha criticado duramente esta situación: el 26 de abril de 2005, sin votos en contra y las abstenciones apenas cinco, se adoptó una resolución (1433/2005) y la recomendación (1699/2005) que se insta al Gobierno de Estados Unidos para poner fin a esta situación y para garantizar el respeto de los principios del imperio de la ley y los derechos humanos. Asimismo, concluye que los Estados Unidos se ha involucrado en la práctica ilegal de la detención secreta. En su respuesta de 17 de junio de 2005 (doc. 10585), el Comité de Ministros expresa su pleno apoyo a todos esos esfuerzos y que todos los esfuerzos para lograr una pronta liberación o el juicio justo de los detenidos en Guantánamo por un tribunal independiente e imparcial. El Comité insta al Gobierno de Estados Unidos para garantizar que los derechos de todos los detenidos están garantizados y que el principio del imperio de la ley se respeta plenamente. Por su parte, expresa la determinación de los Estados miembros para garantizar que los derechos de las personas puestas en libertad y regresó a su jurisdicción sean plenamente respetados. El Comité de Ministros ha transmitido un mensaje en estos términos al Gobierno de los Estados Unidos de América. Para nuestro conocimiento, no se ha recibido respuesta hasta la fecha.


6. El Comité de la ONU contra la Tortura también ha pedido el cierre del centro de detención de la Bahía de Guantánamo en los últimos tiempos, criticando su carácter secreto y la denegación de acceso al CICR.

1,3. Las cárceles secretas de la CIA en Europa?

7. Esta fue la noticia circuló a principios de noviembre de 2005 por la ONG estadounidense Human Rights Watch (HRW), el Washington Post y la cadena de televisión ABC. Considerando que el Washington Post no mencionó a países específicos de alojamiento, o de tener supuestamente alojados, esos centros de detención, simplemente se refiere genéricamente a las democracias europeas del este ', HRW informó de que los países en cuestión son Polonia y Rumania. El 5 de diciembre de 2005, ABC News, a su vez informó de la existencia de centros secretos de detención en Polonia y Rumania, que al parecer había sido cerrada tras las revelaciones del Washington Post. Según ABC, 11 sospechosos detenidos en esos centros habían sido sometidos a las técnicas de interrogatorio más duras ("técnicas de interrogatorio mejoradas de llamada) antes de ser trasladado a las instalaciones de la CIA en el norte de África.

A raíz de una medida cautelar por un tribunal estadounidense, con base en las disposiciones de la ley de prensa, en abril de 2006, el Pentágono publicó, por primera vez, una lista de los nombres y nacionalidades de 558 detenidos en Guantánamo. Sin embargo, no se dan detalles de unas 140 personas que habían estado detenidos, pero ya no es prisionero de Guantánamo en esa fecha. Por otra parte, ningún cuerpo externo puede confirmar si esta lista es realmente completa.
Estados Unidos ha gozado de un estatus de observador ante el Comité de Ministros desde el 10 de enero de 1996.
Véase Comunicado de Prensa de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, el CAT concluye la trigésimo sexto período de sesiones, 19 de mayo de 2006: "El Comité está preocupado por las denuncias de que el Estado Parte ha establecido centros secretos de detención, que no eran accesibles para el Comité Internacional de la Cruz Roja Cruce. El Comité recomendó que los Estados Unidos dejen de detener a cualquier persona en la Bahía de Guantánamo y que cerrar ese centro de detención, permitir el acceso de los detenidos a un proceso judicial o ponerlos en libertad tan pronto como sea posible, asegurándose de que no fueron devueltos a ningún Estado en que podría enfrentarse a un riesgo real de ser torturado ", disponible en:



8. Es interesante recordar que este informe de ABC, lo que confirma el uso de campos secretos de detención en Polonia y Rumania por la CIA, estuvo disponible en Internet sólo por un tiempo muy corto antes de ser retirado a raíz de la intervención de abogados en nombre de los propietarios de la red . El diario The Washington Post admitió posteriormente que había estado en posesión de los nombres de los países, pero se había abstenido de nombrar a más de un acuerdo celebrado con las autoridades. Así pues, se estableció que una considerable presión fue ejercida para asegurar que estos países no fueron nombrados. No está claro qué argumentos prevalecieron sobre los medios de comunicación de que se trate de convencerlos de cumplir. Lo cierto es que estos son hechos preocupantes que arrojan en tela de juicio los principios de libertad e independencia de la prensa. En este sentido, cabe señalar que justo antes de la publicación de las revelaciones originales de la reportera Dana Priest a principios de noviembre de 2005, el editor ejecutivo del Washington Post, fue invitado a una audiencia en la Casa Blanca con el presidente Bush.

1,4. El Consejo de la respuesta de Europa

9. El Consejo de Europa ha respondido de inmediato. El presidente de la PACE de inmediato tomó una posición muy firme, y pidió a la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos para investigar el asunto sin demora. Este último lo hizo en su reunión del 7 de noviembre de 2005. El Secretario General del Consejo, por su parte, puso en marcha el procedimiento establecido por el artículo 52 del CEDH. La Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos también pidió a la Comisión de Venecia para preparar un dictamen sobre las obligaciones jurídicas internacionales y deberes del Consejo de Europa los estados miembros en relación con los centros de detención secretos y las inter-estatal de transporte de prisioneros. La cooperación se estableció del mismo modo con el Consejo de Comisionado de Derechos Humanos de Europa.

10. La Comisión de la Unión Europea, a través de su Vicepresidente Franco Frattini, expresó su pleno apoyo al Consejo de Europa. El apoyo de la Comisión de la UE resultó muy valioso en la obtención de la información necesaria de Eurocontrol y el Centro Europeo de Satélites de la Unión. La referencia a los llamados países de Europa repente despertó gran interés mediático. Sin embargo, estos incidentes, detenciones secretas y entregas extraordinarias - ya había sido atraer la condena por algún tiempo, tanto de la propia PACE, entre otras cosas mediante la citada resolución y la recomendación relativa a la Bahía de Guantánamo, la relectura de los cuales no puedo recomendar lo suficiente, y en informes muy detallados de las organizaciones no gubernamentales, los profesores universitarios y periodistas conocidos por su trabajo muy arduo. Estas revelaciones se había reunido con curiosa indiferencia de los medios y los gobiernos y los círculos políticos en general.



Esta reunión, junto con varios casos similares, se informó en una columna en el Washington Post a finales de 2005. Leonard Downie, editor ejecutivo del Washington Post, dijo: "Nos reunimos con ellos en más de una ocasión ... Las reuniones fueron off the record con el propósito de discutir temas de seguridad nacional en la historia de [Dana Priest]". Ver Howard Kurtz, "Bush presiona Editores de seguridad", el Washington Post, 26 de diciembre de 2005, disponible en http://www.washingtonpost.com/wp-dyn/content/article/2005/12/25/AR2005122500665_pf.html
Entre ellos figuran los de Human Rights Watch Breifing documento de octubre de 2004, titulado Los Estados Unidos 'desaparecidos': la CIA a largo plazo de detenidos fantasma, y ​​el informe de Amnistía Internacional AMR 51/051/2006, de 5 de abril de 2006, titulado Por debajo del radar: secreto vuelos a la tortura y "desaparición", así como numerosos artículos que describen en detalle las nuevas técnicas de lucha contra el terrorismo, tales como las entregas extraordinarias, por ejemplo, los artículos en el Corriere della Sera de Paolo Biondani y Olimpio Guido, el cual esta última ha recopilado y editado en un libro bien documentado (Operazione Hotel California, Feltrinelli, 2005), junto con artículos de Stephen Grey (Gulag de Estados Unidos, The New Statesman, 17 de mayo de 2004, EE.UU. Acusado de vuelos de la tortura, los tiempos de Domingo, 14 de noviembre 2004; Les Etats-Unis inventent la deslocalización de la tortura, Le Monde Diplomatique, abril de 2005), Alfred McCoy (Ciencia cruel: la tortura de la CIA y la política exterior de EE.UU., el New England Journal of Public Policy, de Boston, de 2004, un artículo posteriormente ampliado y publicado en forma de libro, y también publicado en alemán bajo el título Foltern und Lassen foltern, Zweitauseneins, 2005; la Tortura por el proxy: Derecho internacional y nacional aplicable a las "entregas extraordinarias", informe publicado en 2004 por el Comité de Derechos Humanos Internacionales de la Asociación de Colegio de Abogados de la Ciudad de Nueva York y el Centro para los Derechos Humanos y Justicia Global, Nueva York University School of Law, las conclusiones de las cuales no podría ser más claro: Extraordinary Rendition es una práctica ilegal bajo la ley nacional e internacional, y que, en consonancia con la política de EE.UU. contra la tortura, el gobierno de EE.UU. está obligado a cesar todos los actos de entregas extraordinarias, para investigar las entregas extraordinarias que ya han tenido lugar, y para perseguir y castigar a los que ha participado en actos que constituyan crímenes en conexión con Rendición Extraordinaria.



1,5. Parlamento Europeo

11. Los miembros del Parlamento Europeo también se alarmó ante la creciente evidencia de que los países europeos, o al menos las instalaciones ubicadas en el territorio europeo, había sido el escenario de sistemáticas violaciónes de los derechos humanos. A principios de 2006, una comisión temporal de 46 miembros se creó y dio instrucciones para investigar la presunta existencia de prisiones de la CIA en Europa en la que los sospechosos de terrorismo habrían sido detenidos y torturados.

12. Me dio la bienvenida a esta iniciativa en mi memorándum anterior, teniendo en cuenta que es totalmente coherente con el Consejo de Europa el deseo de descubrir la verdad. La cooperación con la Comisión Temporal ha sido muy satisfactoria, tanto en el ámbito de nuestras respectivas secretarías y con su presidente, Carlos Miguel Coelho, y el ponente, Claudio Fava. Tuve la oportunidad de dirigirme a los miembros de la comisión del Parlamento Europeo durante una de sus primeras audiencias públicas.

13. El 24 de abril de 2006, la Comisión Temporal presentó su informe provisional el proyecto, lo que confirma indicios de acciones ilegales llevadas a cabo por la CIA en Europa. Está en el análisis inicial, el informe apoyado en gran medida las observaciones que hicimos en nuestra propia información Memorando II el 24 de enero de 2006. El ponente, Claudio Fava TDIP, en la presentación de su informe provisional, habló de "más de mil vuelos fletados por la CIA [que] han transitado a través de Europa, a menudo con el fin de llevar a cabo las entregas extraordinarias". En una conferencia de prensa, el Sr. Fava aclaró que, de acuerdo a la información que le dio la confianza por una fuente de inteligencia, "entre 30 y 50 personas han sido prestados por la CIA en Europa" y que "la CIA no podría haber llevado a cabo tales interpretaciones sin el acuerdo de los Estados europeos ". La Comisión Temporal se propone continuar su labor.

1,6. Relator o el investigador?

14. A menudo me han descrito como un investigador, o incluso a un investigador especial. Puede ser útil señalar, por tanto, que no gozan de facultades para realizar investigaciones específicas y, en particular, no tengo derecho a utilizar métodos coercitivos o exigir la liberación de documentos específicos. Mi trabajo ha consistido en consecuencia principalmente de entrevistas y análisis. He enviado una serie de preguntas a los gobiernos a través de sus delegaciones parlamentarias nacionales, y pidió a este último a llevar la discusión a nivel nacional. Preguntas parlamentarias se lo presentó en muchos estados con el fin de obtener información de los distintos gobiernos. Especiales comisiones parlamentarias de investigación se han creado en algunos países. La labor realizada por varias organizaciones no gubernamentales ha sido invaluable, e incluso, en muchos casos, más detallada y confiable que la información suministrada por los gobiernos. Una importante contribución fue hecha también por muchos periodistas que investigan sobre el terreno, a menudo durante meses y meses. También he recibido la información que me ha confiado sólo en la seguridad de que me gustaría mantener su carácter confidencial y proteger a mis fuentes. La información así recibida claro que no puede ser presentada como evidencia, sino que, sin embargo, señalar mi investigación en ciertas direcciones más específicas, y me permite afirmar con certeza que la búsqueda de la verdad acerca de lo que realmente le pasó a sospechosos de terrorismo en Europa no terminará con el presente informe.

15. He recibido una considerable ayuda en esta tarea de la cabeza de la secretaría de la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos y uno de sus colegas - ambos de los cuales ya estaban muy ocupados con otras tareas relacionadas con el funcionamiento de la comisión y el trabajo con otros relatores - como así como de otro joven colega que, al final, fue asignado temporalmente específicamente para esta investigación (y cuya ayuda resultó muy valiosa). Estoy muy agradecido a ellos por su extraordinaria competencia y la disposición excepcional para ayudar.

Comisión Temporal sobre la Supuesta Utilización de Países Europeos por la CIA para el Transporte y la Detención Ilegal de Presos (TDIP; http://www.europarl.eu.int/comparl/tempcom/tdip/default_en.htm).
Ver Le Monde, 27 de abril de 2006.
Ver Le Monde, 18 de mayo de 2006.
El proyecto de resolución del Parlamento Europeo, presentado como anexo al informe provisional, se puede consultar en: http://www.europarl.europa.eu/comparl/tempcom/tdip/interim_report





16. Fui designado formalmente como Relator, el 13 de diciembre de 2005. Dentro del Consejo de Europa se consideró que el informe debe ser presentado tan pronto como sea posible. Teniendo en cuenta la amplitud y complejidad del tema, así como los medios muy modestos puestos a mi disposición, yo ciertamente no han sido capaces de presentar una visión completa de los diferentes aspectos de lo que realmente ha ocurrido. Por otra parte, todavía estamos lejos de conocer todos los detalles de "entregas extraordinarias" y las condiciones en las que las personas secuestradas han sido detenidos e interrogados en Europa. Por tanto, es muy probable que el Consejo de Europa debería seguir ocupándose de este tema. Elementos de la actualidad en el ámbito público - que se complementan con información nueva, como todas las semanas pasa - no sólo justifican, sino que requieren que los Estados miembros, finalmente decidir la apertura de investigaciones serias sobre la medida en que fueron directa o indirectamente implicados en tales actividades.

17. Como dije en mi memorándum anterior, se debe considerar seriamente en cuenta si la Asamblea debe dotarse de otros recursos para hacer frente a cuestiones tan complejas. Cuando las investigaciones se refieren a posibles violaciónes de los derechos humanos que no se limitan a los casos individuales (para los que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos tiene competencia) y trascienden las fronteras, con lo que dejando a un lado los procedimientos nacionales, se justifica en tela de juicio la eficacia de los instrumentos existentes. En lugar de nombrar a un solo miembro en calidad de ponente con el apoyo de los recursos normales de la Secretaría del Comité, que ya está abrumado por otros informes en preparación, se podría considerar seriamente si la creación de una adecuada comisión de investigación, asistida por expertos y disfrutar de investigación genuina poderes, no puede ser una mejor solución para hacer frente a estos nuevos e importantes desafíos.

18. Hemos abordado este problema con determinación y una preocupación constante por la objetividad, teniendo en cuenta tanto la enormidad de la tarea que me ha confiado y de los recursos disponibles, francamente irrisorios y el riesgo de ser manipulado. Mi objetivo no era de ningún medio para acumular pruebas con el propósito de condenar o estigmatizar. Por el contrario, fui guiado por el deseo de averiguar la verdad con el fin de reafirmar los valores del Consejo de Europa siempre ha luchado por mantener, y para protegerse contra la repetición de tales incidentes.

1,7. ¿Es este un ejercicio anti-norteamericano?

19. Considero que este reproche, muy frecuentes cuando las críticas se expresan sobre la violaciónes de los derechos fundamentales cometidas en el contexto de la lucha contra el terrorismo, ridícula e inexacta por completo. Pasa por alto el hecho de que las críticas iniciales, en relación con el establecimiento del centro de detención de la Bahía de Guantánamo, así como el uso de las entregas extraordinarias y la tortura, fueron los primeros expresada con fuerza por los periodistas estadounidenses, organizaciones no gubernamentales y los políticos, a menudo gracias a la información detallada publicada por fuentes dentro de la administración, y de hecho los servicios de inteligencia propios. El debate ha sido, y en mi opinión sigue siendo, mucho más caliente en los Estados Unidos que en Europa, al menos en ciertos círculos y medios de comunicación.

20. Por otra parte, el Supremo de Estados Unidos propia Corte ha señalado, en una extraordinaria 06 2004 sentencia, que está en juego en este caso es nada menos que la esencia de una sociedad libre. (...) Porque si esta nación es permanecer fiel a los ideales simbolizados por su bandera, no debe manejar las herramientas de los tiranos, incluso para resistir un asalto de las fuerzas de la tiranía. Este es un recordatorio de la gran tradición democrática de los Estados Unidos y su ejemplar compromiso con los derechos humanos. Los Estados Unidos es y sigue siendo un país profundamente democrático. De hecho, las críticas de algunas de las decisiones de la actual administración también reflejan la preocupación de que un país que, sin duda, sirve como un ejemplo para el resto del mundo está cometiendo lo que consideramos errores que no sólo violan los principios fundamentales, sino que también constituyen un anti contraproducente el terrorismo.

Estas son las palabras de la jueza Sandra Day O'Connor en el caso de José Padilla, la sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos, 28 de junio de 2004.


1,8. ¿Hay alguna prueba?

21. Es paradójico que esperar cuerpos sin poderes reales de investigación: el Consejo de Europa y el Parlamento Europeo-para presentar pruebas en el sentido legal. De hecho, estos organismos europeos han visto obligados a realizar estas investigaciones debido a la falta de voluntad y compromiso por parte de las instituciones nacionales que podrían y deberían haber aclarado por completo estas acusaciones que desde el principio, no parecen ser totalmente infundada.

22. No hay ninguna evidencia formal en esta etapa de la existencia de centros de detención secreta de la CIA en Polonia, Rumania o el Consejo de Europa, otros Estados miembros, a pesar de las indicaciones siguen existiendo graves y crecer más fuerte. Sin embargo, es claro que un número indeterminado de personas, considerados como miembros o cómplices de los movimientos terroristas, fueron detenidos arbitraria e ilegalmente y / o detenidos y transportados bajo la supervisión de los servicios que actúen en nombre o en nombre, de la American las autoridades. Estos incidentes tuvieron lugar en los aeropuertos y en el espacio aéreo europeo, y han sido posibles, ya sea por monitoreo serio negligente o por la participación más o menos activa de uno o más departamentos de gobierno del Consejo de Europa los estados miembros.

23. A la luz del silencio y la reticencia manifiesta por parte de los organismos que podrían haber proporcionado la información necesaria, es legítimo suponer que hay más casos de ese tipo que se pueden probar en la actualidad. En efecto, los hechos parecen ser establecido hoy en día - y como se ilustra en todo el informe -, así como la total ausencia de investigaciones serias por parte de las autoridades nacionales competentes, implica, en mi opinión, la inversión de la carga de la prueba : en tal situación incumbe a las autoridades polacas y rumanas para llevar a cabo una investigación independiente y en profundidad y hacer públicas no sólo sus resultados sino también el método y las diferentes etapas de la investigación. Incluso si la prueba, en el sentido clásico del término, no es todavía disponible, un número de elementos coherentes y convergentes indican que estos centros secretos de detención, efectivamente, existen en Europa. Tal afirmación no pretende ser una sentencia de un tribunal penal, lo que exige "prueba más allá de toda duda razonable" en el sentido anglosajón del término, sino que más bien refleja una convicción basada en un cuidadoso equilibrio de probabilidades, así como deducciones lógicas de establecer claramente los hechos. La intención no es determinar que las autoridades de estos países son "culpables" por haber tolerado los sitios secretos de detención, sino más bien para mantenerlos "responsable" por no cumplir con la obligación positiva de investigar las graves denuncias.

Inversión de la carga de la prueba, si las autoridades competentes no cumplir con su obligación positiva de investigar no es una idea nueva: el artículo 39 del Reglamento de Procedimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dispone que "Los hechos alegados en la petición, las partes pertinentes de los cuales han sido transmitidas al Estado en cuestión, se presumirá que es verdad si el Estado no ha proporcionado información sensible durante el período máximo fijado por la Comisión en virtud de lo dispuesto en el artículo 38 del presente Reglamento, siempre y y cuando otra evidencia no conduzca a una conclusión diferente ". En el Consejo de Europa, esta idea se aplicó en el informe de los expertos independientes al Secretario General (Sr. Alkema y Trechsel señor) sobre los presos políticos en Azerbaiyán (doc. SG / Inf (2001) 34 Addendum I), en la que se dijo que los casos en cuestión se había presentado a las autoridades para comentarios y observaciones y que, en ausencia de observaciones de fondo por las autoridades, los expertos han tenido que basar sus conclusiones sobre las denuncias verosímiles de otras fuentes (idem, p. 20)



2. El mundial de "tela de araña"

24. El sistema de selección de beneficiarios, la captura y detención de sospechosos de terrorismo, que constituye el foco de este informe, no es una creación durante la noche. Tampoco se ha construido desde cero en la raíz de los ataques terroristas del 11 de septiembre de 2001.

25. He decidido adoptar la metáfora de un mundial "tela de araña", como el hilo conductor de mi informe. Se trata de una web que ha surgido gracias a paulatinamente a lo largo de varios años, el uso de tácticas y técnicas que han tenido que ser desarrollado en respuesta a nuevos teatros de guerra, los términos nuevos de enfrentamiento y una amenaza impredecible.

26. El principal arquitecto de la web, los Estados Unidos de América, desde hace mucho tiempo tenía la capacidad de captar los objetivos individuales en el extranjero y los llevan a diferentes partes del mundo. A través de su Agencia Central de Inteligencia (CIA), Estados Unidos diseñó un programa conocido como "entrega" para este fin a mediados de la década de 1990. La CIA tuvo como objetivo tener a sospechosos de terrorismo en el extranjero "de las calles" por el transporte de vuelta a otros países, por lo general sus países de origen, las que se quería para el juicio, o la detención sin ningún tipo de debido proceso.

2,1. La evolución del programa de entregas

27. Durante una reciente visita a Estados Unidos, un miembro de mi equipo se puso en contacto con varias "fuentes internas" en la comunidad de inteligencia de EE.UU.. El testigo más importante como era el señor Michael Scheuer, quien diseñó el programa de entregas original en la década de 1990 bajo la Administración Clinton y continuaran siendo empleados de la CIA hasta noviembre de 2004. Extractos del testimonio del Sr. Scheuer se refleja textualmente en este informe y, en la medida de lo posible, han sido justificadas o corroborada por una serie de material de otra fuente en la cuenta a continuación.

28. El objetivo estratégico del programa de entregas de la CIA siempre ha sido y sigue siendo, la red global terrorista conocida como Al-Qaeda. En la concepción de los Estados

Esta sección debe leerse en conjunción con el mapa gráfico anexo a la presente exposición de motivos, titulado: El mundial de "tela de araña" de las detenciones secretas y traslados ilegales entre Estados
Sr. Michael Scheuer fue jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el Terrorismo del Centro por cuatro años, desde agosto de 1995 junio de 1999. Luego se desempeñó por un período de tres años, entre septiembre de 2001 noviembre de 2004, como Asesor Especial del Jefe de la Unidad Bin Laden. Se le reconoce como una de las autoridades más importantes en la evolución de las entregas. Sr. Scheuer concedió amablemente a mi representante de una entrevista personal de tres horas en Washington, DC en mayo de 2006. A diferencia de muchas fuentes de inteligencia con la que mi equipo hablaron, él accedió a ir "en el expediente", hablar mucho sobre su experiencia de primera mano operativa del programa de entregas. Una transcripción de la entrevista está en el archivo con el Relator. Extractos se citan en este informe lo siguiente: "Michael Scheuer, ex jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el Terrorismo del Centro".
También quiero reconocer el valioso trabajo de las diversas organizaciones no gubernamentales e instituciones académicas en la investigación de la evolución de las entregas extraordinarias y darles las gracias por cumplir con mi equipo para transmitir sus conocimientos de primera mano. En particular, los siguientes grupos han elaborado documentos que he consultado ampliamente: El Centro para los Derechos Humanos y Justicia Global en Nueva York University School of Law, Human Rights First, Amnistía Internacional, Human Rights Watch y los prisioneros de la jaula
.




Unidos, Al-Qaeda existe como un conjunto nebuloso de 'células' en países de todo el mundo, que comprende los agentes de los que realizan diversas funciones en la preparación de atentados terroristas. Cuando los EE.UU. Consejo de Seguridad Nacional se alarmó, en 1995, en lo que parecía ser una perspectiva seria de Osama bin Laden adquieran armas de destrucción masiva, se desarrolló la entrega, según Scheuer y otros, como una forma de "romper de Al-Qaeda "," tomar las células de "y" encarcelar a Al-Qaeda de alto nivel la gente ".


29. Rendition se diseñó desde el principio del programa, al menos, para que quepa en la interpretación de los Estados Unidos de sus obligaciones legales. Los requisitos previos para el lanzamiento de una operación de entrega en la pre 9/11 período incluyen:

• un "proceso legal pendiente" contra el sospechoso, por lo general relacionado con delitos de terrorismo en su país de origen;
• de la CIA "dossier", o el perfil del sospechoso, basado en la inteligencia previa y, en principio, revisado por los abogados;
• "un país dispuesto a ayudar" en la aprehensión del sospechoso en su territorio, y
• "en algún lugar para llevarlo después de ser arrestado".

30. Los países receptores fueron, como una cuestión de política, sólo se pedirá que proporcione garantías diplomáticas a los Estados Unidos que iban a "tratar a los sospechosos de acuerdo a sus propias leyes nacionales". Después de la transferencia, los Estados Unidos no hizo ningún esfuerzo para evaluar la manera en que los detenidos fueron tratados posteriormente.

31. La recopilación de inteligencia, según Scheuer, no fue considerado como una prioridad en el programa pre-9/11:

"Nunca fue la intención de hablar con alguna de estas personas. El éxito, al menos como la Agencia definido, era conseguir a alguien, que era un peligro para nosotros o nuestros aliados ", en la calle" y, cuando lo tenemos, para agarrar cualquier documento que había tenido con él. Sabíamos que una vez fue capturado había sido entrenado para la fabricación de uno o de darnos una gran cantidad de información que nos persiguen desde hace meses y que no conduciría a nada. Así que los interrogatorios eran siempre una preocupación menor antes del 9/11 ".

32. Consejo Varios actual de Europa, los Estados miembros se sabe que ha cooperado estrechamente con los Estados Unidos en la operación de su programa de entregas extraordinarias bajo la Administración Clinton. De hecho, el Gobierno del Reino Unido ha indicado que el Consejo de Europa que un sistema de notificación previa existía en la década de 1990, por el cual las escalas, incluso destinados o sobrevuelos fueron reportados por los Estados Unidos antes de cada operación de entrega.

33. El acto de "entrega" no puede por sí misma constituye una violación del derecho internacional de los derechos humanos. Vale la pena señalar que otros Estados también han afirmado su derecho a detener a un sospechoso de terrorismo en territorio extranjero con el fin de llevarlo ante la justicia si la herramienta de asistencia judicial internacional o la cooperación no alcanzó el resultado deseado.


Para más detalles sobre los Estados Unidos la interpretación de sus obligaciones jurídicas internacionales, consulte la sección titulada Los Estados Unidos la situación jurídica, en la partida 10.1.
En mi exposición de la Información II en enero, he citado a varios ex agentes de la CIA, quienes indican que Estados Unidos sabía que algunos de los tratos de los detenidos sería burlarse de las normas mínimas de protección en el derecho internacional. Sr. Scheuer, simplemente le dije a mi representante: "Puedo revisar mis escrúpulos morales a la puerta".
Michael Scheuer, ex jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el Terrorismo del Centro, entrevista realizada por el representante del Relator Especial, supra nota 19.
See Jane Mayer, Tortura Outsourcing: La historia secreta del programa de Estados Unidos 'entregas extraordinarias', en The New Yorker, 14 y 21 de febrero de 2005. Mayer se refiere a casos bien documentados de entrega en la que Croacia (1995) y Albania (1998) colaboró ​​con los Estados Unidos en la detención de sospechosos fue, en las páginas 109-110. Sr. Scheuer dio un ejemplo más la participación de Alemania, en el que se detuvo a un sospechoso llamado Mahmood Salim, alias Abu Hajer, por la policía de Baviera.
Ver Jack Straw, Secretario de Estado de Asuntos Exteriores y del Commonwealth, escrita Declaración Ministerial - Preguntas en relación con las denuncias de entregas, que se adjunta a la respuesta del Gobierno del Reino Unido a la solicitud del Secretario General para obtener una explicación de conformidad con el artículo 52 del CEDH , disponible en: http://www.coe.int/T/E/Com/Files/Events/2006-cia/United-Kingdom.pdf.
Ibíd. Sr. Straw afirma: "Hubo cuatro casos en 1998 en los EE.UU. solicitó permiso para hacer uno o más detenidos a través del Reino Unido o los Territorios de Ultramar. En dos de estos casos, los registros muestran que el Gobierno accedió a la petición, y se negó a otros dos. "
Ver EE.UU. Secretario de Estado, Condoleezza Rice, Observaciones sobre su partida para Europa, Base Aérea de Andrews, 5 de diciembre de 2005. Rice se refiere a las acciones de Francia en el caso de "Carlos el Chacal": "Una interpretación por el gobierno francés lo llevó a la justicia en Francia, donde ahora está en prisión."


34. Las autoridades legales más prominentes en los Estados Unidos, incluyendo la Corte Suprema, han interpretado que el objeto del programa de entregas pre-9/11 para estar dentro de la ley. De hecho, varias ONG de derechos humanos han evaluado la práctica original bajo la rúbrica de "entrega a la justicia", admitiendo que una transferencia inter-estatal podría ser legal si su objeto es llevar a un sospechoso dentro de un proceso judicial, reconocido respetuosa de los derechos humanos. Este indicador podría, de hecho, proporcionan un punto de referencia jurídico en el que inter-estatales ilegales las transferencias se pueden medir.

35. Sin embargo, no ha sido claramente una desviación crítica lejos de las nociones de justicia en el programa de entregas. A raíz de los ataques del 9/11, los Estados Unidos se ha transformado en una versión de una serie de instrumentos con los que continuar su llamada "guerra contra el terror". Los ataques del 9/11 marcó realmente algo de un punto de inflexión en el enfoque de los Estados Unidos a la superación de la amenaza terrorista. Esta nueva "guerra contra el terrorismo" lanzada por la intervención militar en Afganistán en octubre de 2001. Al mismo tiempo, una nueva importancia se adjuntó a la recopilación de información de inteligencia sobre personas sospechosas de terrorismo. La CIA fue puesto bajo la presión de jugar un papel más activo en la detención y el interrogatorio de los sospechosos en lugar de simplemente poner "entre rejas". Sin una preparación adecuada, una política global de arrestar y detener a "los enemigos" de los Estados Unidos - siempre según Scheuer - improvisado a toda prisa. Fue hasta los abogados para "legitimar" estas operaciones, mientras que la CIA y los militares estadounidenses se convirtieron en los principales supervisores y operadores del sistema.

36. Operaciones de entrega se han incrementado en escala y cambió en enfoque. El efecto central del programa de entregas post-9/11 ha sido la de colocar a sospechosos de terrorismo capturados fuera del alcance de cualquier sistema de justicia y mantenerlos allí. La ausencia de garantías de los derechos humanos y la introducción de "técnicas de interrogatorio mejoradas" han dado lugar, en varios casos examinados, como veremos, a los detenidos de ser sometidos a tortura.

37. Las razones detrás de la transformación en el carácter de las entregas son a la vez político y operativo. En primer lugar, está claro que el Gobierno de los Estados Unidos se ha dedicado a luchar contra el terrorismo de una manera agresiva y urgente. El ejecutivo ha aplicado una presión política masiva en todas sus agencias, en particular la CIA, a intensificar la intensidad de sus actividades antiterroristas. Según Scheuer, "después de 9/11, no teníamos nada listo para ir - el ejército no tenía planes, no tenían respuesta, por lo que la Agencia se sentía el peso de la voluntad del Ejecutivo para mostrar las victorias pueblo estadounidense".



Véase United States v Alvarez-Machain, 504 EE.UU. 655 (1992), en la que el Tribunal Supremo confirmó la jurisdicción de un tribunal de EE.UU. para tratar a un hombre traído a los EE.UU. desde México por medio de secuestro en lugar de la extradición. La jurisprudencia sobre este asunto se remonta al caso de 1886 de Ker v Illinois, 119 EE.UU. 436 (1886), en el que la Corte Suprema dijo: "No hay nada en la Constitución que obliga a los tribunales para permitir que una persona es culpable justamente condenado a escapar de la justicia debido a que fue sometido a juicio en contra de su voluntad. "
Este concepto de "entrega a la justicia" se discute con más detalle en: Centro de Derechos Humanos y Justicia Global, Universidad de Nueva York Facultad de Derecho, más allá de Guantánamo: Las transferencias a la tortura de un año después de Rasul contra Bush, 28 de junio de 2005. Agradezco también al personal de Human Rights First por sus explicaciones a fondo en las reuniones de los dilemas contemporáneos legales que enfrentan para llevar a sospechosos de terrorismo ante la justicia.
Para un análisis detallado de los parámetros legales de las transferencias entre estados, véase el Dictamen N º 363/2005 de la Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia), disponible en: http://www.venice.coe.int/docs / 2006/CDL-AD (2006) 009-e.asp. Ver también la sección sobre la situación jurídica europea, en la partida 10.2.1.
Ver Cofer Negro, ex jefe de la CIA contra el Terrorismo del Centro, el testimonio ante la Cámara y los Comités de Inteligencia del Senado, Audiencias sobre pre-9/11 fallas de inteligencia, 26 de septiembre de 2002: "Todo lo que necesitas saber es que hubo un antes 9/11 'y un' después de 9/11 '. Después de 9/11, sacamos los guantes ".
General Nicolo Pollari, el Director de la Intelligance italiano y Servicios de Seguridad (SISMI), testificó ante TDIP Comisión Temporal del Parlamento Europeo el 6 de marzo de 2003 que "las reglas del juego han cambiado" en términos de la cooperación internacional en el sector de la inteligencia : "muchas actividades de seguridad se realiza en la actualidad en el límite de la legalidad, aunque dentro del marco legal".
Michael Scheuer, ex jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el Terrorismo del Centro, entrevista realizada por el representante del Relator Especial, supra nota 19.



38. En segundo lugar, y lo más importante, el cambio operacional clave ha sido el mandato dado a la CIA para administrar sus propios centros de detención. Cuando se lleva a sospechosos de terrorismo bajo su custodia, a la CIA ya no utiliza su entrega a los transportará a la custodia de los países en los que se quieran. En cambio, para los sospechosos de alto nivel, al menos, la interpretación actual conduce a la detención secreta en los llamados de la CIA "lugares negros" en lugares no especificados en todo el mundo. En vez de enfrentar cualquier forma de justicia, la sospecha quedar atrapado en la tela de araña.

2,2. Los componentes de la tela de araña

39. Además de la CIA "lugares negros", la tela de araña también abarca una amplia red de centros de detención administrados por las otras ramas del gobierno de Estados Unidos. Ejemplos presentados en el dominio público han incluido la Base Naval de EE.UU. en la Bahía de Guantánamo y las prisiones militares como la de Bagram en Afganistán y Abu Ghraib en Irak. A pesar de la existencia de tales instalaciones se sabe, hay muchos aspectos de su funcionamiento también que permanecen en secreto.

40. También hay que señalar que la "entrega" vuelos de la CIA no son el único medio de transporte de detenidos entre distintos puntos de la web. Particularmente en el contexto de las transferencias a la Bahía de Guantánamo, los detenidos han sido trasladados en gran medida en aviones militares, incluyendo aviones de carga de gran tamaño. En consecuencia los vuelos militares también han caído en el ámbito de mi investigación.

41. El gráfico que se incluye como anexo a este informe representa sólo una pequeña porción de la tela de araña global. Se compone de dos componentes principales, se describe al dorso.

42. En primer lugar, ilustra los vuelos de aeronaves civiles y militares, dirigidos por los Estados Unidos, que parece estar conectada con las detenciones secretas y traslados ilegales entre Estados también participan el Consejo de Europa, los Estados miembros. Esta investigación se basa en siete conjuntos separados de los datos de Eurocontrol, junto con información específica de una veintena de autoridades nacionales de aviación en respuesta a mis peticiones. De esta manera, hemos obtenido una base de datos única hasta la fecha.

Para un relato impresionante de la CIA "lugares negros", véase: Centro de Derechos Humanos y Justicia Global de la Facultad de Derecho Universidad de Nueva York, suerte y el paradero desconocido: Los detenidos en la "Guerra contra el Terror", 17 de diciembre de 2005. El término "lugares negros" entró en el debate público en gran parte como resultado de Dana Priest, la CIA Sostiene sospechosos de terrorismo en prisiones secretas, Washington Post, 2 de noviembre de 2005.
Véase, entre otras cosas, EE.UU. Departamento de Defensa dio a conocer los documentos en respuesta a una demanda bajo la Ley de Libertad de Información por Stephen H. Oleskey, Wilmer Hale LLP (copias de todos los documentos revelados en los archivos con el Relator). Estos materiales arrojar luz sobre toda la extensión a la que aviones militares fueron utilizados para el transporte de detenidos a Guantánamo: en cinco misiones consecutivas a principios de enero el año 2002, cerca de 150 detenidos fueron trasladados allí (incluso fuera de los países europeos).
Eurocontrol es la Organización Europea para la Seguridad de la Navegación Aérea. Doy las gracias al Director General de Eurocontrol, Víctor Aguado, y su personal para responder a mis consultas diversas, de tal manera eficiente y colegial. Vea la sección de abajo, en el apartado 2.3
Envié una ronda de cartas a los jefes de las delegaciones parlamentarias nacionales el 31 de marzo de 2006 en la que le pregunté específicamente para la información de sus respectivas autoridades nacionales de aviación.

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43. En segundo lugar, distingue cuatro categorías de puntos de aterrizaje de aeronaves, que indican los diferentes grados de complicidad por parte de los países afectados. Estos puntos de aterrizaje han sido colocados en sus respectivas categorías de la siguiente manera sobre la base de la preponderancia de las pruebas obtenidas:

Categoría A: "los puntos de escala"
(Puntos en los que la tierra los aviones para repostar, en su mayoría en el camino a casa)

Prestwick
Shannon
Roma Ciampino
Atenas
Santa María (Azores)
Bangor
Praga

Categoría B: "Los puntos de parada"
(Puntos desde los que se han lanzado operaciones - Aviones y tripulaciones se preparan o se reúnen en grupos)

Washington
Frankfurt
Adana-Incirlik (Turquía)
Ramstein
Larnaca
Palma de Mallorca
Bakú (Azerbaiyán)

Categoría C: "one-off puntos de recogida"
(Puntos de los cuales, de acuerdo con nuestra investigación, fue detenido un detenido o un grupo de detenidos para entrega o transferencia ilegal, pero no como parte de una ocurrencia sistemática)

Estocolmo-Bromma
Banjul
Skopje
Aviano
Tuzla

Categoría D: "la transferencia de los detenidos / Drop-off puntos"
(Los lugares visitados con frecuencia, donde los vuelos tienden a dejar por periodos cortos solo, en su mayoría lejos de la ruta obvia - ya sea su ubicación está cerca de un sitio de un centro de detención conocido o un caso prima facie se puede hacer para indicar que un centro de detención en su alrededores)

El Cairo
Amman
Islamabad
Rabat
Kabul
La Bahía de Guantánamo
Timisoara / Bucarest (Rumanía)
Tashkent
Argel
Bagdad
Szymany (Polonia)

En este sentido, hemos recogido testimonios de detenidos, exposiciones realizados antes de las investigaciones judiciales y parlamentarias, la información obtenida en virtud de la libertad de información, entrevistas con los representantes legales y las fuentes de información privilegiada, las cuentas de los periodistas de investigación y las investigaciones llevadas a cabo por organizaciones no gubernamentales.

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2,3. Compilación de una base de datos de movimientos de aeronaves

44. Cuando comenzamos nuestro trabajo en noviembre de 2005, varias organizaciones e individuos en el sector no gubernamental, los periodistas, especialmente de investigación y organizaciones no gubernamentales, nos ha enviado las listas de las aeronaves sospechosas de pertenecer a la CIA o de ser operado en nombre de la CIA por falsas empresas de fachada " ". Las listas de los detalles como el tipo de aeronave, el propietario registrado y el operador, y el "N-número" por el cual se identifica un avión. Estas listas son el resultado de los denodados esfuerzos de reconstruir la información que está públicamente disponible en determinados sitios de Internet, las observaciones de "planespotters" y testimonios de ex detenidos. Nos recibió posteriormente de Eurocontrol "planes de vuelo" con respecto a estos aviones, al menos en la medida en que el espacio aéreo europeo se refiere, para el período comprendido entre el final de 2001 y principios de 2005. Los datos de Eurocontrol recibidas en enero y febrero de 2006 incluyen, por un lado, los planes de vuelos previstos (que se puede cambiar incluso durante un vuelo por diferentes razones) y, por otro lado, la información que ha sido verificado tras una petición para colección de tarifas de ruta y datos de vuelo obtenidos de las autoridades de aviación en los Estados Unidos y en otros lugares.

45. Las listas solicitadas por Eurocontrol en la correspondencia original eran un tanto especulativo, pero con conocimiento de causa. Era importante para el equipo de investigación, en colaboración con expertos e investigadores externos familiarizados con el tema, para tener una idea de cómo la CIA relacionados con las aeronaves operen en relación con los miles de otros, no de la CIA, las aeronaves que utilizan el espacio aéreo europeo. En otras palabras, hemos tratado de construir un perfil de las características de los vuelos de la CIA. Además se espera que para el casting de nuestra red amplia, que puede ser capaz de identificar los planos nunca antes relacionados con la CIA.

46. Estamos posteriormente volvió a Eurocontrol en varias ocasiones para obtener los registros de vuelo adicionales. A medida que nuestro trabajo ha progresado, hemos sido capaces de reducir el número de movimientos de aeronaves que son de interés para nuestro trabajo y desarrollar nuestro análisis en una más sofisticada, medida realista de la magnitud de la ilegalidad en las operaciones de vuelo clandestino de la CIA.

47. Sobre la base de nuestro análisis inicial, se envió una serie de excepcionales las solicitudes adicionales a determinados órganos nacionales de control de tráfico aéreo con el fin de obtener los registros de los vuelos efectivamente realizados en sus países, también se solicitaban datos sobre los movimientos de aeronaves militares, que no están cubiertos por Eurocontrol.

48. Me complace informar de que a través de este canal que he recibido información útil de diversas instituciones del Estado en el Consejo de Europa diferentes Estados miembros, incluidos los de los ministerios de transporte, autoridades aeronáuticas, operadores aeroportuarios y las líneas aéreas estatales. Además, he obtenido los registros oficiales de los parlamentos nacionales, incluidos los documentos directamente presentados por los ministerios de defensa en respuesta a las preguntas parlamentarias. Todas estas diversas fuentes han contribuido a la base de datos de movimientos de aeronaves en que se basa en este informe.

Cabe destacar que, en febrero de 2006 me reuní con el personal de Eurocontrol para una sesión de información muy constructiva.
Véase, entre otras cosas, la letra de la Ruta. Honorable Adam Ingram, Reino Unido, el ministro de Estado para las Fuerzas Armadas, en respuesta a las preguntas parlamentarias en la Cámara de los Comunes sobre el uso de los aeródromos militares del Reino Unido por EE.UU. aeronaves de matrícula, de fecha 2 de marzo de 2006.

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2,4. Operaciones de la tela de araña

49. Creemos que hemos dado un paso significativo hacia una mejor comprensión del sistema de "entregas extraordinarias" y centros secretos de detención. Una observación se debe hacer. No debemos perder nuestro sentido de la proporción. No sería exagerado hablar de miles de vuelos, que sólo cientos de interpretaciones sobre Europa. En este punto, comparto las opiniones expresadas por los miembros del Departamento de Estado de EE.UU., que recientemente entregó un informe de primera mano, en Washington, DC en la que un miembro de mi equipo estaba presente. Nos minar nuestra credibilidad y limitar la posibilidad de una discusión seria si hacemos las denuncias que son ambiguas, exageradas o sin fundamento. En efecto, es evidente que no todos los vuelos de aviones de la CIA participar en las "entregas extraordinarias". Como el Sr. John Bellinger señaló:

"Los vuelos de inteligencia son una manifestación de la cooperación que sucede entre nosotros. Llevan a los analistas a hablar uno con el otro, llevan a la evidencia que se ha recogido ... Estoy seguro de que el Director de Inteligencia era él mismo personalmente en un número de esos vuelos ".

Sr. Scheuer dio otra explicación en cuanto a los efectos de este tipo de vuelos:

"Hay un montón de otras razones que mover los presos a los aviones. Todo depende de lo que está haciendo. Si se encuentra en Afganistán y que está suministrando armas a un comandante que está trabajando con el Gobierno de Karzai, entonces podría ser un avión de carga de las armas. Podría ser la comida - de la CIA es co-ubicada con el Ejército de los EE.UU. en las bases de todo el país, por lo que podrían ser las raciones.

Además, tratamos de cuidar de nuestro pueblo, así como nos sea posible, por lo que los artículos de tocador, que es las revistas, es grabadoras de vídeo, es cafeteras. Podemos incluso hacer colectas en Navidad, para asegurarse de que podemos enviar cientos y cientos de libras de café de Starbucks. Así que de un millar de vuelos, yo apostaría que el 98% de esos vuelos son una cuestión de logística "

De hecho, es precisamente el 2% restante que nos interesa.

50. Para entender la noción de una "tela de araña", no se trata de las cifras globales de vuelos, sino más bien acerca de la naturaleza y el contexto de cada vuelo. Nuestra investigación ha cubierto diez estudios de casos de presuntos ilícitos transferencias inter-estatales, con un total de diecisiete detenidos. En la mayoría de estos casos fue posible la generación de registros de vuelo de la base de datos oficial de vuelo de amalgama antes mencionado. Luego he emparejado esos registros con los horarios, fechas y lugares de las operaciones de transferencia de supuestos - de acuerdo a las propias víctimas, las notas del abogado o de otras fuentes. Por último, en lo posible, me han corroborado esta información con los elementos fácticos adquiridos de los procedimientos judiciales en el Consejo de Europa, los Estados miembros o en los Estados Unidos.

51. En la traducción de estos estudios de caso en representaciones gráficas, decidí seguir cada ruta de vuelo no individualmente, sino como parte de un circuito. Cada circuito comienza y termina, siempre que sea posible, en "base" de la aeronave (muy a menudo el aeropuerto de Dulles en Washington, DC) en los Estados Unidos. A raíz de estos circuitos de vuelo ayuda a comprender mejor las diferentes categorías de aterrizajes de aeronaves - escalas sencillas para cargar combustible, los puntos de parada que los grupos de acogida de los aviones de la CIA o sirven para poner en marcha las operaciones, y el detenido puntos de entrega. A pesar de ser una técnica analítica relativamente simple, también ha ayudado a descubrir alguna información nueva y significativa, que se presentan en las secciones siguientes.



Véase John Bellinger, asesor legal principal de la Secretaría de Estado de EE.UU., Dan Fried, y, el subsecretario de Estado, Oficina de Asuntos Europeos y Euroasiáticos; Información para delegación europea durante la visita de la Comisión Temporal TDIP del Parlamento Europeo a Washington, DC , 11 de 2006 (transcripción en los registros con el Relator - en adelante "Bellinger, Informe a la Delegación Europea" o "Fried, Informe a la Delegación Europea") de mayo.
Ibíd. Según el Sr. Bellinger: "Hemos estado tratando, de la secretaria Rice hacia abajo, para participar en un diálogo real con los diferentes socios en Europa, ya sea de la UE, ya sea el Consejo de Europa. Sabemos que sus preocupaciones y estamos interesados ​​en hablar con usted directamente, sino sobre la base de hecho y no una mera hipérbole "Según el Sr. Fried:". Si las acusaciones son absurdas, se hace difícil lidiar con los problemas reales de la legal régimen y el marco jurídico en el que tenemos que llevar a cabo esta lucha ".
Bellinger, Informe a la Delegación Europea, supra nota 41.
Michael Scheuer, ex jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el Terrorismo del Centro, entrevista realizada por el representante del Relator Especial, supra nota 19.
Bellinger, Informe a la Delegación Europea, supra nota 41: "En realidad no hay pruebas de ello. No hay evidencia de un millar de detenidos, no hay evidencia de un centenar de detenidos, ni siquiera hay evidencia de diez detenidos ".

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2,5. Operaciones sucesivas entregas extraordinarias y detenciones secretas

52. Creemos que estamos en condiciones de afirmar que las sucesivas operaciones de la CIA que han tenido lugar en el transcurso del mismo circuito, solo vuelo. Dos de los estudios de entregas de casos examinados en este informe, tanto la participación del Consejo de Europa los Estados miembros en diferentes grados, pertenecían a un mismo circuito clandestino de secuestros y entregas en diferentes puntos de la tela de araña. La información a nuestra disposición indica que las entregas de Binyam Mohamed y Khaled El-Masri se llevaron a cabo por el mismo avión de la CIA funciona con un plazo de 48 horas el uno del otro, en el curso de los mismos 12 días de gira en enero de 2004. Este resultado parece importante para un número de razones. En primer lugar, ya que ni siquiera sabe el hombre de la otra - Sr. Mohamed aún está detenido en la Bahía de Guantánamo y el Sr. El-Masri, ha regresado a su comunidad de origen, cerca de Ulm, en el sur de Alemania - de sus respectivas historias se pueden utilizar para dar credibilidad a unos de otros . Mi equipo ha recibido el testimonio directo o indirecto de cada uno de ellos de forma independiente.

53. Mientras tanto alegan haber sido objeto de entregas de la CIA, el hecho de que el mismo avión - operado por una empresa vinculada a la CIA - llevado a cabo dos transferencias en una sucesión tan rápida que nos permite hablar de la existencia de un "circuito de entregas" en el " tela de araña ".

54. También es posible desarrollar una hipótesis en cuanto a la naturaleza de algunos aterrizajes otros pertenecientes a la misma entregas circuito. Así, por ejemplo, los aterrizajes que se produjeron justo antes y justo después de la entrega de El-Masri tener las características típicas de operaciones de entrega.

55. Nuestro análisis del programa de entregas en la era post-9/11 nos permite inferir que la transferencia de otros detenidos en este circuito de entregas deben tener los detenidos que conlleva ser trasladados fuera de Kabul a los centros de detención alternativas en diferentes países. Por lo tanto, sobre la base de datos de vuelo oficiales, la probable existencia de centros secretos de detención se puede deducir en Argelia y, como veremos más adelante, en Rumania.

2,6. Los centros de detención en Rumania y Polonia

2.6.1 El caso de Rumania

56. Rumanía es hasta ahora el Consejo sólo Estado miembro del que se encuentra en uno de los circuitos de entregas creemos que hemos identificado y que presenta todas las características de una transferencia de detenidos o punto de entrega. El avión aterrizó en versión N313P Timisoara a 23:51 el 25 de enero de 2004 y salió a sólo 72 minutos después, a las 1.03 horas del 26 de enero de 2004. Estoy muy agradecido a la Autoridad Aeronáutica Civil Rumana para la confirmación de estos movimientos de vuelo.

57. Se sabe que los vuelos de transporte de detenidos son habitualmente los vuelos nocturnos, como es el caso de los vuelos de entrega otros ya documentados. Los únicos puntos de otros en este circuito de entregas de la que despegó el avión a una hora similar de la mañana eran Rabat, Marruecos (salida a las 2.05 am) y Skopje, Macedonia (salida a las 1.30 de la mañana). En ambos casos, contamos con indicios suficientes para afirmar que cuando el avión salió a su destino, que llevaba preso a un centro clandestino de detención ubicado en Kabul.

58. Asimismo, podemos afirmar que el avión no llevaba prisioneros a la detención aún cuando salió de Timisoara. Su siguiente destino, después de todo, Palma de Mallorca, un sistema bien establecido "puntos de parada", también se utiliza para fines de recuperación en medio de los circuitos de entregas.


Consulte los registros de vuelo relativos a las operaciones de entregas sucesivas de Binyam Mohamed y Khaled El Masri en enero de 2004, reproducido en este informe en el Apéndice 1.Los desembarques en cuestión se encuentran en Argel (Argelia)y Timisoara (Rumania).
   Vea la información de los registros de la Autoridad AeronáuticaCivil Rumana y el Ministerio rumano de Defensa Nacional, que figuran como anexos a las cartas que me enviaron por GyörgyFrunda, presidente de la delegación rumana a PACE, de fecha 24 de febrero de 2006 y 07 de abril 2006. Quiero agradecer a mi colega el señor Frunda por sus destacados esfuerzos en la recopilación de información de las autoridades rumanas variosen mi nombre.



59. Hay documentación en este caso que los pasajeros del avión con matrícula N313P, usando pasaportes del Gobierno de EE.UU. y las identidades falsas, aparentemente, se quedó en un hotel en Palma de Mallorca por dos noches antes de regresar a los Estados Unidos. Uno puede deducir que estos pasajeros, además de la tripulación del avión, compuesto por un equipo de entregas de la CIA, el mismo equipo realizar todas las entregas en este circuito.

60. El avión con matrícula N313P se quedó en la pista de aterrizaje en Timisoara en la noche del 25 de enero de 2004 para apenas una hora. Basado en el análisis de la capacidad de vuelo de N313P, un Boeing 737, en línea con los comportamientos típicos de vuelo de aviones de la CIA, es muy poco probable que la aplicación de la partida a Rumania fue para abastecerse de combustible. El avión tenía la capacidad de llegar a Palma de Mallorca, poco más de 7 horas de distancia, directamente desde Kabul que la noche - dos veces anteriormente en el mismo circuito, que ya había volado distancias más largas de 7 horas 53 minutos (Rabat a Kabul) y 7 horas 45 minutos (Kabul a Argel).

61. Cabe recordar que el equipo de entrega se quedó cerca de 30 horas en Kabul después de haber "entregado" Khaled El-Masri. Luego, voló a Rumania en el mismo plano. Después de haber eliminado otras explicaciones, entre ellos el de un vuelo de la logística simple, ya que el viaje es parte de una bien establecida circuito de entregas extraordinarias - la hipótesis más probable es que el propósito de este vuelo era para el transporte de uno o varios de los detenidos de Kabul a Rumania.

62. Consideramos que, si bien todos estos elementos de hecho no proporcionan evidencia definitiva de centros secretos de detención, que no justifican por sí mismos una obligación positiva para llevar a cabo una investigación seria, que las autoridades rumanas no parece que lo han hecho hasta la fecha.

2.6.2. El caso de Polonia

63. Polonia fue un sencillo del mismo modo como un país que había albergado centros de detención secretos.

64. Sobre la base de la información obtenida de distintas fuentes que fueron capaces de determinar que las personas sospechosas de ser terroristas de alto nivel fueron transferidos de un centro de detención secreto de la CIA en Kabul, Afganistán a finales de septiembre y octubre de 2003. Durante este período, mi base de datos oficiales muestran que la llegada sólo de la CIA vinculado aviones de Kabul en Europa estaba en el aeropuerto polaco de Szymany. Los vuelos en cuestión, llevadas a cabo por N313P el famoso "plano rendición", tenga todas las características de un circuito de entregas.


Véase Andrew Manreas, La Investigación Halla en los Vuelos de la CIA Decenas de ocupantes Con estatus Diplomático, en El País, de Palma de Mallorca, 15 de noviembre de 2005.
  
 Ver Matías Vallés, periodista de Diario de Mallorca, Testimonio ante el Comité theTDIP temporal del Parlamento Europeo, 20 deabril de 2006. Valles investigado un total de 42 nombres que élhabía descubierto en los registros de un hotel en Mallorca, dondelos pasajeros del avión N313P alojado. Muchos resultaron ser"falsas identidades", al parecer creadas con los nombres de los personajes de las películas de Hollywood tales como Blade Runner y Alien. Valles confirmó que al menos algunas de las personas que llegaron de vuelta en Palma de Mallora de Rumaniadespués de que el circuito de entregas eran las mismas personas que se habían quedado en el hotel en un punto anterioren el circuito - lo que indica que el "equipo de entrega" se mantuvo en el plano lo largo de su viaje.
  
 Mi equipo ha trabajado en estrecha colaboración con Human Rights Watch para corroborar la evidencia disponible de los movimientos de los detenidos de Afganistán. Para una indicación de los primeros análisis de esta información, consulte laDeclaración de Human Rights Watch en las instalaciones estadounidenses de detención secretos en Europa, 7 de noviembre de 2005, disponible en:http://hrw.org/english/docs/2005/11/07/usint11995 . htm.

65. El avión había llegado a Kabul, el 21 de septiembre de 2003, de Tashkent, Uzbekistán. El eje entre Tashkent y Kabul era bien conocido por traslados de detenidos. Sin embargo, según la información recibida, los movimientos de los detenidos más importantes en este momento las transferencias probablemente implicados fuera de Kabul. La explicación atribuida por fuentes de ONG y periodistas que han investigado este período es que la CIA se requiere una más aislado, entorno seguro y controlado en el que para mantener el alto nivel de los detenidos, debido a la proliferación de las instalaciones penitenciarias y los dos prisioneros en Afganistán que surgen de la escalada de la "guerra contra el terrorismo".

66. De este modo, el circuito en cuestión continuó el 22 de septiembre de 2003, cuando el avión voló desde Kabul hasta el aeropuerto de Szymany en Polonia. Por las mismas razones dadas anteriormente para el caso de Rumania, se puede deducir que este vuelo era un entregas de la CIA, que culminó en un "detenido drop-off" en Polonia.

67. Szymany es descrito por el Presidente de la delegación polaca en ritmo como "el ex campo de aviación del Ministerio de Defensa", ubicado cerca de la localidad rural de Szczytno en el norte del país. Se encuentra cerca de una instalación de gran tamaño utilizadas por los servicios de inteligencia polacos, conocidos como la base Stare Kiejkuty. Tanto el aeropuerto y la base de las inmediaciones fueron representados en imágenes de satélite que he obtenido en enero de 2006.

68. Es de destacar que las autoridades polacas no han podido, a pesar de las reiteradas peticiones, para darme la información de sus propios registros nacionales de aviación para confirmar los vuelos de la CIA relacionados en Polonia. En su carta de 9 de mayo de 2006, mi colega Karol Karski, el Presidente de la delegación polaca a PACE, explicó:

"Me dirigí a las autoridades competentes de Polonia en la recolección de los datos de tráfico aéreo, en relación con estos números de aviones ... me informaron de que varios números de la lista todavía no se habían encontrado en los registros de los registros de vuelo. Ser no tiene conocimiento acerca de la fuente de su información de conexión estos números de vuelo con el espacio aéreo polaco, no soy capaz, [ni] de los polacos las autoridades de control de tráfico, para comentar sobre el hecho de pasar por alto en nuestros registros.”



69. El Sr. Karski también hizo la siguiente declaración, que refleja la posición del Gobierno de Polonia sobre la cuestión de entregas de la CIA:

"De acuerdo con la información que he recibido, ninguno de los vuelos cuestionado fue registrado en el tráfico controlado por nuestras autoridades competentes - en conexión con el aeropuerto de Szymany o cualquier otra polaca."

70. La ausencia de registros de vuelo de un país como Polonia es inusual. Una gran cantidad de países vecinos, como Rumania, Bulgaria y la República Checa no han tenido este tipo de problemas similares en la recuperación de datos oficiales para el período desde el año 2001. De hecho, las comunicaciones de estos países, junto con mis datos de Eurocontrol, confirman numerosos vuelos que entran y salen de los aeropuertos polacos por parte de los aviones de la CIA vinculados que son objeto de este informe.


Ver Craig Murray, antiguo embajador de Reino a Uzbekistán,Intercambio de opiniones con la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos (AS / Jur), Estrasburgo, 24 de enero de 2006. Las actas reflejan que el señor Murray habló de las "pruebas de la CIA, fletando vuelos a Uzbekistán, entre Kabul yTashkent, y del uso de la tortura por parte de agentes de Uzbekistán, así como evidencia de que las autoridadesestadounidenses y británicos estaban dispuestos a recibir y utilizar información obtenida bajo tortura por agencias extranjeras,la decisión pertinente de haber sido tomada en un alto nivel ". Ver también Don Van Natta Jr., la evidencia creciente EE.UU. El envío de presos a la tortura de Capital: A pesar de malos antecedentes de Derechos Humanos, Uzbekistán es aliado, New York Times, 1 de mayo de 2005, disponible en:
   Para una excelente descripción de las motivaciones paratrasladar a los detenidos a centros secretos, a ver a JamesRisen, del Estado de Guerra: La Historia Secreta de la CIA y el gobierno de Bush, Free Press, Nueva York, 2006, páginas 29 a 31: "La CIA quería lugares secretos donde podrían tener un control completo sobre los interrogatorios y las reuniones informativas, libres de las miradas indiscretas de los medios de comunicación internacionales, libres de supervisión por parte de grupos de derechos humanos, y, lo más importante, lejos de la jurisdicción del sistema legal estadounidense ".
   Vea la Unión Europea Centro de Satélites de la información proporcionada a la Relatora el 23 de enero de 2006. Para más información ver la sección de abajo en la partida 4.1.
   Carta enviada a mí por Karol Karski, presidente de la delegación polaca a PACE, de fecha 9 de mayo de 2006.



71. En este sentido, Polonia no puede ser considerado como fuera de los circuitos de entregas, simplemente porque no ha podido proporcionar la información que corrobora nuestros datos de otras fuentes. Así pues, he presentado en mi gráfica del circuito de entregas de sospecha de la participación de el aeropuerto de Szymany, en el cual se coloca el aterrizaje en Szymany en la categoría de "detenido" frente a gota puntos.





72. De acuerdo a los registros en nuestra posesión, el avión N313P se mantuvo en el aeropuerto de Szymany el 22 de septiembre de 2003 por tan sólo 64 minutos. También puedo confirmar que el avión voló a Szymany a Rumania, donde aterrizó, después de un cambio de rumbo, en el aeropuerto de Bucarest. Aquí, como en el caso de Timisoara anteriormente, el aterrizaje de aviones en Rumania encaja en el perfil de un "detenido bajada".

73. Es posible que varios de los detenidos pueden haber sido transportados juntos en el vuelo fuera de Kabul, con un poco de quedarse en Polonia y algunos quedarse en Rumania. Este patrón se conformaría con la información de otras fuentes, que indicaron la existencia simultánea de prisiones secretas en estos dos del Consejo de Europa, los Estados miembros.

74. Este circuito de entregas de sospechosos continuó después de que Rumania al caer en Rabat, Marruecos, que varios elementos señalan como un lugar que alberga un centro de detención. Es concebible que este aterrizaje, incluso pueden haber constituido una tercera "persona detenida drop-off" en la sucesión antes de que el avión regresó a los Estados Unidos, a través de la Bahía de Guantánamo.

75. En cuanto a Rumania, me parece que ahora hay una preponderancia de las indicaciones, no para demostrar la existencia de centros de detención, pero en cualquier caso, para abrir un verdadero en profundidad y de investigación transparente. Se puede añadir que las fuentes en el origen de las publicaciones de Human Rights Watch, The Washington Post y ABC News, refiriéndose a la existencia de tales centros en Rumania y Polonia, son mutliple, concordante y muy bien informado, ya que pertenecen a la mismos servicios que han dirigido estas operaciones.

2,7. El impacto humano de las entregas extraordinarias y detenciones secretas

76. La entrega es una práctica degradante y deshumanizante, y desde luego a sus víctimas, sino también para aquellos que realizan las operaciones. Esta simple constatación ha quedado claro a mí ya mi equipo a medida que se han reunido con varias personas cuyas vidas han sido indeleblemente cambiado por entregas.

77. Por lo tanto, si bien es necesario analizar el sistema global que la entrega se ha convertido, nunca debemos perder de vista la dimensión humana, ya que este es el núcleo de los abusos.

78. He pensado en el impacto humano de las entregas de dos maneras: en primer lugar, la práctica sistemática de la CIA de la preparación de un detenido para ser transportado en un avión de entrega, y en segundo lugar, el daño psicológico grave y duradera que la entrega extraordinaria inflige a sus víctimas.


Véase, entre otras cosas, Ross Brian y Richard Esposito, dicen fuentes de ABC News Top de al-Qaeda detenidos en prisiones secretas de la CIA: 10 de los 11 líderes terroristas sometido a "técnicas de interrogatorio mejoradas", de ABC News, 5 de diciembre de 2005, disponible en:http://abcnews.go.com/WNT/Investigation/story?id=1375123.
   Ver el estudio de caso de Binyam Mohamed en la sección 3.9 deeste informe



2.7.1. Metodología de la CIA - ¿cómo un detenido es tratado en una interpretación

79. Las descripciones de las operaciones de entrega de este informe reflejan muchos de los casos individuales diferentes. Estos casos implican una amplia gama de víctimas, de ser capturado en y se transfiere a numerosos países diferentes, abarcando un período de tiempo de varios años. Las historias son contadas por los dos testigos de primera y de segunda mano, que hablan varios idiomas en diversos foros públicos y privados. Algunas de las personas sometidas a las entregas han sido puestos en libertad, mientras que otros siguen detenidos bajo la custodia de los Estados Unidos u otro país. En resumen, los casos parecen tener poca o ninguna conexión entre sí.

80. Sin embargo, por el contrario, hay paralelismos sorprendentes entre varias de estas versiones, particularmente en lo relativo a la metodología de la CIA. Parece que en cada caso separado, entrega se llevó a cabo en una forma casi idéntica. En conjunto, los casos en el informe de atestiguar en cuanto a la existencia de un modus operandi establecido de la entrega, la puesta en práctica por un grupo de élite, altamente capacitado y altamente disciplinada de agentes de la CIA que viajan alrededor del mundo maltratar a la víctima después de la víctima en exactamente el mismo de la moda.

81. Corresponde al análisis de esta metodología a través del lente de los derechos humanos, ya que están consagrados en la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH) y se aplica en la gran mayoría de los países que comparten estos valores. Toda persona, incluso a los acusados
​​o declarados culpables de participación en el terrorismo y otras categorías de delitos graves, tiene todo el derecho a no ser torturado ni sometido a tratos inhumanos o degradantes. Mientras que los agentes del Estado tienen derecho a usar la fuerza para llevar a cabo su trabajo, hay límites estrictos, obviamente, en la medida en que las medidas coercitivas de restricción o se puede aplicar en el curso de una operación de arresto o la transferencia.

82. De acuerdo con Michael Scheuer, la CIA deliberadamente pone las preocupaciones de seguridad por delante de los derechos de los detenidos durante una operación de entrega:

"Está claro que sus primeras prioridades en esas situaciones son para proteger a sus funcionarios. Así que la persona generalmente se esposado e inmovilizado. Y, probablemente, por lo menos conseguir en el avión y mientras estaba en el suelo, que le vendaron los ojos.

Me gustaría pensar que la gente del lugar que lo detuvieron probablemente sean los que se esposarlo y vendarle los ojos de él. Entonces él se puso en el avión, preparado y atado en su asiento, o la manera en que ocurrió y ser vigilados por guardias del país de acogida que iba a volver a. "

83. Considero que ninguna medida de seguridad justifica una violación masiva y sistemática de los derechos humanos y la dignidad. En los casos estudiados -, mientras que ser consciente de tratar con personas potencialmente peligrosas: el principio de proporcionalidad ha sido ignorada y con ello la dignidad de la persona. En varios casos, las acciones emprendidas en el curso de un "chequeo de seguridad" eran excesivos en relación con los requisitos de seguridad y por lo tanto puede constituir una violación del artículo 3 del CEDH. Si bien no parece alcanzar el umbral de la tortura, bien puede ser considerado como inhumano o degradante, en particular en la medida en que se humilla a la persona que está siendo representado.



Michael Scheuer, ex jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el Terrorismo del Centro, entrevista realizada por el representantedel Relator Especial en Washington, DC, 12 de mayo de 2006 (transcripción en los registros con el Relator).
  
 Sr. Scheuer parece subestimar la gravedad de las medidas adoptadas durante una "revisión de seguridad". Una discrepancia más allá con su descripción, es que en la mayoría de los casos, por lo que se puede discernir, los agentes estadounidenses llevar a cabo todo el "control de seguridad" a sí mismos. No he recibido ninguna cuenta de la policía de seguridad europeos son directamente involucrados en la administración de estas medidas coercitivas, aunque hubo al menos un policía egipcio implicado en la transferencia de Ahmed Agiza y Mohamed Alzery de Suecia.
  
 Artículo 3 del CEDH establece: "Nadie será sometido a torturas ni a tratos inhumanos o degradantes."
  
 Estoy de acuerdo con la evaluación de la Ombudsman del Parlamento de Suecia, Mats Melin, en el umbral de la tortura:"Está claro que la tortura es un concepto reservado para casos relacionados con la imposición intencional de dolor severo o grave sufrimiento previsto, por ejemplo, para obtener información para castigar o intimidar. "Ver Mats Melin, Defensor del Pueblo(Suecia), una revisión de la ejecución por la Policía de Seguridadde una decisión del Gobierno de expulsar a dos ciudadanos egipcios, Adjudicación N º 2169-2004 de fecha 22 de marzo de 2005. Melin cita la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) de Salman contra Turquía, 27 de junio de 2000.
  
 Para determinar si la norma de trato degradante se cumple, elTribunal de Derechos Humanos tiene en cuenta si ha sido expresamente la intención de humillar a la persona en cuestión, junto con su efecto sobre la personalidad del individuo. En el contexto de una privación de libertad, el tratamiento debe ser superior a la humillación inherente a la detención o arresto.Véase la sentencia del TEDH en Ocalan contra Turquía, 12 demarzo de 2003.


84. El "chequeo de seguridad" utilizadas por la CIA para preparar un detenido para el transporte en un avión de entrega se describió a nosotros por una fuente en la comunidad de inteligencia estadounidense como una "comida para llevar veinte minutos". Su explicación fue que dentro de un espacio muy corto de tiempo, un detenido se transforma en un estado de inmovilidad casi total y la privación sensorial. "La CIA puede hacer de tres de estos tipos en una hora. A los veinte minutos que es bueno ir "Un oficial de investigación para el Defensor del Pueblo sueco fue alcanzado por el" procedimiento rápido y eficiente. "Utilizado por los agentes estadounidenses, mientras que el intérprete sueco que fue testigo de la operación de la CIA en el aeropuerto de Bromma, dijo simplemente:" me sorprendió cómo diablos podrían haber vestido con él con tanta rapidez ".

85. Las características generales de este "chequeo de seguridad" puede ser establecida a partir de una serie de testimonios de la siguiente manera:

i. por lo general se lleva a cabo en una pequeña habitación de madera (un vestuario, un área de recepción de policía) en el aeropuerto, o en un centro de tránsito cercano.
ii. el hombre es a veces ya con los ojos vendados cuando la operación comienza, o se vendaron los ojos con rapidez y permanecen así durante la mayor parte de la operación.
iii. de cuatro a seis agentes de la CIA realizar la operación en una altamente disciplinada, de forma coherente - que se visten de negro (ropa de civil o de los uniformes especiales "), con guantes negros, con sus rostros cubiertos completos. Los testimonios hablan, según el caso, de la "gente grande con pasamontañas negros", los "vestidos de negro, como ninjas", o personas que llevaban "ropa de calle, pero con capucha".
iv. los agentes de la CIA "no decir una palabra cuando se comunican uno con el otro", utilizando sólo las señales de mano o, simplemente, conocer sus funciones de manera implícita.
v algunos hombres hablan de ser golpeado o empujado por los agentes en el inicio de la operación de un modo burdo y brutal; otros hablaban de que se apoderó de firmeza por varios lados
VI. las manos del hombre y los pies encadenados.    testimonios de la siguiente manera:

i. por lo general se lleva a cabo en una pequeña habitación de madera (un vestuario, un área de recepción de policía) en el aeropuerto, o en un centro de tránsito cercano.
ii. el hombre es a veces ya con los ojos vendados cuando la operación comienza, o se vendaron los ojos con rapidez y permanecen así durante la mayor parte de la operación.
iii. de cuatro a seis agentes de la CIA realizar la operación en una altamente disciplinada, de forma coherente - que se visten de negro (ropa de civil o de los uniformes especiales "), con guantes negros, con sus rostros cubiertos completos. Los testimonios hablan, según el caso, de la "gente grande con pasamontañas negros", los "vestidos de negro, como ninjas", o personas que llevaban "ropa de calle, pero con capucha".
iv. los agentes de la CIA "no decir una palabra cuando se comunican uno con el otro", utilizando sólo las señales de mano o, simplemente, conocer sus funciones de manera implícita.
v algunos hombres hablan de ser golpeado o empujado por los agentes en el inicio de la operación de un modo burdo y brutal; otros hablaban de que se apoderó de firmeza por varios lados
VI. las manos del hombre y los pies encadenados.
vii. el hombre tiene toda la ropa (incluyendo ropa interior) cortados de su cuerpo con cuchillos o tijeras de manera cuidadosa, metódica, un testigo ocular describió como "alguien que estaba tomando esta ropa y sentir cada parte, ya sabes, como si no hubiera algo dentro de la ropa, y luego ponerlos en una bolsa ".





Entrevista confidencial con una fuente en la comunidad de inteligencia de EE.UU. que desea permanecer anónimo, entrevista realizada en los Estados Unidos por el representante de la Relatoría.
  Ibíd.
  Véase Oficina del Defensor del Pueblo (Suecia), Entrevista realizada con el estado X oficiales de la Policía de Seguridad (SAPO), caso N º 2169-2004, 30 de septiembre de 2004 (transcripción traducida en los archivos del Relator - en lo sucesivo, "Entrevista con el sueco intérprete Säpo "); comentario que hizo en la página 23.
  Ibid, la observación hecha por el intérprete Säpo en respuesta a una pregunta, en la página 13.
  La persona sometida a la "revisión de seguridad" se refiere de forma genérica como "el hombre", porque no hemos escuchado hasta ahora de ningún caso en el que le ha sucedido a las mujeres. Este resumen contiene los aspectos comunes a varias interpretaciones, mientras que los extractos de los testimonios individuales se citan a continuación por separado.
  Ver Bisher Al-Rawi, declaración hecha a su abogado en una entrevista en la Bahía de Guantánamo (que figura en las notas del abogado no clasificados), presentado ante el Tribunal Superior de Justicia en el caso núm 2005/10470/05 a través de la declaración testimonial de Clive Stafford Smith ( en lo sucesivo, "Al-Rawi declaración al abogado"), en la página 31.
  Ver Jamil El-Banna, declaración hecha a su abogado en una entrevista en la Bahía de Guantánamo (que figura en las notas del abogado no clasificados), presentado ante el Tribunal Superior de Justicia en el caso núm 2005/10470/05 a través de la declaración testimonial de Clive Stafford Smith ( en lo sucesivo "El-Banna declaración a abogado"), en la página 40.
  Ver Entrevista con el sueco Säpo intérprete, supra nota 85, en la página 10.
  Véase Oficina del Defensor del Pueblo (Suecia), Entrevista realizada con Kjell Jönsson, abogado de Mohamed Alzery Swedsh, caso N º 2169-2004, septiembre de 2004 (transcripción traducida en los archivos del Relator - "Entrevista con el abogado del Defensor del Pueblo Sueco Jönsson" en adelante) , en la página 6.
  Véase la declaración de Khaled El-Masri en apoyo de la oposición del demandante al Movimiento de los Estados Unidos para desestimar la causa, en El-Masri contra Tenet y otros, la Corte del Distrito Oriental de Virginia en Alexandria, 6 de abril de 2006 (en adelante "El-Masri declaración EE.UU. Tribunal de Justicia en Alejandría, 6 de abril de 2006 ") en la página 9:" A medida que fue llevado a la sala me sentí dos personas violentamente agarrar mis brazos ... Se inclinaron los dos brazos hacia atrás. Este movimiento violento me causó mucho dolor.Que fue severamente golpeado por todos lados. "
  Ver Entrevista con el sueco Säpo intérprete, supra nota 65, en la página 13.



VIII. el hombre está sometido a un registro de las cavidades de cuerpo entero, lo que también implica un examen minucioso de su cabello, orejas, boca y labios.
IX. el hombre se fotografía con una cámara flash, incluyendo cuando está casi o totalmente desnudo, y en algunos casos, venda el hombre puede ser retirado con el propósito de una fotografía en la que su cara también es identificable.
x. algunos relatos hablan de un objeto extraño que se insertó a la fuerza en el ano del hombre, algunas cuentas de hablar más específicamente de un tranquilizante o un supositorio que se administra por vía rectal - en la descripción de esta práctica ha sido percibida como un acto que infringían que ofende a la dignidad del hombre.
XI. el hombre se vistió con una almohadilla de pañal o la incontinencia y una holgada "traje de salto-" o conjunto de monos, "que ponerle pañales a él y luego hay una cierta manipulación de estas esposas y cadenas en los pies, porque en primer lugar, los ponen y luego de que se supone que lo puso en un mono, por lo que entonces tienen que abrir y volver a cerrar alternativamente ellos ".
xii. el hombre se ha ahogado a sus oídos, a veces están obligados a llevar un par de "auriculares"
xiii. por último, una bolsa de tela se coloca sobre la cabeza del hombre, sin agujeros por los que al respirar o detectar la luz, sino que "poner una venda en los ojos en él y después de que una campana que al parecer va mucho más abajo en su cuerpo".
XIV. el hombre está obligado por lo general a bordo de un avión a la espera, donde puede ser "colocado en una camilla, con grilletes", o atada a un colchón o asiento, o "establecido en el piso del avión y que atarlo en una muy incómoda posición que le hace daño a que se mueva ".
xv. en algunos casos, el hombre está drogado y experimenta poco o nada de la versión de vuelo real, en otros casos, factores como el dolor de los grilletes o la negativa a tomar agua o ir al baño hacer el vuelo insoportable: "este fue el más duro momento de mi vida ".
xvi. en la mayoría de los casos, el hombre no tiene idea de a dónde va, ni el destino que le espera a la llegada.

86. Esta manera de tratar a los detenidos ha sido fuertemente criticado por los abogados de muchas de las personas sometidas a la interpretación. En su testimonio ante el Defensor del Pueblo sueco, Kjell Jonsson, el abogado sueco Mohamed Alzery, manifestó su preocupación de que las medidas adoptadas antes de la entrega fueron desproporcionados en relación con las necesidades de seguridad: "desde el punto Alzery de vista, habría sido perfectamente suficiente para pedirle a cooperar y que habría hecho que al igual que él siempre ha hecho antes ".



Ver Entrevista con el sueco Säpo intérprete, supra nota 65, en la página 13: ". Que no estaba desnuda, tenía su ropa interior en el, la parte superior del cuerpo desnuda y luego se tomó una foto fue"
  Ver Binyam Mohamed Al-Habashi, declaración hecha a su abogado en una entrevista en la Bahía de Guantánamo, que figura en las notas del abogado no clasificados de Clive A. Stafford Smith, de 1 de agosto de 2005 (documento en los archivos del Relator - en adelante "Binyam Mohamed declaraciones al abogado en Guantánamo "), en la página 19:". había una mujer blanca con gafas ... Uno de ellos tomó mi pene y ella tomó fotografías digitales "
  Ver El-Masri declaración a EE.UU. Tribunal de Justicia en Alejandría, 6 de abril de 2006, supra nota 71, en la página 9: "Me quitaron la venda de los ojos ... Tan pronto como se retiró, una linterna muy brillante se fue y me quedé ciego temporalmente.Creo que a partir de los sonidos que habían tomado fotografías de mí en todo. "
  Ver Entrevista Defensoría del Pueblo con el abogado sueco Jönsson, supra nota 70, en la página 6: "que lo inclina hacia adelante y que él puede sentir que algo está siendo empujado por su recto ... después de que se sentía más tranquilo y me sentí una relajación muscular en todo su cuerpo, pero estaba despierto, así que no estaba sedado ".
  Ver Entrevista con el abogado del Defensor del Pueblo Sueco Jönsson, supra nota 70, en la página 6.
  Ver El-Masri declaración a EE.UU. Tribunal de Justicia en Alejandría, 6 de abril de 2006, supra nota 71, en la página 9. Ver también referencia a "orejeras" en Al-Rawi declaración ante abogado, supra nota 67, en la página 31, y la referencia a "los auriculares" en Binyam Mohamed declaraciones al abogado de Guantánamo, en la página 5.
  Ver Entrevista con el abogado del Defensor del Pueblo Sueco Jönsson, supra nota 70, en la página 6.
  Véase Al-Rawi declaración ante abogado, supra nota 67, en la página 31.
  Ver Entrevista con el abogado del Defensor del Pueblo Sueco Jönsson, supra nota 70, en la página 6.
  Ver El-Masri declaración a EE.UU. Tribunal de Justicia en Alejandría, 6 de abril de 2006, supra nota 71, en la página 10: "Ellos pusieron algo sobre mi nariz. Creo que fue una especie de anaesthaesia. Se sentía como si el viaje duró unas cuatro horas, pero no recuerdo realmente. Yo estaba inconsciente, sobre todo durante la duración ".
  Véase Al-Rawi declaración ante abogado, supra nota 67, en la página 31.
  Para más detalles sobre los casos de Ahmed Agiza y Mohamed Alzery, por favor consulte el estudio de caso en la siguiente sección.
  Ver Entrevista con el abogado del Defensor del Pueblo Sueco Jönsson, supra nota 70, en la página 8.




87. Tal vez el aspecto más preocupante de esta práctica sistemática, sin embargo, es que parece ser la intención de humillar. Muchos relatos hablan de estas medidas que se adoptan a pesar de "resistencia fuerte", tanto física como verbal, por parte del detenido. La desnudez, obligó a encadenar 'como un animal "y se ven obligados a usar pañales parece ofensivo para las nociones de la dignidad en poder de los detenidos. En mi opinión, simplemente no es aceptable en el Consejo de Europa, los Estados miembros de los servicios de seguridad, ya sean europeos o extranjeros, para tratar a las personas de una manera que equivale a esa "humillación extrema".

2.7.2. Los efectos de la entrega extraordinaria y detención secreta de personas y las familias

88. En la elaboración de este informe, los miembros de mi equipo y yo hemos reunido directamente con varias víctimas de entregas extraordinarias y detenciones secretas, o con sus familias. Además, hemos obtenido el acceso a otras informaciones de primera mano de las víctimas que permanecen detenidos, en la forma de sus cartas o diarios, las notas no clasificados a partir de sus conversaciones con los abogados, y las cuentas oficiales de la visita de funcionarios de la embajada.

89. Las cuentas personales de este tipo de abusos de derechos humanos hablan de desmoralización total. Por supuesto, la desesperación es mayor en los casos en que persiste el abuso - en donde una persona permanece en detención secreta, sin conocer la base sobre la cual se encuentra recluido, y donde nadie, aparte de sus captores sabe de su paradero exacto o el bienestar. La incertidumbre que define las entregas extraordinarias y detenciones secretas es tortuoso, tanto para los detenidos y de las personas que están "desaparecidos".

90. Sin embargo, el calvario continúa mucho después de que un detenido se encuentra, o incluso puesto en libertad y pudo volver a casa. Las víctimas han contado cómo sufren de flashbacks y ataques de pánico, una incapacidad para conducir las relaciones normales y un permanente temor a la muerte. Las familias han sido destrozadas. A nivel personal, persisten profundas cicatrices psicológicas, y sobre una base diaria, el estigma y la sospecha parecen perseguir a nadie calificado como "sospechoso" en la "guerra contra el terror". En pocas palabras, los vínculos con la sociedad normal parece prácticamente imposible de restaurar.

91. Aplaudo la valentía extraordinaria y la resistencia de aquellos que han sido recluidas en secreto y posteriormente puesto en libertad, al igual que Khaled El-Masri y Maher Arar. Ambos hombres han hablado con elocuencia acerca de lo que nos mueve a relatar sus experiencias a pesar de la evidente dolor y el trauma de hacerlo. De estas palabras tenemos que sacar nuestra propia determinación para descubrir los abusos contra los secretos de la tela de araña y asegurar que nunca más se permitirá que se produzca. Desde el Sr. El-Masri, "todo lo que quiero es saber la verdad acerca de lo que me pasó a mí, y para que el Gobierno estadounidense disculpas por lo que hizo", del Sr. Arar, "el principal objetivo de hablar de mi tortura es evitar que el mismo tratamiento a suceder a otro ser humano ".



El detenido, que hizo esta declaración le pidió que permanecer en el anonimato.
   Las palabras "humillación extrema" se utilizan en la entrevista de la Defensoría del Pueblo con el abogado sueco Jönsson, supra nota 70, en la página 8. En El-Masri declaración a EE.UU.Tribunal de Justicia en Alejandría, 6 de abril de 2006, supra nota71, en ​​la página 9, habla de "degradante y vergonzoso" los actosque le dejaron sentirse "aterrorizada y humillada por completo".
   Ver Louise Arbour, Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Derechos Humanos: una víctima de laguerra contra el terrorismo; entrevista para Crónica Mundial de las Naciones Unidas N º 996, 7 de diciembre de 2005 (transcripción proporcionada por la Televisión de las Naciones Unidas, en los archivos del Rapporteer): "la detención secretabajo estas condiciones extremas es un trato inaceptable, tanto de la persona detenida y sin duda me sugieren los miembros de sus familias [de que], a todos los efectos, estas personas han desaparecido."
   Khaled El-Masri hizo esta declaración a mí durante nuestra reunión en Estrasburgo en abril de 2006.
   Maher Arar hizo esta declaración a mi representante en la reunión celebrada en Bruselas en marzo de 2006.



3. Ejemplos específicos de entregas documentadas

3,1. Khaled El-Masri

92. Hemos hablado de muchas horas con Khaled El-Masri, quien también declaró públicamente ante la Comisión Temporal del Parlamento Europeo, y nos encontramos creíble su relato de la detención en Macedonia y Afganistán desde hace casi cinco meses.

3.1.1. La cuenta individual del Sr. El-Masri

93. Un resumen de los sufrimientos sin precedentes sufrido por el Sr. El-Masri dice lo siguiente:

94. [A] e acuerdo con la declaración de los hechos presentados ante el Tribunal de Distrito de EE.UU., Khaled El-Masri, ciudadano alemán de origen libanés, viajó en autobús desde su casa cerca de Neu-Ulm, Alemania, en Skopje, Macedonia, en los últimos días de 2003. Después de pasar por varios pasos de frontera internacionales sin ningún incidente, el señor El-Masri fue detenido en la frontera entre Serbia y Macedonia, debido a supuestas irregularidades con su pasaporte. Fue interrogado por funcionarios de la frontera de Macedonia, y luego transportados a un hotel en Skopje. Con posterioridad a su puesta en libertad en mayo de 2004, el Sr. El-Masri fue capaz de identificar el hotel a partir de fotografías del sitio web como el Merak Skopski, y para identificar las fotos de la habitación donde se llevó a cabo y de un camarero que le servía la comida. En el transcurso de tres semanas, el señor El-Masri fue interrogado en varias ocasiones sobre supuestos contactos con extremistas islámicos, y se le negó cualquier contacto con la Embajada de Alemania, un abogado, o de su familia. Se le dijo que si le confesó a los miembros de Al-Qaeda, sería devuelto a Alemania. En el decimotercer día de encierro, el señor El-Masri inició una huelga de hambre, que continuó hasta su partida de Macedonia. Después de 23 días de detención, el señor El-Masri fue grabada en vídeo, con los ojos vendados, y se transporta en un vehículo a un aeropuerto.

95. Allí, fue golpeado, desnudado y arrojado al suelo. Un objeto duro se vio obligado por el ano. Cuando le quitaron la venda, vio a siete u ocho hombres, vestidos de negro y encapuchados. Fue colocado en un pañal y sudadera, con los ojos vendados, esposado, y se apresuró a un avión, donde fue encadenado spreadeagled al suelo. Fue inyectado con drogas y trasladado a Bagdad, y luego a Kabul, Afganistán, un itinerario que se ve confirmada por los registros de vuelo públicas. En algún momento antes de su partida, un sello de salida, se colocó en su pasaporte, lo que confirma que salió de Macedonia el 23 de enero de 2004.

96. A su llegada a Kabul, el señor El-Masri fue pateado y golpeado y abandonado en una celda inmunda. No iba a ser detenido por más de cuatro meses. Fue interrogado varias veces en árabe sobre sus supuestos vínculos con el 9/11 conspiradores Muhammed Atta y Ramzi bin al-Shibh y otros presuntos extremistas con sede en Alemania. Los funcionarios estadounidenses participaron en sus interrogatorios. Todas sus peticiones para reunirse con un representante del gobierno alemán se negó.

97. En marzo, el Sr. El-Masri y otros reclusos iniciaron una huelga de hambre. Después de casi cuatro semanas sin comida, el señor El-Masri fue llevado a reunirse con dos funcionarios estadounidenses. Uno de los estadounidenses confirmó la inocencia del Sr. El-Masri, pero insistió en que sólo los funcionarios en Washington, DC podría autorizar su liberación. Informes de los medios posteriores confirman que los altos funcionarios en Washington, entre ellos el director de la CIA Tenet, se informó a mucho antes de la liberación del Sr. El-Masri, de que los Estados Unidos ha detenido a un hombre inocente. El Sr. El-Masri, continuó su huelga de hambre. En la noche del 10 de abril, el Sr. El-Masri fue sacado de su habitación por hombres encapuchados y alimentados a la fuerza-a través de una sonda nasal.

98. En esta época, el señor El-Masri sentía lo que él cree que es un terremoto de menor importancia. Los registros geológicos confirmar que en febrero y abril, hubo dos sismos menores en las cercanías de Kabul.



Ver El-Masri declaración a EE.UU. Tribunal de Justicia enAlejandría, 6 de abril de 2006, supra nota 71.


99. El 16 de mayo, el Sr. El-Masri fue visitada por un representante de uniforme alemán que se identificó como "Sam". "Sam" se negó a decir si había sido enviado por el gobierno alemán, o si el gobierno sabía sobre el paradero del Sr. El-Masri. Con posterioridad a su puesta en libertad, el señor El-Masri, identificó "Sam" en una fotografía y una rueda de reconocimiento policial como Gerhard Lehmann, un oficial de inteligencia alemán.

100. El 28 de mayo de 2004, el señor El-Masri, acompañado por "Sam", fue trasladado en avión desde Kabul a un país en Europa que no sea Alemania. Él se colocó, con los ojos vendados, en un camión y llevado durante varias horas a través de terreno montañoso. Se le dio sus pertenencias y le dijo que caminar por un camino sin vuelta atrás. Poco después, se encontró con hombres armados que le dijeron que estaba en Albania y lo transportaron a la Madre Teresa aeropuerto de Tirana. Allí, estuvo acompañado por la aduana y los controles de inmigración y se coloca en un vuelo a Frankfurt.

101. A su regreso a Alemania, el Sr. El-Masri en contacto con un abogado y relató su historia. El abogado de inmediato informó de las acusaciones del Sr. El-Masri al gobierno alemán, lo que se inició una investigación formal por parte de agentes del Ministerio Público. De acuerdo con su investigación, los fiscales alemanes obtenido y analizado muestras de pelo del Sr. El-Masri, que resultó ser consistente con su cuenta de la detención en un país del sudeste asiático y la privación de alimentos durante un período prolongado. Esa investigación, así como una investigación parlamentaria alemana de las alegaciones del Sr. El-Masri, está en curso.

3.1.2. Elementos de la corroboración de la cuenta el Sr. El-Masri

102. Cuenta el señor El-Masri se ve confirmada por numerosas pruebas, algunas de las cuales aún no se puede hacer público porque han sido declaradas secretas, o porque están cubiertos por la confidencialidad de la marcha la investigación en la oficina de la fiscalía de Munich después de la reclamación del Sr. El-Masri de secuestro.

103. Los elementos que ya están en el dominio público se citan en la exposición antes mencionada presentó a la corte de Virginia en la que el señor El-Masri presentó su denuncia:

• Los sellos de pasaporte que confirma la entrada del Sr. El-Masri y salida de Macedonia, así como la salida de Albania, en las fechas en cuestión;
• Las pruebas científicas de los folículos pilosos el señor El-Masri, realizado con arreglo a una investigación penal alemán, que es consistente con la cuenta el señor El-Masri, de que pasó un tiempo en un país del sudeste asiático y fue privado de alimentos durante un período prolongado de tiempo;
• Otra evidencia física, incluyendo el pasaporte del Sr. El-Masri, las dos camisetas que fue dado por sus captores estadounidenses después de salir de Afganistán, su tarjeta de embarque desde Tirana a Frankfurt, y una serie de teclas que el señor El-Masri poseía durante su prueba, todos los cuales han sido entregados a los fiscales alemanes;
• La aviación registra lo que confirma que un jet de negocios de Boeing propiedad y está operado por los acusados
​​en este caso, a continuación, registrados por la FAA como N313P, despegó de Palma de Mallorca, España 23 de enero de 2004, aterrizó en el aeropuerto de Skopje a las 8:51 pm esa noche, y la izquierda Skopje más de tres horas más tarde, volando a Bagdad y luego a Kabul, la capital afgana;
• Los relatos de testigos de los demás pasajeros en el autobús desde Alemania a Macedonia, que confirman la cuenta el señor El-Masri, de su detención en la frontera;
• Fotografías del hotel en Skopje donde el señor El-Masri fue detenido durante 23 días, de los cuales el señor El-Masri ha identificado tanto en su ambiente real y un miembro del personal que le servían los alimentos;
• Los registros geológicos que confirman el recuerdo del Sr. El-Masri de terremotos menores durante su detención en Afganistán;

• La evidencia de la identidad de "Sam", a quien el señor El-Masri ha identificado positivamente a partir de fotografías y un policía de línea de arriba-, y quien según informes de medios de comunicación es una confirmación oficial de inteligencia alemán, con enlaces a los servicios de inteligencia extranjeros;
• Apuntes de que el señor El-Masri, señaló a la disposición de la prisión afgana, que eran inmediatamente reconocibles a otra víctima de entrega extraordinaria que fue detenido por los EE.UU. en Afganistán;
• Las fotografías tomadas inmediatamente después del regreso del Sr. El-Masri en Alemania que sean compatibles con su relato de la pérdida de peso y descuidado la preparación.

Numerosas solicitudes de información del gobierno, incluyendo la investigación de los fiscales alemanes, una investigación del Parlamento alemán, y varias consultas intergubernamentales de derechos humanos, es casi seguro que producir evidencia adicional que corrobore.



La información en cuestión aparece en el informe del Gobierno Federal de Alemania a la comisión parlamentaria el seguimiento de los servicios secretos (PKG), tuve la oportunidad de obtener del presidente de dicha comisión un "público" versionOF el informe, que no contiene detalles de persona casos, mientras queuna versión clasificada como "confidencial - para uso oficialsolamente" me fue entregado por un periodista. Esta informaciónme ha permitido formar un juicio sobre la credibilidad de la versión del Sr. El-Masri, pero he optado por preservar la confidencialidad de ese informe, aunque, para ser franco, creo que el público debe tener acceso a este tipo de información. Que yo sepa, no existe una versión aún más completa clasificado como "secreto", que se negó a obtener por respeto a los procedimientos parlamentarios alemanes.
  
 Ver El-Masri declaración a EE.UU. Tribunal de Justicia enAlejandría, 6 de abril de 2006, supra nota 71.

3.1.3. El papel de "la ex República Yugoslava de Macedonia"

104. El papel de "la ex República Yugoslava de Macedonia" en la entrega de Khaled El-Masri, aún no se entienden completamente. La información recopilada en el sitio por un miembro de mi equipo parece mostrar una cierta ambigüedad en la posición de Macedonia. En efecto, el Gobierno de Macedonia ha adoptado una "línea oficial" de la negación completa, que se repite de un modo rígido y estereotipado.

105. Estoy en deuda con la delegación del Parlamento Europeo para preparar y administrar un excelente programa de reuniones con los representantes del más alto nivel del Gobierno de Macedonia y el Parlamento. Comparto muchas de las reflexiones de mis colegas del Parlamento Europeo en su revisión de estas reuniones no menos importante, la sensación de malestar que en muchas áreas a las autoridades macedonias no llegó a una verdadera transparencia.

3.1.3.1. La posición de las autoridades

106. La "línea oficial" del Gobierno de Macedonia fue contenida por primera vez en una carta del Ministro del Interior, Ljubomir Mihajlovski, al Embajador de la Comisión Europea, Erwan FOUÉRÉ, de fecha 27 de diciembre de 2005. En su forma más simple, que contiene básicamente cuatro elementos de información ", según registros de la policía": en primer lugar, el señor El-Masri llegó en autobús a la frontera con Macedonia en el cruce de Tabanovce 16:00 el 31 de diciembre de 2003; en segundo lugar, fue entrevistado por "autorizada funcionarios de la policía ", que sospechaba que" la posesión de un documento de viaje falsificados ", en tercer lugar, de aproximadamente cinco horas más tarde, el señor El-Masri" se le permitió la entrada "a Macedonia, al parecer libremente, y cuarto, el 23 de enero de 2004, salió de Macedonia sobre el cruce de fronteras de Blace en Kosovo.

107. Sr. Mihajlovski reiteró exactamente la posición del Gobierno mismo, en respuesta a una pregunta parlamentaria en la Sobranie el 26 de enero de 2006. Él citó "pruebas oficial del Ministerio del Interior" y pasó a describir las acusaciones como "especulativo y sin fundamento".

108. El Presidente de la República, Branko Crvenkovski, se establece una postura firme en la primera reunión con la delegación del Parlamento Europeo, proporcionando un fuerte desincentivo para cualquier funcionario que haya querido romper filas expresando un punto de vista independiente: "Hasta este momento , me gustaría asegurar que yo no he encontrado ninguna razón para no creer que la posición oficial de nuestro Ministerio del Interior. No tengo comentarios adicionales o hechos, desde cualquier lado, para convencerme de que lo que se ha establecido en el informe oficial de nuestro Ministerio no es la verdad. "


El programa de las reuniones se llevó a cabo entre el 27 y el 29de abril de 2006.
  
 El Presidente Branko Crvnekovski dijo en su discurso de apertura el 27 de abril: "Macedonia es completamente determinado y abierto para la cooperación con usted. Lo que quiero repetir es que estamos completamente preparados para establecer la verdad ... Nuestra tarea común consiste enaveriguar la verdad y no para responder a la opinión pública actual o la posición de los medios de comunicación "; SiljanAvramovski, el ex Jefe de la UBK, contra-inteligencia de Macedonia de servicio señalado el 28 de abril: "Vamos a ofrecerla máxima transparencia y apertura en los debates". Estos eranbastante típico de los sentimientos expresados ​​por todos los funcionarios que se reunieron con la delegación.
  
 Sr. Slobodan Casule, un prominente político de la oposición que se reunió con la delegación europea el 27 de abril de 2006,planteó la pregunta. Dijo que pidió aclaraciones sobre el caso de El Masri, porque cree que "estas cuestiones deben ser abiertas y cerradas en el Parlamento".


109. El viernes 28 de abril, la posición oficial fue presentado con mucho mayor detalle en una reunión con Siljan Avramovski, que era el jefe de la UBK, principal servicio de inteligencia de Macedonia, en el momento del caso El-Masri. Avramovski declaró que la de UBK 'Departamento para el Control y Normas Profesionales ha llevado a cabo una investigación sobre el caso y rastreó los registros oficiales de todos los contactos del Sr. El-Masri con las autoridades de Macedonia. Los detalles expuestos por el Sr. Avramovski se resumen como sigue:

El Sr. El-Masri llegó a la frontera de Macedonia el 31 de diciembre de 2003, víspera de Año Nuevo. El Ministerio del Interior ha intensificado la seguridad para el período festivo y estaba operando un estado más elevado de alerta en torno a la posible actividad criminal. En línea con estas actividades más intensas, los pasajeros de autobuses estaban siendo sometidos a un control de seguridad completa, que incluya un examen de sus documentos de identidad.

Al examinar el pasaporte el señor El-Masri, la policía de fronteras de Macedonia desarrollado ciertas sospechas y decidieron "retenerlo". Para no hacer esperar a los otros pasajeros en la frontera, el autobús fue en este punto le permite continuar su viaje.

El objetivo de la explotación del Sr. El-Masri fue llevar a cabo una entrevista con él, que (según Avramovski) se llevó a cabo de acuerdo con todas las normas europeas aplicables. Los miembros de la UBK, el servicio de seguridad y contraespionaje, están presentes en todos los puntos fronterizos en Macedonia como parte de lo que se describe como "Gestión integrada de las fronteras y la seguridad". UBK funcionarios participaron en la entrevista del Sr. El-Masri.

Los funcionarios le preguntó sobre las razones del Sr. El-Masri para viajar al país, donde la intención de quedarse y si llevaba la suficiente cantidad de dinero. Avramovski explicó: "Creo que se trataba de todas las preguntas estándar que se plantean en el contexto de un procedimiento de rutina - Yo no creo que sea necesario entrar en más detalles".

Al mismo tiempo, los funcionarios macedonios llevó a cabo un examen preliminar visual de los documentos de viaje el señor El-Masri. Se sospecha que el pasaporte pueda ser falsificado o forjado - señalando en particular que el señor El-Masri nació en Kuwait, sin embargo, afirma que poseen la nacionalidad alemana.

Un control de pasaportes más se llevó a cabo contra una base de datos de Interpol. El punto de frontera en Tabanovce no está vinculado a la red de Interpol, por lo que la información debía ser transmitida a Skopje, donde una solicitud electrónica se hizo a la base de datos central de Interpol en Lyon. Un funcionario de UBK en la analítica del Departamento al parecer, hizo esta solicitud mediante un código electrónico, por lo que las autoridades macedonias puede producir ningún registro de ella. El Sr. El-Masri se hizo esperar en el punto de la frontera, mientras que la búsqueda de la Interpol se llevó a cabo.

Cuando se estableció que no existía orden de la Interpol contra el señor El-Masri, y no hay otros motivos en los que para retenerlo, fue puesto en libertad. Entonces salió del punto de frontera en Tabanovce, aunque los funcionarios macedonios no fueron capaces de describir cómo. Preguntado directamente sobre este punto en una reunión por separado, el ministro del Interior, el Sr. Mihajlovski dijo: "no somos capaces de decir exactamente lo que pasó con él después de que fue puesto en libertad porque no es de nuestro interés, después de que la persona sale de la el cruce de fronteras, ya no estamos en condiciones de conocer la forma en que viajaron más lejos ".



El Ministerio del Interior estableció posteriormente, de acuerdo con Avramovski, que el señor El-Masri había hospedamos en un hotel en Skopje llamado "Skopski Merak". El Sr. El-Masri se dice que se hayan registrado en la tarde del 31 de diciembre de 2003 y registrada en el Libro de Visitas. Permaneció durante 23 noches, incluyendo desayuno diario, y el check out el 23 de enero de 2004.

El entonces Ministerio llevó a cabo un control más de todos los cruces fronterizos y descubrió que en el mismo día, 23 de enero de 2004, por la tarde, el señor El-Masri abandonado el territorio de Macedonia en el cruce fronterizo de Blace, en el territorio de Kosovo. Cuando se le preguntó si el señor El-Masri había recibido un sello para indicar su salida por este medio, Avramovski respondió: "Normalmente no debería ser un sello en el pasaporte al cruzar la frontera de Macedonia, pero no puedo estar seguro. La UNMIK también está presente en la frontera de Kosovo y está a cargo del protocolo de ese lado ... Mi colega UBK me acaba de informar que ha cruzado la frontera en Blace dos veces en los últimos tiempos y no ha recibido un sello en cada ocasión. "

Avramovski concluyó su resumen con las palabras: "Esta es la verdad del caso que ha sido explotado por los medios de comunicación - el llamado de El-Masri caso".



El Programa de las Reuniones SE LLEVO un Cabo Entre El 27 y El 29 de Abril de 2006.
   
 El Presidente Branko Crvnekovski DIJO En Su Discurso deapertura El 27 de Abril: "Macedonia es Completamente abierto ydeterminado Para La Cooperación Sex Sexo Race Lo QueQuiero es Que Repetir ESTAMOS Completamente Preparadospárrafo establecer La Verdad ... Nuestra Tarea Común consisteen averiguar. la Verdad y no hay respuesta para a la Opinión Pública real o la posicion de los Medios de Comunicación ";Siljan Avramovski, El ex Jefe de la UBK, Contra-Inteligencia deMacedonia de Servicio señalado El 28 de Abril:" Vamos aofrecer la Máxima Transparencia Y Apertura En Los debates ".Estós Eran Bastante típico de los Sentimientos expresados ​​PorTodos Los Funcionários Que se reunieron Con La Delegación.
   
 Sr. Slobodan Casule, sin prominente Político de la OposiciónQue se reunio Con La Delegación Europea El 27 de Abril de2006, planteó la Question. DIJO Que pidio aclaraciones Sobre elCaso de El Masri, PORQUE Cree que »ESTAS Cuestionesabiertas Debén servicios y cerradas en El parlamento".

110. En otra reunión inmediatamente después de conferencia de Avramovski, el Ministro Mihajlovski conservó la posición y añadió más detalles muy pocos. Ambos funcionarios estaban dispuestos a hablar sobre el caso como si fuera una cuestión de rutina, los cuales sólo uno llegó a su atención, cuando se informó en la prensa local e internacional. Se refirieron repetidamente a los medios de comunicación "prejuicio" y la "presión" contra Macedonia. Mihajlovski incluso insinuó que había una teoría de la conspiración en el juego, diseñado para desacreditar al país: "¿Quién está realmente detrás de todo esto? Este caso se está haciendo tanto daño al país. Si usted puede conseguir una razón por qué está sucediendo, por favor envíenos un mensaje, nos dicen ".

111. Parece claro que el público de Macedonia ha dado resultado negativo en el caso El-Masri. La mayoría de los macedonios sienten agraviados de que su país se le ha dado tan mala prensa y se asocia con lo que se retrata a menudo como una operación de manipulación. Muchos consideran la internacional de interés medios de comunicación como un intento apenas velado para desacreditar a Macedonia las perspectivas de la integración europea. En realidad, parece que el Gobierno de Macedonia es en sí mismo responsable de esta situación. Más transparencia y un mayor grado de preparación para realmente buscar la verdad, en lugar de encerrarse en un pre plan establecido, dogmática, ciertamente habría evitado muchas críticas y sospechas.


3.1.3.2. Otros elementos

112. Línea oficial del Gobierno se basa en lo que el señor Avramovski llama "una reconstrucción después de los hechos, sobre la base de información que establece a través de los documentos y discusiones", entre otras cosas, "los empleados del hotel". No hay duda en mi mente que el Ministerio del Interior ha elaborado una reconstrucción muy exhaustiva del caso, simplemente no se precisa. Igualmente acepto que el Ministerio ha llevado a cabo "discusiones" con los testigos, incluidos los empleados del hotel, pero yo considero esto como los esfuerzos para armonizar la línea oficial, no para establecer la verdad.

113. Se podría, con la aplicación suficiente, empiezan a desentrañar las discrepancias en la línea oficial. Por ejemplo, el Ministerio del Interior declaró que "el dueño del hotel deben tener el registro de la cuenta el señor El-Masri", mientras que el dueño del hotel respondió a varias preguntas, por teléfono y en persona, diciendo que el expediente había sido entregado a el Ministerio del Interior.

114. Contactos hemos sido capaces de hacer con fuentes cercanas a la administración y los servicios de inteligencia nos han permitido obtener información mucho más creíble, con el fin de entender mejor lo que realmente sucedió. Tenemos por consiguiente, pueden presentar un análisis más coherente de este caso. Por razones obvias, las fuentes de contacto a nivel local desea permanecer anónimo, por lo menos por el momento.

115. Imagen pública del Gobierno parece a primera vista, perfectamente plausible. Sin embargo, deja de ser creíble cuando afirma que El-Masri fue autorizado a proseguir libremente de Tabanovce en la tarde del 31 de diciembre de 2003. En realidad, esa noche marcó el comienzo de su calvario de cinco meses en detención secreta ordenada por la CIA.

116. Lo que no se dijo en la versión oficial es el hecho de que el macedonio UBK consulta rutinariamente con la CIA sobre estas cuestiones (que, en cierto nivel, es bastante comprensible y lógico). De acuerdo a la información confidencial que hemos recibido (del que no sabemos la fuente), una descripción completa del Sr. El-Masri fue transmitida a la CIA a través de su Jefe de la Oficina en Skopje para un análisis similar a la que dice Avramovski se llevó a cabo por la Interpol: si el persona desprotegido tenía contactos con los movimientos terroristas, en particular Al Qaeda. Con base en el material de inteligencia acerca de Khaled El-Masri en su poder - el contenido de lo que no es conocido por nosotros - la CIA respondió en forma afirmativa. El UBK, ya que la organización local, se solicitó para ayudar a asegurar y detener a El-Masri, hasta que se entregó a la CIA para el traslado.

117. El UBK tiene una excelente reputación por su profesionalismo. Es bien practicado en el ejercicio de la vigilancia de las operaciones de detención clandestina y, después de haber explotado su propia red de los apartamentos de los secretos durante décadas. La información obtenida de las fuentes internas indican que la UBK es igualmente experto en trabajar en nombre de la CIA. - Que incluso se enteró de una operación anterior de colaboración entre estos servicios en el pasado, dirigida a detener a presuntos terroristas islámicos. En el caso de El Masri, de acuerdo a nuestro entender, esta cooperación fue particularmente eficaz y los servicios de Macedonia cumplió con las expectativas de la CIA.



El Comité Macedonio de Helsinki para los Derechos Humanos ha investigado las cuestiones de la detención secreta y produjo una serie de informes creíbles (cuyas copias obran en poder de la Relatora). En muchos casos, las personas se llevan a cabo en departamentos secretos para conseguir que "fuera del sistema"por un período indefinido de tiempo, para el UBK para interrogar y obtener confesiones. Más aún, en el famoso "Rastanski Lozja"caso de marzo de 2002, la policía macedonia se dice que hanmuerto a tiros "a siete miembros de un grupo terrorista" en lo que parecía un acto de exection resumen. El Comité de Helsinki, escribió en su Informe Anual de 2002: "el mayor número deviolaciónes de derechos humanos fue perpetrado por agentes de las unidades especiales del Ministerio del Interior".

118. La elección del hotel Skopski Merak como un sitio de detención órdenes de comentario. Las autoridades macedonias han negado categóricamente que este hotel podría haber servido como un lugar de detención, teniendo en cuenta esa posibilidad como ridícula. Avramovski dijo que podía "absolutamente" descartar la posibilidad de que el señor El-Masri se celebren en ella:

"Mira, puedo afirmar esto muy específicamente y de manera decisiva. El 31 de diciembre es la víspera de Año Nuevo - ese período es una fiesta, siempre hay una gran cantidad de invitados, muchos de ellos turistas, en el hotel para celebrar el Año Nuevo.

No hay ni siquiera una posibilidad teórica [risas] que una persona puede ser detenida en un hotel abierto, donde hay un flujo constante de gente yendo y viniendo. Había muchos invitados allí en ese momento, incluidos los ciudadanos extranjeros - es un conocido, un hotel abierto con una buena reputación en esta ciudad "!

De hecho, un lugar muy concurrido con las características de este hotel se presta muy bien a una operación clandestina, teniendo en cuenta que una habitación en el piso de espaldas a la calle fue utilizada.

119. Aunque la operación fue impulsada y dirigida por agentes de la CIA, los estadounidenses mantienen un perfil muy bajo durante toda la operación en Macedonia. La CIA transmitió al UBK las preguntas para el sospechoso, sin tomar parte en el interrogatorio.

120. Varios de nuestros entrevistados nos dijo - con distintos grados de conocimiento - que la inteligencia alemana fue informada sobre el hecho de que el señor El-Masri fue detenido macedonia en los días inmediatamente posteriores a la detención, pero no sobre los detalles operativos. Material de inteligencia de Alemania fue agregado al expediente del que se hicieron preguntas más tarde, tanto en Macedonia y en Afganistán, por los interrogadores de diversas nacionalidades.

121. Según nuestras fuentes internas en la comunidad de inteligencia, a quien se considera seria y bien informada, unos 20 funcionarios participaron en general en el lado macedonio, incluyendo "cuatro o cinco" personas políticamente responsables en el Gobierno. Tres equipos de tres agentes de la gira en la tarea de vigilancia y supervisión. Los técnicos y analistas ayudó a compilar el registro de la operación, que era un registro continuo en lugar de un informe acumulativo por escrito. Un comandante de operaciones y un suplente calcular las referencias de los agentes macedonios y tomó la responsabilidad de informar a sus enlaces en la CIA.

122. El período durante el cual los macedonios a cabo el señor El-Masri antes de su entrega - 23 días - era anormalmente largo para cualquier operación que implique la CIA. Los organismos asociados y los funcionarios de la CIA por igual prefieren mantener el tiempo transcurrido entre la detención inicial y el traslado a un centro de detención de la CIA lo más corto posible.

123. El retraso en este caso parece haber sido causado por razones logísticas, en particular en relación a la disponibilidad de una aeronave. Un vuelo en una ruta inusual, de Skopje en el Medio Oriente, tuvo que ser incorporado a un programa existente para ese mes, lo que, según se ha explicado en la descripción del circuito de entregas descubierta recientemente, incluye las transferencias de otros detenidos.


Véase, por ejemplo, Michael Scheuer, ex jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el Terrorismo del Centro, entrevista realizada por el representante del Relator Especial, supra nota 19.

124. De acuerdo con otros relatos de testigos oculares de las personas en el sector de la aviación civil, que se describe la presencia y los movimientos del avión de entrega sospechoso en el aeropuerto de Skopje por la noche, el avión se cree que ha tomado el señor El-Masri a bordo no siguió los procedimientos regulares. La forma en que el avión registrado en el personal de tierra y pagado los honorarios de su 'tarifa de ruta' fue muy inusual - como el Ministerio del Interior confirmó a sí mismo, sin pasajeros, incluso a la izquierda del plano para entrar en el edificio de la terminal y así cruzar oficialmente en territorio macedonio. En cambio, el avión se deslizaba en su posición en el extremo de la pista, más de un kilómetro de la terminal. Un detalle de armado de la policía de seguridad de Macedonia forman un mirador cercano, bajo instrucciones estrictas para hacer frente lejos del propio avión. Consultado sobre si esa medida era convencional para las aeronaves extranjeras, el ministro del Interior Mihajlovski respondió: "No, no. No, en absoluto. El avión no es un territorio de Macedonia, y si España nos envía un avión, es el territorio de España. Si hay una bomba a bordo que deben entrar, pero lo contrario es como un barco, un territorio diplomático ".

125. Todos estos elementos de hecho indican que la CIA llevó a cabo una "entrega" de Khaled El-Masri. El avión en cuestión había terminado de transferir a otro detenido tan sólo dos días antes y que el avión estaba todavía en el "circuito de entregas de los mismos». El avión y su tripulación se había pasado el período de transición en Palma de Mallorca, un popular punto de la CIA puesta en escena. La degradación física y moral a la que el señor El-Masri fue sometido antes de ser forzado a bordo del avión en Macedonia se corresponde con la "metodología de interpretación 'de la CIA sistemática descrita anteriormente en este informe. El destino del vuelo que llevaba el señor El-Masri, Kabul, constituye un centro de detenciones secretas de la CIA en la representación gráfica de la "tela de araña".

126. Todo indica que las autoridades macedonias han decidido a negar su participación en el secuestro de El Masri, admitiendo sólo lo que ya ha sido claramente demostrado, y tratando de ocultar el resto. Es lamentable que la voluntad hace falta para llevar a cabo una investigación verdadera y que el Parlamento no ha demostrado la iniciativa de abordar el tema (como el Bundestag alemán ha hecho en el mismo caso). A esto hay que añadir las nuevas acusaciones del Comité Macedonio de Helsinki para los Derechos Humanos. De acuerdo con los informes elaborados por esta ONG, los sospechosos eran y siguen siendo interrogados y, a veces encarcelado y maltratado durante varios días, en las afueras de la detención normal y sistema de custodia, específicamente en las de los apartamentos de los que habían sido utilizados por el régimen anterior.

127. Vale la pena repetir que el análisis de todos los hechos relacionados con esto da testimonio de caso en favor de la credibilidad de El-Masri. Todo apunta en la dirección que él era la víctima de secuestro y malos tratos equivalentes a torturas, en el sentido dado por la jurisprudencia del Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura. Además, numerosos indicios apoyan la conclusión de que los servicios alemanes participaron en una manera que todavía queda por establecer con precisión (sin excluir el hecho de que los mismos servicios que se encontraban en el extremo decisivo en la liberación de El-Masri, este último me dijo que él consideraba " Sam como su ángel de la guarda, una especie de "seguro de vida ').


Mi representante, quien viajó a Macedonia fue capaz de ver los antiguos apartamentos "secretos", que ahora están supervisados ​​de cerca por las organizaciones no gubernamentales que defienden los derechos humanos.
  
 En una reciente desarrollo, el BND se vio obligado a admitir que uno de sus agentes había oído hablar sobre la detención de El Masri a manos de los servicios de Macedonia y su entrega a los estadounidenses tan pronto como en enero de 2004 en una cantina de la función pública en el Skopje (véase Spiegel-Online, de 31 de mayo y 1 de junio de 2006). El ministro alemán del Interior trató de minimizar la importancia de esta revelaciónllamándolo un desglose de la mera comunicación, como los niveles más altos de la BND no había sido informado. Sin embargo, es interesante observar que la veracidad del contenido de esta conversación nunca fue puesta en duda.

128. La información detallada con la que El-Masri fue confrontado durante sus interrogatorios en Skopje y en Afganistán, incluidos los detalles de su vida privada en Neu-Ulm. Es difícil imaginar que esa información podría haber sido obtenida por los servicios de extranjeros sin la ayuda de sus homólogos alemanes. Por ejemplo, los interrogadores en Afganistán sabían que El-Masri había conocido a un determinado Seyam Reda en el Multikulturhaus y había acordado para conseguir un coche que Seyam acababa de comprar con su ayuda, registrada a nombre de la esposa de El-Masri, con el fin de ahorrar en el costo del seguro. El-Masri, me aseguró que había compartido esta información sólo con Seyam y su esposa. Además, los mismos interrogadores lo enfrentó con los datos bancarios de las transferencias de dinero entre su banco en Neu-Ulm y una cuenta en Noruega. Dichos datos bancarios no son normalmente accesibles a los servicios extranjeros.






vii. el hombre tiene toda la ropa (incluyendo ropa interior) cortados de su cuerpo con cuchillos o tijeras de manera cuidadosa, metódica, un testigo ocular describió como "alguien que estaba tomando esta ropa y sentir cada parte, ya sabes, como si no hubiera algo dentro de la ropa, y luego ponerlos en una bolsa ".

VIII. el hombre está sometido a un registro de las cavidades de cuerpo entero, lo que también implica un examen minucioso de su cabello, orejas, boca y labios.
IX. el hombre se fotografía con una cámara flash, incluyendo cuando está casi o totalmente desnudo, y en algunos casos, venda el hombre puede ser retirado con el propósito de una fotografía en la que su cara también es identificable.
x. algunos relatos hablan de un objeto extraño que se insertó a la fuerza en el ano del hombre, algunas cuentas de hablar más específicamente de un tranquilizante o un supositorio que se administra por vía rectal - en la descripción de esta práctica ha sido percibida como un acto que infringían que ofende a la dignidad del hombre.
XI. el hombre se vistió con una almohadilla de pañal o la incontinencia y una holgada "traje de salto-" o conjunto de monos, "que ponerle pañales a él y luego hay una cierta manipulación de estas esposas y cadenas en los pies, porque en primer lugar, los ponen y luego de que se supone que lo puso en un mono, por lo que entonces tienen que abrir y volver a cerrar alternativamente ellos ".
xii. el hombre se ha ahogado a sus oídos, a veces están obligados a llevar un par de "auriculares"
xiii. por último, una bolsa de tela se coloca sobre la cabeza del hombre, sin agujeros por los que al respirar o detectar la luz, sino que "poner una venda en los ojos en él y después de que una campana que al parecer va mucho más abajo en su cuerpo".

129. En mi opinión, este conocimiento detallado del Sr. El-Masri-es real - la vida también se descarta la teoría de que el señor El-Masri fue víctima de la mera identidad equivocada, que se confunde con una persona de la misma (o similar) nombre, cuyo nombre apareció en el informe de América del Congreso sobre los ataques de 9 de septiembre como haber viajado en tren en Alemania, junto con los miembros de la "célula de Hamburgo" de los terroristas del 11 de septiembre, entre ellos uno de los pilotos asesinos, Mohamed Atta.

130. En cuanto a la identidad de "Sam", que llegó e interrogó el señor El-Masri en Afganistán y lo acompañó de vuelta en el vuelo de regreso a Europa, hablar en alemán con un énfasis del Norte, el señor El-Masri, sigue convencido de que este es el Sr. Lehmann, una agente de la BKA alemana. Él le había identificado con '100% 'certeza en las fotografías y un vídeo, y con '90%' certeza en una rueda de reconocimiento policial sorpresa el 22 de febrero de 2006.


Según una fuente alemana, el Sr. Seyam, un ciudadano alemán de origen indonesio, había regresado de una manera increíble de una estancia en ese país. Había sido detenidos por las autoridades indonesias que le sospechosas de haber participado en el atentado de Bali. Él había sido puesto en libertad por falta de pruebas, y llevado de vuelta a Alemania por los agentes alemanes, que habían sido enviados con el fin de evitar que el señor Seyam se "entregó" a los estadounidenses, que eran al parecer ya la espera. Sr. Seyam luego supuestamente fue a Neu-Ulm, a instancias de sus "salvadores" alemanes, que le recomendó que vaya a la Multikulturhaus. Este último, según la fuente, se encontraba bajo observación por parte tanto de los servicios de Baden-Württemberg (que había "plantado" un informante que en la persona del Dr. Yousif, un predicador islámico en el centro y un viejo conocido del Sr. Seyam) y los de la vecina Baviera, que - sin saber que estaba trabajando para Yousif Baden-Württemberg - lo consideraba un "predicador del odio". Fue en este centro cultural islámico frecuentado por el Sr. El-Masri, que este último llegó a conocer el Sr. Seyam (contra la que una investigación judicial también se ha abierto en Alemania, y cerró poco después por falta de pruebas). Los dos hombres, ambos en busca de vivienda para sus familias numerosas, se convirtieron en amigos.
  De acuerdo con el señor El Hasri, se trataba de transferencias de dinero en relación con los clientes de Noruega en relación con su actividad de venta de coches.
  Este parece ser el argumento de que el gobierno alemán, en el contexto de las conversaciones entre la Canciller Federal Angela Merkel, y el Secretario de Estado americana, Condoleezza Rice (ver el enlace para el registro de la conferencia de prensa conjunta de Merkel y Rice la señora, el 6 de diciembre de 2005 [http://www.state.gov/secretary/rm/2005/57672; htm] la señora Merkel confirmó que había hablado con la señora Rice sobre el caso El-Masri y dijo que el gobierno estadounidense, la administración estadounidense. , había admitido que el hombre había sido tomado por error y que la administración estadounidense no negó, en principio, que esto había ocurrido).
  Página 165.
  El Sr. El-Masri declaró en nuestras conversaciones con él, que ni siquiera había sido interrogado acerca de este viaje en tren se menciona en el informe el 11 de septiembre. En su declaración escrita a la corte de Virginia (Declaración de Khaled El-Masri en apoyo de la oposición del demandante al movimiento de los Estados Unidos para despedir [...] de fecha 6 de abril de 2006, p. 13), dijo que fue interrogado en Afganistán también acerca de su presunta vinculación con los terroristas importantes, como Mohamed Atta, Ramzi bin al-Shibh y otros extremistas presuntamente con sede en Alemania.
  Para sorpresa de El-Masri y su abogado, el Sr. Gnjidic, la oficina del fiscal de inmediato anunció a la prensa que la identificación de "Sam" había fracasado. Posteriormente, la revista "Stern" desenterró un agente de la CIA de origen alemán, Thomas V., quien habló en alemán con el "del norte de Alemania" acento detectado en "Sam" por El-Masri, que había sido publicado en el año 2000 a los Estados Unidos Consulado General en Hamburgo y que podría ser "Sam". El fiscal de Múnich encargado del caso, el señor Hofmann, ahora descarta la posibilidad de "Sam" es la misma persona que el agente federal de Lehmann, creyendo que ya está casi totalmente establecido que estuvo presente en la oficina Bundeskriminalamt en Berlín a lo largo de mayo de 2004. Pero el señor El-Masri y su abogado alemán Gnjidic convencido de que "Sam" es de hecho Lehmann, y que el camino Thomas V. estaba destinado principalmente a exonerar a los servicios alemanes.



131. El Sr. El-Masri, también ha sido víctima de una campaña difamatoria. El servicio de prensa del Ministerio de Baden-Württemberg del Interior había indicado que El-Masri fue miembro de "Al tawid", lo que implica "Al tawid al-Jihad", un grupo perteneciente a Al Qaeda y encabezado por Abu Musab al-Zarkaui. Según el Sr. Gnjidic, la confusión fue deliberada: El-Masri era la de un militante anti-sirio de las partes (un partido nacionalista de izquierda que también incluye elementos islamistas) llamado "Al tawid", fundada en 1982 y terminó en 1985 después de la la invasión de Siria. Mientras que algunos miembros fueron capturados por los sirios, El-Masri, huyó y pidió asilo político en Alemania, precisamente por esa razón. Ese grupo supuestamente no tenía absolutamente nada en común (excepto la parte del nombre, que significa "dios todopoderoso") con el grupo terrorista encabezado por al-Zarkaui. El Sr. El-Masri se enfrentó de nuevo con esta confusión en la audiencia por la Comisión Temporal del Parlamento Europeo, donde al menos un EP adjunto le pidió que lo que otros grupos terroristas que él pertenecía. Como el señor El-Masri estaba todavía en un estado psicológico frágil, me resulta particularmente odioso que él también fue objeto de un artículo, con una fotografía, en la prensa local una vez más, insinuando sus vínculos con los círculos terroristas sin prueba alguna. Él nos dijo que ahora casi no se atreve a salir de su casa.

132. El caso de Khaled El-Masri es ejemplar. Algunos de los aspectos aún requieren mayor investigación y es por eso que las investigaciones están en curso en la Comisión del Bundestag de investigación y por los fiscales de Munich. La historia de El-Masri es la dramática historia de una persona que es evidentemente inocente - o al menos contra los que ni la más mínima acusación jamás podría hacerse - que ha pasado por una verdadera pesadilla en la "tela de araña" de la CIA, por el mero hecho de supone una amistad con una persona sospechosa en algún momento en el tiempo para mantener contactos con grupos terroristas. El-Masri está a la espera de que la verdad sea establecida, y una excusa. Su aplicación a un tribunal de los Estados Unidos ha sido rechazada, al menos en primera instancia, no porque le parecía infundada, sino porque el Gobierno llevó a dar la llamada "seguridad nacional" y los intereses de "secreto de Estado '. Esto habla por sí mismo.

3,2. "El seis argelinos"

133. Seis bosnios de origen argelino - cuatro ciudadanos bosnios y dos residentes de larga data fueron arrestados en octubre de 2001 por orden de la Corte Suprema de Justicia de la Federación de Bosnia y Herzegovina y en prisión preventiva. Se sospecha que los ataques planeados con bombas contra las embajadas estadounidense y británica.

134. La investigación, entre octubre de 2001 y enero de 2002, no reveló ninguna evidencia que vincule a estos hombres a un complot terrorista. El 17 de enero de 2002, la oficina del fiscal federal informó a la juez de instrucción en el Tribunal Supremo que no tenía ninguna razón para mantener a los hombres bajo custodia por más tiempo. Ese mismo día, alrededor de las 3pm el juez de instrucción ordenó la liberación inmediata de los seis hombres.

135. Una vez más el mismo día, a eso de las 5pm, la Cámara de Derechos Humanos de Bosnia y Herzegovina emitió una orden provisional, tras una solicitud presentada por cuatro de los hombres. La orden, que tenía fuerza de ley en Bosnia según los acuerdos de paz de Dayton, se requiere al Gobierno de Bosnia y Herzegovina a adoptar todas las medidas necesarias para evitar que los solicitantes de su expulsión de Bosnia y Herzegovina.

Ver Neu Ulmer Zeitug, Islamisten zieht es nach Ulm,Multi-Kultur-Treffen sich jetzt Leute im Donautal - Welche Rollespielt Khaled El-Masri? 15 de marzo de 2006.
  
 Mustafa Ait Idir, Boudella Hadz, Lakhdar Boumediene, SaberLahmar y Mohammed Belkacem Bensayah y Nechle
  
 cf. Boudella, Boumediene, Nechle Lahmar y contra Bosnia y Herzegovina y la Federación de Bosnia y Herzegovina, la Cámara de Derechos Humanos para Bosnia y Herzegovina,casos núms. CH/02/8679, CH/02/8690, CH/O2/8691, Orden de Medidas Provisionales y en la Organización de las labores, 17 de enero de 2001.

136. Sin embargo, en la tarde del 17 de enero de 2002, los seis hombres fueron detenidos por agentes de la policía de Bosnia, y entregados a miembros de las fuerzas militares de Estados Unidos estacionadas en Bosnia y Herzegovina en la mañana del 18 de enero. Esto se registra como un hecho establecido en una sentencia de la Cámara de Derechos Humanos para Bosnia y Herzegovina, de 4 de abril de 2003. La Cámara se refiere a un documento del Consejo de Ministros de 4 de febrero de 2002, según la cual los miembros de las fuerzas policiales de la Federación, bajo la autoridad del Ministro Federal del Interior y de las fuerzas del Ministerio del Interior del cantón de Sarajevo entregado al solicitante a las fuerzas estadounidenses en la base Butmir el 18 de enero a las 6 am.

137. De acuerdo a la evidencia de las víctimas, transmitida por sus abogados, las seis víctimas fueron esposados
​​en posiciones incómodas y encapuchados para que no pudiera ver la aeronave que se vieron obligados a bordo, en un momento dado, el 18 o 19 de enero de 2002. Según los abogados, los documentos oficiales obtenidos en el curso de las actuaciones judiciales en curso muestran que dos aviones fueron asignados a esta operación, y que la aeronave que los seis hombres se hicieron a bordo estaba en la base militar de Tuzla. Después de un vuelo de varias horas, la aeronave aterrizó y los seis hombres fueron hechos para desembarcar, en un lugar que ellos describen como muy frío. Durante los vuelos de los hombres fueron golpeados y atados en posturas incómodas. En la parada - probablemente Incirlik - se les unieron otros detenidos, algunos de los cuales dijeron que procedían de Afganistán. El cargamento humano llegó a Guantánamo el 20 de enero de 2002.

138. Los seis hombres han sido detenidos en Guantánamo hasta el momento actual, es decir, durante más de cinco años.

139. El carácter ilegal de estas detenciones fue reconocida por la Cámara de Derechos Humanos para Bosnia. En las tres decisiones, la Cámara invitó al Gobierno de Bosnia para ayudar a los seis hombres, entre otras cosas mediante el recurso a la vía diplomática y judicial. En la decisión de 4 de abril de 2003, sobre Ait Idir señor, aunque la Cámara ordenó al Gobierno de Bosnia a que adopten todas las medidas posibles para asegurar la liberación de la demandante y su regreso a casa.

140. El Gobierno bosnio ha reconocido sus obligaciones legales, pero no ha cumplido con ellos.

141. En el documento del Consejo de Ministros citado por la Cámara de Derechos Humanos, el Gobierno de Bosnia y Herzegovina admitió que los seis hombres habían sido "entregado" a las fuerzas estadounidenses por las autoridades bosnias, sin formalidades de extradición se está observando.

142. El 21 de abril de 2004, el Comité de Derechos Humanos del Parlamento de Bosnia y Herzegovina Bosnia exhortó al ejecutivo para ejecutar la decisión de la Cámara de Derechos Humanos e iniciar los procedimientos con los Estados Unidos para la repatriación de los detenidos. Su informe fue aprobado por el Parlamento unicameral, el 11 de mayo de 2004.



Caso N º. CH/O2/9499, Bekasem Bensayah contra Bosnia y Herzegovina y la





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Caso N º. CH/O2/9499, Bekasem Bensayah contra Bosnia y Herzegovina y la Federación de Bosnia y Herzegovina (véase, en particular, párrs. 50 y 164).
La firma internacional de abogados Wilmer Hale, que suministró documentación escrita y testimonios orales (la señora Karin Matussek el 11 de abril de 2006 a nuestra comisión, y el Sr. Steven Oleskey a la comisión temporal del Parlamento Europeo, el 25 de abril de 2006. Mi representante se reunió también con cuatro Wilmer Hale abogados trabajando en este caso en sus oficinas en Boston, EE.UU., en mayo de 2006. Agradezco a esta empresa por sus destacados esfuerzos.
Dos aviones C-130 de carga que llevaban los números de serie y UJM166301019 UQU09Z10L019, uno de los cuales también se utiliza la base estadounidense de Ramstein, en Alemania a los efectos de esta operación. Los documentos en cuestión también demuestran que el avión que transportaba a los seis hombres han aterrizado en la base estadounidense de Incirlik, en Turquía.
Los seis hombres piensan que podría haber estado en Turquía, sobre la base de lo poco que pudieron ver y oír.
Mencionada sentencia de 4 de abril de 2003, sobre el señor Bensayah y el Sr. Ait Idir, en una sentencia de 11 de octubre de 2002, la Cámara había decidido ya los casos de los otros cuatro hombres (Boudellaa, Boumediene, Nechle Lahmar y contra Bosnia y Herzegovina y la Federación de Bosnia y Herzegovina, casos núms. CH/02/8679, CH/02/8689, CH/02/8690 y CH02/8691, la decisión de 11 de octubre de 2002).
Ídem, párr. 168.
Nota 115 anteriormente.
La Cámara de Derechos Humanos, en la mencionada sentencia Bensayah (nota 112), explica de una manera relevante que la "entrega" de la demandante de ninguna manera puede considerarse que constituye la extradición. En particular, la nota de fecha 17 de enero de 2002 la embajada de EE.UU. no puede ser considerado como una solicitud de extradición por los Estados Unidos. En dicha nota, la embajada de EE.UU. en Sarajevo informa el Gobierno de Bosnia y Herzegovina que está dispuesto a hacerse cargo de los seis ciudadanos argelinos en cuestión y se ofrece a los arreglos para el traslado físico de estas personas en un momento y lugar adecuado para ambas partes .

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143. El 11 de marzo de 2005, el Ministro de Justicia confirmó que el gobierno bosnio había enviado una carta al gobierno estadounidense que solicita la devolución de los seis hombres.

144. El 21 de junio de 2005, el primer ministro bosnio Adnan Terzic Sr. confirmado antes de la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa la importancia de este caso como un indicador de progreso democrático en Bosnia, y declaró su voluntad de identificar la mejor manera de asegurar la liberación de los seis bosnios a los ciudadanos y ex residentes de Guantánamo, de conformidad con la Resolución de la Asamblea Parlamentaria 1433 (2005).

145. Por último, el 16 de septiembre de 2005, el Parlamento bosnio aprobó una resolución invitando al Consejo de Ministros de Bosnia y Herzegovina para hacer contacto con el gobierno de Estados Unidos con el fin de resolver el problema de los seis hombres, tan rápidamente como sea posible.

146. Es aún más sorprendente que, a pesar de todas estas declaraciones prometedoras, incluyendo la del primer ministro a la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, no ha habido ninguna iniciativa gubernamental destinada a la liberación de los seis hombres.

147. Según sus abogados, el gobierno norteamericano ha declarado en varias ocasiones que está dispuesto a entablar conversaciones bilaterales con los gobiernos de los países cuyos ciudadanos están detenidos en Guantánamo a fin de organizar su repatriación, a reserva de las condiciones de seguridad adecuadas. En el caso de los seis hombres en cuestión, tales medidas serían innecesarias de todos modos, ya que los cargos contra ellos ya han sido investigados por las autoridades competentes y las investigaciones han demostrado que son inocentes. Sin embargo, el gobierno bosnio aparentemente no hizo nada creíble para iniciar negociaciones en esa dirección.

148. El argumento de la inocencia de los hombres en cuestión - aunque en cualquier caso, se presume, y en ningún sentido una condición de sospechosos "de ser tratados de acuerdo con las normas legales - acaba de ser reforzada por un informe elaborado por el ejército alemán. Este informe, producido en circunstancias inusuales, decididamente, lo que también despertó el interés de los medios de comunicación alemanes y los parlamentarios, entre otras cosas, llegó a la conclusión que las razones de la detención de los seis hombres fueron "muy dudosa". Los abogados de los seis hombres me envió una copia de ese informe, que han sido borrados de los archivos militares alemanes y que nunca han sido recibidos por la embajada alemana en Sarajevo a la que el informe se han abordado.

En respuesta a una pregunta de nuestro ex colega Kevin McNamara, a raíz de la Resolución 1433 (2005) aprobada por la Asamblea Parlamentaria el 26 de abril de 2005, llamando a todos los del Consejo de Europa los estados miembros, entre ellos Bosnia y Herzegovina, para proteger los derechos de sus ciudadanos o residentes detenidos en Guantánamo y conseguir que liberados y repatriados.
Memorándum de 12 de abril de 2006, dirigida a la Comisión Temporal del Parlamento Europeo.
Ver Mateo A. Reynolds, subsecretario interino de Asuntos Legislativos, EE.UU. Departamento de Estado, envió una carta al senador James M. Jeffords en su respuesta a una solicitud de información (copia en el archivo con el Relator), 15 de junio de 2005: "Aunque el Gobierno de Bosnia y Herzegovina ha realizado varias investigaciones respecto a la condición de cada detenido y ha pedido su liberación, no ha indicado que se trata de preparados o dispuestos a aceptar la responsabilidad por ellos al momento del traslado. "
Personal militar alemán se hicieron pasar por periodistas con el fin de llevar a cabo una entrevista con la esposa del Sr. Bensayah, la señora Anela Kobilica, el 17 de junio de 2003. El informe elaborado posteriormente por el ejército alemán llegó a la conclusión de que los motivos por los que los seis hombres fueron arrestados y deportados eran documentos "altamente dudosas" y que los documentos examinados y que dio lugar a la sospecha de que al menos algunos de los seis habían sido "sometidos a una injusticia ".
Véase, por ejemplo, http://www.tagesschau.de/aktuell/meldungen/0, 1185, OID5072374, 00.html. Las asociaciones de periodistas protestaron con vehemencia a los métodos de investigación que tuvieron participación agentes de inteligencia disfrazados de periodistas, ya que esta expuesta a las represalias reales periodistas sospecha y posible.
De una fuente confidencial, he recibido una copia de este informe, que, según se decía, se ha eliminado de los archivos militares alemanes y nunca recibida por la embajada alemana en Sarajevo, a la que se dijo originalmente se han abordado. Ver informe complementario de Inteligencia, 16 de 2003 (copia en el archivo con el Relator) de julio.



149. En mi opinión, el caso de los "seis de Bosnia" es otro ejemplo bien documentado de los ciudadanos europeos y residentes de ser secuestrado por las autoridades norteamericanas con la complicidad activa de las autoridades de un Estado miembro del Consejo de Europa. El gobierno de Bosnia y Herzegovina tiene el mérito de no negar el hecho de que se la entregó a los seis hombres a las fuerzas estadounidenses. De acuerdo a la información que he recibido, las autoridades bosnias actuó bajo una presión extraordinaria de la embajada estadounidense en Sarajevo, pero el hecho es que actuaron en violación de las decisiones claras por la Corte Suprema y la Cámara de Derechos Humanos que ordenaba la liberación de estos hombres. Si el daño a la buena reputación de los derechos humanos de Bosnia y Herzegovina debe ser reparado, el reconocimiento oficial de los hechos es un paso importante en la dirección correcta, pero debe ser objeto de seguimiento lo antes posible por la intervención de credibilidad diplomática vis-à-frente al gobierno estadounidense a fin de asegurar la rápida repatriación de estos seis hombres, que han sido sumidas en la Bahía de Guantánamo durante más de cinco años.

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3,3. Ahmed Agiza y Mohammed Alzery (El Zari)

150. El caso de los dos solicitantes de asilo egipcios "entregados" por las autoridades suecas a los agentes estadounidenses que los llevaron a Egipto, donde fueron torturados, a pesar de las garantías diplomáticas dadas a Suecia, es otro caso muy bien documentado. Se llevó a Suecia de ser condenado por el Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas (ONU-CAT). Las autoridades suecas también fueron criticados por haber tratado de ocultar los hechos de la ONU contra la Tortura.

151. El asunto fue puesto en conocimiento del público sobre todo por el programa "Kalla Fakta" de televisión, y la investigación por los periodistas de investigación suecos sopló abrir el sistema secreto de la CIA avión que transportaba prisioneros clandestinos en la "guerra contra el terrorismo". El avión utilizado para esta operación - un Gulfstream, matrícula N379P número - se ha convertido en uno de los más notorios "entregas extraordinarias" de aeronaves.

152. El comportamiento de la policía secreta sueca (SAPO) dio lugar a una investigación detallada por el Defensor del Pueblo Sueco parlamentaria, Mats Melin. Las autoridades judiciales también se examinó el caso y concluyó que no había motivos para un proceso penal en contra de cualquiera de los agentes implicados, suecos o el piloto de la aeronave, u otros agentes estadounidenses que formaban parte del equipo responsable del transporte del Sr. Agiza y el Sr. Alzery a Egipto.

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Véase, por ejemplo la exposición de Wilmer Hale, de 12 de abril de 2006, en la página 3, con el apoyo una meteorización de los documentos que nos ha dado Wilmer Hale, copias de los cuales son todos en el archivo con el Relator.
Comité de Naciones Unidas contra la Tortura, decisión de 20 de mayo de 2005, CAT/C/34/D/233/2003, véase también el Comité de Naciones Unidas contra la Tortura, Conclusiones y recomendaciones del Comité contra la Tortura: Suecia. 06/06/2002, CAT/C/CR/28/6 (observaciones finales), y la respuesta de Suecia (Comentarios del Gobierno de Suecia a las Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos (CCPR/CO/74/SWE ), de 14 de mayo de 2003. En esta respuesta (párrafo 16), el gobierno sueco dijo que en su opinión, las "garantías" dadas por Egipto estaban siendo y será plenamente respetada, y que el gobierno no había recibido ninguna información que permita poner en duda esta conclusión.
Consulte la sección "Kalla Fakta" (nota *), página 10: la respuesta sueca a las observaciones finales (nota * arriba) parece estar en contradicción con el primer informe del Embajador de Suecia en Egipto, según la cual el Sr. Agiza había hablado con él acerca de el abuso y la violencia que él y el Sr. Alzery había sufrido. De acuerdo con "Kalla Fakta", el gobierno sueco había presentado esta información y se negó a entregar a las Naciones Unidas. En su resolución de 20 de mayo de 2005 (nota *, supra, párr. 13.10), ONU-CAT señala que Suecia no ha cumplido su obligación de cooperar plenamente con el Comité, y no ha hecho toda la información pertinente y necesaria para la resolución de la caso, a disposición del Comité.
Traducción del título del programa: "Los hechos fríos", una transcripción de la emisión de 22 de noviembre de 2004 se proporcionó a mí por TV4.
Kalla Fakta ha dado cuenta de su investigación sobre el dueño de matrícula N379P, Premier Executive Transport Servicios. Haciéndose pasar por clientes potenciales, los periodistas se mostraron satisfechos en cuanto a la naturaleza gubernamental, clandestina de esta empresa (véase la transcripción, * la nota de arriba, páginas 4-5).
Ver Mats Melin, Defensor del Pueblo (Suecia), una revisión de la ejecución por la Policía de Seguridad de una decisión del Gobierno de expulsar a dos ciudadanos egipcios, N ° 2169-2004 de Adjudicación de fecha 22 de marzo de 2005. (Copia traducida en los archivos de Rapporters).
Ibid, página 3.

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153. En resumen, los hechos ocurrieron de la siguiente manera: el 18 de diciembre de 2001, el Sr. Agiza y el Sr. Alzery, los ciudadanos egipcios que solicitan asilo en Suecia, han sido objeto de una resolución que desestima la solicitud de asilo y se ordena su deportación por motivos de seguridad, tomada en el marco de un procedimiento especial a nivel ministerial. A fin de garantizar que esta decisión podría ser ejecutado ese mismo día, las autoridades suecas aceptaran una oferta estadounidense para poner a su disposición un avión que gozó de las autorizaciones especiales de sobrevuelo. Tras su detención por la policía sueca, los dos hombres fueron llevados al aeropuerto de Bromma, donde fueron sometidos, con el acuerdo de Suecia, a un "chequeo de seguridad" por agentes estadounidenses encapuchados.

154. La cuenta de este "cheque" es especialmente interesante, ya que se corresponde con detalle a la cuenta administrada de forma independiente por otras víctimas de "entregas extraordinarias", entre ellos el señor El-Masri. El procedimiento adoptado por el equipo de Estados Unidos, que se describe en este caso por los policías suecos presentes en la escena, evidentemente bien ensayado: los agentes se comunicaban entre sí por medio de gestos y no palabras. Actuando rápidamente, los agentes de corte Agiza y Alzery la ropa frente a ellos con unas tijeras, vestida en chándal, se examinaron todas las aberturas del cuerpo y el cabello minuciosamente, esposado y con grilletes a sus pies, y se dirigió a la aeronave los pies descalzos.

155. El Defensor del Pueblo denuncia como degradación de la forma en que los detenidos fueron tratados desde el momento en que se hizo cargo de los agentes estadounidenses hasta el final de la operación cuando los dos hombres fueron entregados a las autoridades egipcias. Él no considera que constituye tortura a los efectos del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, pero hace la pregunta, aunque no lo contesta - si la ejecución de la orden de deportación, sin embargo viola el artículo 3. En cualquier caso, se encuentra con que la operación se llevó a cabo de manera inhumana e inaceptable por lo tanto.

156. De acuerdo con las conclusiones del Defensor del Pueblo, los funcionarios suecos, que se llevaron mal y perdió el control de la operación desde el inicio de la intervención del equipo estadounidense. Tendrían que haber intervenido para poner fin a los tratos degradantes de los detenidos, que no estaba justificada por razones de seguridad ya la policía sueca ya había realizado un registro corporal a los detenidos en el momento de la detención.

157. Antes de la deportación de los dos hombres a Egipto, Suecia solicitó y obtuvo de las garantías diplomáticas de que no iban a ser sometidos a un trato contrario a la convención contra la tortura y no tendría un juicio justo. Las 'garantías »se basaban, incluso por un mecanismo de seguimiento, en particular las visitas a las cárceles regulares por el Embajador de Suecia y la participación de observadores suecos en el juicio.

158. Evolución del caso muestran que estas 'garantías' no fueron honrados. El abogado del Sr. Alzery, Kjell Jonsson, afirma que los actos extremadamente graves de tortura se llevó a cabo. Aunque el Sr. Alzery fue liberado de prisión en octubre de 2003, no se le permite salir de su aldea sin permiso de las autoridades. Sr. Agiza fue condenado a 25 años de prisión por un tribunal militar en un juicio del que los observadores suecos fueron excluidos por los dos primeros días de un total de cuatro. A pesar de que el Sr. Agiza se quejó de la tortura durante su detención, que duró más de dos años después de su regreso forzado a Egipto, ya pesar de que el informe del médico de la prisión volvió a registrar las lesiones físicas sufridas en la cárcel, el tribunal militar no actuó en el defensa de la solicitud de un examen médico independiente.



Un informe interno de la Säpo parece indicar que la participación de Estados Unidos fue aprobado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, las personas que asistieron a la reunión con el ministro y fueron interrogados por el Defensor del Pueblo no tienen ningún recuerdo de que esto fue mencionado.
Debido a la falta de espacio en el cuarto puesto a disposición de los estadounidenses, la policía sueca no fueron capaces de observar todo. En particular, no vemos que (tranquilizante) se administraron supositorios y que los pañales se colocará, de manera que los detenidos mantienen, y como se hizo en otras "entregas extraordinarias". Vea la sección anterior de este informe sobre el 'impacto humano de las entregas y detenciones secretas ".
Véase el informe de Mats Melin, supra nota 134, página 23.
Sr. Jonsson testificó ante la Comisión Temporal del Parlamento Europeo el 23 de marzo de 2005; habló largo y tendido con un miembro de mi equipo durante su visita a Bruselas.
Esta fue la tortura una descarga eléctrica, con electrodos fijados a las partes más sensibles del cuerpo, en presencia de un médico que evalúa lo que la carga eléctrica del prisionero puede sobrevivir. Con el fin de prevenir las marcas, los lugares afectados reciben un tratamiento especial al final de cada sesión de tortura.
Un representante de Human Rights Watch observó todo el juicio, las violaciónes observados de los derechos de la defensa se
​​enumeran en un comunicado de HRW, de 5 de mayo de 2005 (Suecia, implicado en el abuso de Egipto de presunto militante - Egipto infringió promesas diplomáticas de un juicio justo y la tortura no para el sospechoso de terrorismo (http://hrw.org/english/docs/2004/05/05/egypt8530_txt.htm).



159. La decisión de la ONU-CAT muestra que las 'garantías diplomáticas', incluso con seguimiento cláusulas adjuntos, no son tales como para evitar el riesgo de tortura. El Estado que lo expulsa por lo tanto, sigue ejerciendo la responsabilidad.

160. A fin de cuentas, el caso sueco de Agiza y Alzery no puede ser clasificado como "secuestro" por la CIA. Los dos hombres fueron objeto de un procedimiento de deportación de Suecia tras la expulsión de la solicitud de asilo; que el procedimiento fue duramente criticado por la ONU contra la Tortura, y con razón: la ejecución inmediata de la decisión de privar a los dos hombres de cualquier posibilidad de apelación, incluso en el marco la Convención de Naciones Unidas contra la Tortura - un recurso de apelación que, además, habrían tenido una buena oportunidad de éxito, teniendo en cuenta el riesgo de tortura a cargo de ellos en Egipto. Otras críticas dirigidas a Suecia son los "floja" aplicación de la cláusula de seguimiento en relación con las garantías obtenidas con anterioridad a la extradición, y, sobre todo el hecho de que Suecia no ha enviado de la ONU-CAT toda la información relevante. Por otro lado, en relación con el maltrato de los prisioneros en el aeropuerto de Bromma y en la aeronave, el reproche se dirige principalmente a los Estados Unidos. Comparto la opinión de Mats Melin de que ese trato degradante y humillante es inaceptable.

161. Sin embargo, en mi opinión, es el caso de Suecia para aclarar las razones y responsabilidades: ¿cómo es que los funcionarios suecos presentes en el escenario permitieron que sus homólogos estadounidenses para hacer lo que quisieran, dejando a tomar el control de esta operación mientras que todavía en territorio sueco ?

3,4. Abu Omar

162. Al mediodía, el 17 de junio de 2003, Hassam Osama Mustafa Nasr, conocido como Abu Omar, un ciudadano egipcio, fue secuestrado en el centro de Milán. Gracias a una investigación excelente y tenaz por la justicia de Milán y los servicios de Digos de la policía, Abu Omar es sin duda uno de los casos más conocidos y mejor documentados de "entregas extraordinarias". A través de las bases aéreas militares en Aviano (Italia) y Ramstein (Alemania), Abu Omar fue trasladado en avión a Egipto, donde fue torturado antes de ser liberados y volver a arrestar. Que yo sepa, no se interpuso en contra de Abu Omar en Egipto. La investigación judicial italiana más allá de toda duda razonable de que la operación se llevó a cabo por la CIA (que no ha emitido ninguna negativas). Los investigadores italianos asimismo estableció que el presunto líder de la operación de secuestro - que también había trabajado como cónsul estadounidense en Milán - estuvo en Egipto durante dos semanas inmediatamente después de que Abu Omar fue entregado a las autoridades egipcias. Se puede inferir con seguridad que ha contribuido, de una manera u otra, a los interrogatorios de Abu Omar. Los procedimientos iniciados en Milán se refieren a 25 agentes estadounidenses, contra 22 de los cuales las autoridades judiciales italianas han emitido órdenes de arresto. Abu Omar era un refugiado político. Se sospecha que la militancia islámica, que había estado bajo vigilancia por la policía de Milán y las autoridades judiciales. Como resultado de la operación de vigilancia, la policía italiana eran probablemente a punto de descubrir un operativo de red de activistas en el norte de Italia. Secuestro de Abu Omar, ya que las autoridades judiciales de Milán señalar expresamente, saboteó la operación de vigilancia italiano y por lo tanto un duro golpe a la lucha contra el terrorismo. ¿Es concebible ni posible que una operación de ese tipo, con el despliegue de los recursos en esa escala en un país amigo que era un aliado (por ser un miembro de la coalición en Irak), se llevó a cabo sin que las autoridades nacionales - o el italiano, al menos homólogos - ser informado? El Gobierno italiano ha negado haber sido informado, y el jefe del SISMI, el general Pollari, expresamente negó tener conocimiento de la operación de la CIA en su comparecencia ante la Comisión Temporal. Recientemente se ha producido una novedad significativa en la investigación por el


Las garantías diplomáticas no son el foco de mi mandato, aquí, sin embargo, son dos informes muy pertinentes sobre el tema: Amnistía Internacional, las 'garantías diplomáticas' - sin protección contra la tortura o los malos tratos, el informe de la Ley N º 40/021/2005, los 1 de diciembre de 2005, y Human Rights Watch, aún en riesgo: las 'garantías diplomáticas no salvaguardia contra la tortura, Informe N º 17, vol. 3D, el 17 de abril de 2005.
Vea el antes mencionado comunicado de HRW, de 5 de mayo de 2005: la primera visita del Sr. Agiza recibida de un diplomático sueco tenía sólo cinco semanas después de su llegada a Egipto, a pesar de que la experiencia demuestra que la tortura y los malos tratos tienen lugar durante los primeros días de la detención. Por otra parte, los diplomáticos suecos, que no fueron entrenados para reconocer los signos de tortura, al parecer, dio el aviso de varios días de sus visitas, y todas las conversaciones fueron supervisados
​​al parecer por los guardias egipcios.
Suecia justifica el hecho de que no envió el informe a su embajador de la primera visita, en la que el Sr. Alzery las denuncias de malos tratos se registran, por el temor a las represalias contra los detenidos, dadas las dudas sobre el respeto a la confidencialidad dentro de la ONU contra la Tortura. Pero en cualquier caso, esas denuncias fueron conocidas por las autoridades egipcias, que fueron representados durante la visita del embajador.
Me encontré con el fiscal dirige la investigación, Armando Spataro, y fue capaz de obtener información lo más completa confidencialidad y requisitos procesales permitidos. El caso de Abu Omar está también descrito en el libro citado por Guido Olimpio, Operazione Hotel California, Feltrinelli, octubre de 2005. Los principales documentos de la investigación judicial se han recogido y reproducido en un libro de Guido Ruotolo y Vincenza Vasile: Milán-El Cairo. Viaggio senza ritorno. L'imán rapito en Italia Dalla Cia, Tullio Pironti Editore, 2005.



Milán autoridades judiciales, sin embargo: un agente que pertenece a una unidad de elite de Carabinieri ha admitió haber participado en el secuestro de Abu Omar, como parte de una operación coordinada por el SISMI, los servicios de inteligencia militar. El director del SISMI había negado formalmente toda participación de su servicio en el secuestro, que llegó a afirmar que él sólo había sido informado de este episodio después de que el propio secuestro.


3,5. Bisher Al-Rawi y Jamil El-Banna

163. Este caso, que se refiere a dos residentes británicos permanentes detenidos en Gambia en noviembre de 2002 y trasladado primero a Afganistán y desde allí a Guantánamo (en la que todavía lo son) es un ejemplo de (mal concebido) la cooperación entre los servicios de un país europeo (el británico MI5) y la CIA en el secuestro de personas contra las que no hay pruebas de lo que les permite mantenerse en prisión legalmente, y cuyo principal delito es estar en el plano social con un islamista contra la cual las autoridades no tienen pruebas, ya sea - a saber, Abu Qatada .

164. La información hecha pública a los espectáculos de fecha que el secuestro de los señores Al-Rawi y El-Banna fue motivada precisamente por la información - en parte errónea - suministrado por el MI5.

165. Bisher Al-Rawi y Jamil El-Banna fueron arrestados en Gambia el 8 de noviembre de 2002. Tenían la intención de unirse a Wahab el Sr. Al-Rawi, hermano de un ciudadano británico, y ayudarle a establecer una planta de procesamiento de maní móvil. Las autoridades británicas eran muy conscientes de este viaje de negocios. El 1 de noviembre, los señores Al-Rawi y El-Banna a la izquierda en su viaje, pero no llegará muy lejos. En el aeropuerto de Gatwick fueron arrestados a causa de un elemento sospechoso en el equipaje de mano del Sr. Al-Rawi.

166. El mismo día, un telegrama de la primera MI5 informó a la CIA de que los dos hombres habían sido detenidos en el 2000 contra el acto terrorista. Ese telegrama contenía información falsa, incluyendo la afirmación de que el Sr. Al-Rawi fue un extremista islamista, y que la búsqueda de su equipaje había revelado que llevaba una especie de artefacto electrónico que podría ser utilizado, según las primeras investigaciones, como un componente de una bomba de fabricación casera.

167. Los dos hombres pasaron 48 horas bajo custodia policial, hasta que la policía decidió que el "artefacto sospechoso" no era más que un cargador de baterías a la venta en varias tiendas de artículos electrónicos (Dixons, Argos, Maplins). Sr. Al-Rawi explicó, cuando fue detenido, pero tuvo que ser revisado. La conclusión que el episodio del cargador - que se trataba efectivamente de un "dispositivo inocuo" - fue comunicada al Ministerio de Relaciones Exteriores por el MI5 en un telegrama de 11 de noviembre de 2002. Desafortunadamente, no hay evidencia de que esta información fue transmitida nunca para la CIA. Los alegatos relativos a este "dispositivo" volvió a aparecer en su 'prueba' antes de que el CSRT (Tribunal de Revisión del Estatuto de Combatiente) como "prueba" de que eran 'combatientes enemigos'.

Ver Corriere della Sera y La Repubblica, de 11 de mayo de 2006.
Declaración del general Pollari en la reunión de la Comisión Temporal de 06 de marzo 2006
Quiero dar las gracias a mi colega británico particular, Andrew Tyrie, presidente de la Cámara de los Comunes de todos los partidos del Grupo Parlamentario (APPG) en las entregas, que ayudó a organizar dos miembros de nuestro comité de la secretaría para asistir a una audiencia APPG del hermano, la esposa de y los abogados del Sr. al-Rawi y el-Banna; también quiero agradecer a los abogados de los dos hombres estadounidenses y británicos, el Sr. Brent Mickum y la Sra. Gareth Peirce, junto con Clive Stafford-Smith, director legal de Reprieve, para la información detallada que siempre para mis investigaciones.
El Sr. El-Banna, informó a su abogado de que dos agentes del MI5 había llegado a su casa y le dijo que sabía todo sobre su viaje previsto. En respuesta a su pregunta de si todo estaba en orden, me dijeron que sí y le deseó buena suerte. La esposa del Sr. El-Banna, confirmó esta visita en la audiencia APPG el 28 de marzo de 2006.
Telegrama del 1 de noviembre de 2002, hecha pública el 27 de marzo de 2006, con los demás telegramas de 4, 8 y 11 de noviembre y 6 de diciembre de 2002, estos documentos se clasifican normalmente en secreto, pero entró en el dominio público después de haber sido citado el 22 y el 23 de marzo de 2006 en una audiencia pública en la Queens Bench Division del Tribunal Superior de Londres, antes de que Lord Justicia Latham y el magistrado Tugendhat. Los telegramas fueron también objeto de la audiencia APPG el 27 de marzo de 2006. Es claro para los abogados que se dice no todo en los telegramas, que, además, se refieren a las comunicaciones, incluyendo las llamadas telefónicas.
Ver EE.UU. Departamento de Defensa, no clasificada del Estatuto de Combatiente (CSRT Tribunal de Revisión) transcripciones divulgadas en la cuestión de El-Banna y otros contra Bush, en la Corte de Distrito de EE.UU. de Columbia (copias de todos los expedientes en el archivo con el Relator), octubre de 2004 .



168. Los señores Al-Rawi y El-Banna regresó a su casa el 4 de noviembre de 2002 y reorganizado su viaje a Gambia para el 8 de noviembre. Mientras tanto, varios telegramas fueron enviados por el MI5 a los estadounidenses acerca de los dos hombres, haciéndoles saber que conocía a Abu Qatada y que el Sr. El-Banna fue el último 'financiero'. Es cierto que los dos hombres que conocía a Abu Qatada. Por otro lado, de acuerdo con los abogados, el Sr. Al-Rawi había ayudado a preparar el MI5 no violenta detención de Abu Qatada, y los agentes británicos habían siquiera le dio las gracias por ello.

169. El 8 de noviembre de 2002, el día en que los dos hombres viajaron a Gambia, el MI5 envió otro telegrama dando los detalles del vuelo, incluyendo la salida del vuelo retrasado y la hora estimada de llegada. El telegrama dice que "este mensaje debe leerse a la luz de las comunicaciones anteriores". Además, el telegrama de 8 de noviembre no se menciona, como los telegramas anteriores lo hacen, que esta información "no debe ser utilizada como base de la acción abierta, encubierta o ejecutivo".

170. En Banjul aeropuerto, Al-Rawi y El-Banna, acompañado por un colaborador, el Sr. El Janoudi, conoció al hermano de Bisher Al-Rawi Wahab, que había ido a Gambia una semana antes que los demás, y los cuatro fueron detenidos por agentes de Gambia. Fueron llevados a una casa en las afueras de Banjul. Sr. Janoudi logró telefonear a su esposa en Londres, y otro hermano del Sr. Al-Rawi, Numann, fue a ver a su MP, Edward Davey, quien informó al Ministerio de Relaciones Exteriores.

171. Durante los días siguientes, según el relato de Wahab, los agentes estadounidenses estaban muy presentes, pero los detenidos nunca vi a un funcionario británico a pesar del hecho de que pidió ver a un representante consular. Wahab declaró en la vista APPG que los funcionarios de la CIA y Gambia en repetidas ocasiones aludió al hecho de que "es el británico, que nos han dicho que te arresten". El Sr. El-Banna dice que no ha dejado dicho lo mismo durante su posterior detención en la Bahía de Guantánamo:

"Mi interrogador me preguntó:" ¿Por qué estás tan enojado con los Estados Unidos? Se trata de su Gobierno, Gran Bretaña, el MI5, quien llamó a la CIA y les dijo que usted y Bisher estaban en Gambia y venir por ti. Gran Bretaña dio todo para nosotros. Gran Bretaña le vendió a la CIA ".

172. El 5 de diciembre de 2002, después de 27 días, Wahab fue liberado y regresó al Reino Unido. Algunos días después, un domingo, Bisher Al-Rawi y Jamil El-Banna fueron trasladados a Afganistán en un avión militar con más de 40 asientos. Había por lo menos 7 u 8 agentes estadounidenses a bordo, entre ellos una mujer médico. A través de sus abogados, los dos hombres se dio cuenta detallada de sus datos de trato degradante y humillante muchas de las cuales se hacen eco de los tratos sufridos por otras víctimas de 'entregas extraordinarias'.

173. En Kabul, que fueron tomadas en menos de 15 minutos a la prisión identificado como la "prisión oscura". La descripción de las condiciones inhumanas de detención en esa prisión, que es un eslabón importante en la CIA "tela de araña ', se corresponde en muchos detalles a la dada por otras víctimas de" entregas extraordinarias "que llegaron allí. Después de dos semanas en esta cárcel siniestra, los dos hombres fueron trasladados a Bagram, en helicóptero. En Bagram fueron encarcelados y maltratados por otros dos meses. Los interrogadores estadounidenses supuestamente ofreció el Sr. El-Banna grandes sumas de dinero a cambio de falso testimonio contra Abu Qatada. Cuando estas ofertas no produjo el resultado esperado, los interrogadores amenazaron con enviarlo de vuelta por un año a la "Prisión Oscura", seguida por 5 o 10 años en Cuba, e hizo amenazas vergonzosas contra su familia residente en Londres.



En la audiencia APPG el 27 de marzo de 2006, la esposa del Sr. El-Banna ha explicado que sus "relaciones sociales" deriva del hecho de que los tres hombres tenían vínculos familiares con Jordania.
La cooperación de al-Rawi con el MI5 se dice también que el motivo de varias visitas por parte de agentes del MI5 a Guantánamo. Los abogados presentaron los detalles de estas conversaciones en público, según lo contado por sus clientes (copia en el archivo). MI5 no ha reconocido oficialmente esta cooperación, que Al-Rawi también afirmó en sus declaraciones a la CSRT.
Véase la declaración de El-Banna con el abogado, supra nota 68.
Iban vestidos con pañales, llevaban capuchas sin orificios oculares, había bloqueado sus oídos, sus piernas con grilletes y sus manos dolorosamente esposado a la espalda, y se les negó el acceso a los aseos.
«Diabólico» ronda de música a todo volumen el reloj, la ausencia total de alimentos ligeros, podrido, sin posibilidad de bañarse o usar el inodoro, esposar incómodo y grilletes las piernas, fría celda, ropa inadecuada, los prisioneros con frecuencia golpeados y pisoteados.
Yo prefiero no citar este testimonio muy molesto.
Acompañado por su abogado, que también tuvo conversaciones exhaustivas



174. Por último, los dos hombres fueron trasladados a Guantánamo, donde fueron nuevamente objeto de un trato inhumano. Sr. Al-Rawi dijo que recibió muchas visitas de agentes del MI5, el primero de ellos a principios de otoño de 2003, y que fue interrogado por agentes de la CIA diez o tan diferentes. Uno de los agentes del MI5, dice, aunque se disculpó con él. En enero de 2004, dos agentes británicos ("Martin" y "Mateo") le preguntó si él estaría dispuesto a trabajar para el MI5 nuevo. Sr. Al-Rawi contestó que, siempre que ello serviría a la causa de la paz. Varios meses después, un tal "Alex" con el que el Sr. Al-Rawi había trabajado en Londres, fue a verle en Guantánamo, acompañado por un agente de mujer atractiva. Sin embargo, en el momento de su "juicio" ante el CSRT las autoridades británicas se negaron a enviar a Guantánamo a los testigos que se nombre o simplemente para confirmar sus vínculos con el MI5, lo que le condena a la detención continua - detención, que continúa hasta nuestros días, al haberse extendido casi cuatro años en total.

175. Las familias de los señores Al-Rawi y El-Banna y sus abogados en la empresa londinense Birnberg, Peirce & Partners interpuso un recurso para obligar al gobierno británico para que representantes de los Estados Unidos por la vía diplomática con el fin de asegurar la liberación y la repatriación de la dos hombres tan pronto como sea posible. De acuerdo con la información más reciente, el gobierno británico ha actuado en ese sentido en relación con el Sr. Al-Rawi, pero no en relación con el señor El-Banna. La sentencia de primera instancia, dada en mayo de 2006, rechazó las quejas de las familias.

176. En vista de estos hechos altamente preocupantes, me parece que las autoridades británicas deben arrojar luz sobre este caso en su totalidad. Acojo con satisfacción el hecho de que nuestro colega Andrew Tyrie ha dedicado mucha energía a este asunto con el fin de la verdad que se establezcan en este caso preocupante. Mientras tanto, el Reino Unido, incluso si se ha reconocido ninguna obligación legal, debe reparar las consecuencias de la comunicación, aparentemente muy impreciso entre el MI5 y los servicios estadounidenses. De hecho, hay pocas dudas de que la detención de los dos hombres fue provocado en gran medida, o al menos influenciada por los mensajes de noviembre de 2002, sólo una parte de los cuales (los telegramas antes mencionados) es de conocimiento público.

3,6. Maher Arar

177. Maher Arar, ciudadano canadiense de origen sirio, llegó a declarar en público ante la comisión temporal del Parlamento Europeo. Durante una escala en la vuelta de vacaciones en Túnez, en septiembre de 2002, fue arrestado en el aeropuerto JFK en Nueva York por agentes estadounidenses. Después de ser detenido en una prisión de alta seguridad y fue interrogado durante dos semanas por la policía de Nueva York, el FBI y el servicio de inmigración estadounidense, fue trasladado al parecer desde Nueva Jersey a través del aeropuerto de Washington, Roma y Ammán a una cárcel que pertenece a la inteligencia militar siria . Pasó más de diez meses allí, durante la cual se dice que fue torturado, maltratado y obligado a hacer confesiones falsas. Durante su estancia en Siria, dice, también escuchó la voz de un prisionero alemán de ser torturado. Después de una tenaz campaña por su esposa, el señor Arar fue capaz de tener contactos irregulares con diplomáticos canadienses en sus destinos en Siria. Dice que nunca ha sido objeto de cargos criminales en cualquier país. Sr. alambiques Arar sufre de un síndrome de estrés post-traumático después de su terrible experiencia.

178. El Gobierno estadounidense considera que la 'entrega' de Arar como un procedimiento legítimo, de conformidad con sus normas de inmigración.



en su país y

. Según el Sr. Arar, los agentes a bordo de la aeronave no se identificaron, pero se enteró de que su pertenencia a una "unidad de eliminación especial". En este caso específico, la entrega del señor Arar a Siria parece ser un ejemplo claro de la "subcontratación de la tortura", una práctica que se mencionó públicamente por algunos funcionarios estadounidenses.

180. La pregunta que nos interesa más particularmente, a la vista de nuestro mandato, es si, y en caso afirmativo, en qué medida la Unión Europea los estados en cuestión (en particular, Italia y Grecia) estaban al tanto de el transporte ilegal de Arar y tal vez incluso le dio apoyo logístico.

181. Otra cuestión es el papel de las autoridades canadienses en la materia. Esta pregunta es objeto de una investigación muy a fondo por una comisión especial.

182. El informe inicial del investigador Stephen J. Toope fue publicado el 14 de octubre de 2005. Sr. Toope, que tiene una larga experiencia de trabajar con víctimas de la tortura, ha demostrado convincentemente la veracidad de las declaraciones del Sr. Arar, que se ha comparado con los de otros ex prisioneros sirios detenidos en la cárcel misma a cargo de la inteligencia militar siria (Lejos Falestin). Su informe, que también menciona las conclusiones de los médicos especialistas los cuales el señor Arar consultados sobre su regreso, describe en detalle el tratamiento del Sr. Arar en Siria, que sin vacilar se refiere a la tortura en el sentido de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura. Sin embargo, ese informe no cubre el papel desempeñado por las autoridades canadienses en la materia. Este punto será tratado en el informe final de la Comisión, que se espera que se publicará a finales del verano de 2006. Por tanto, es prematuro sacar conclusiones en esta etapa.

183. Los métodos de trabajo de esta comisión, una comisión real de investigación con los poderes reales de la investigación, la facultad de conocer de la información clasificada, me parece muy interesante. Sin embargo, el Sr. Paul Cavalluzo, abogado principal el señor Arar a la Comisión, lamenta la tendencia de las autoridades canadienses que se esconden detrás de los secretos oficiales ".



Véanse las citas que se reproducen en mi informe de información de 22 de enero 2006
Consulte los registros de vuelo relativos a las entregas de Maher Arar, en el anexo 6
​​del presente informe.
Comisión de investigación sobre la acción de los funcionarios canadienses en relación con Maher Arar, creada el 5 de febrero 2004 «para arrojar luz sobre las acciones de las autoridades canadienses sobre la deportación y la detención de Maher Arar». El comisario al frente de la investigación es el Honorable Dennis R. O'Connor, jefe adjunto juez de Ontario.
Disponible en el sitio web de la comisión: www.commissionarar.ca, los informes de los expertos y testigos, las reglas de procedimiento y-aunque en gran medida truncada - resúmenes de las audiencias a puerta cerrada se encuentran entre otros artículos también se publican en este sitio web.
Véase el comunicado de 11 de abril de 2006, lo que indica que la demora (cinco meses después de la fecha inicialmente prevista) es "atribuible en gran medida al proceso que se adoptó para analizar los informes con respecto a las solicitudes del gobierno diseñados para proteger cierta información por razones de confidencialidad en la relación con la seguridad nacional (CLSN) ". En el comunicado se describe en detalle los procedimientos seguidos en que el gobierno invoca CLSN, las disputas sobre la materia que se asentaron en la última instancia por el tribunal federal.
Vea los resúmenes de las audiencias a puerta cerrada '(nota * arriba), en particular, párr. 12 pp y 33. Dado el carácter provisional e incompleto de estos resúmenes, prefiero no comentar con más detalle.



3,7. Muhammad Bashmila y Salah Ali Qaru

184. Los casos de los Sres. Bashmila y el Sr. Ali Qaru se describen en un informe de Amnistía Internacional en base a las investigaciones realizadas en las discusiones puntuales e intensivos con las víctimas. Es probable que ellos le deben su reciente puesta en libertad con el compromiso de Amnistía Internacional. Los dos hombres, que nunca han sido acusados
​​de los menores delitos de terrorismo, fueron detenidos en Jordania y desapareció, por lo que sus familias se refiere, en "tela de araña" de América en octubre de 2003. Según las investigaciones de Amnistía Internacional, que se llevaron a cabo en al menos cuatro centros de detención secretos estadounidenses, probablemente en tres países diferentes. Los mismos ex detenidos dicen que pasó un tiempo en Yibuti, Afganistán y - de especial interés para nosotros - "en algún lugar de Europa del Este". La ubicación exacta del lugar donde pasó los últimos 13 meses a partir de finales de abril de 2004 en adelante sigue siendo desconocido. Los hombres dieron una descripción precisa de su lugar de detención, que aún no se ha publicado en su totalidad, y de la ruta por la que se tomaron. Particularmente interesante es su vuelo de regreso a Yemen el 5 de mayo de 2005, informó un vuelo non-stop que duró aproximadamente siete horas. Escribí a las autoridades yemeníes y preguntó dónde estaba el avión había venido, y la llegada de la aeronave en esa fecha con los dos hombres a bordo se confirmó oficialmente para mí. Desafortunadamente, a pesar de que escribió de nuevo, todavía no he recibido la información específica solicitada. Desde la aeronave en cuestión era probablemente un militar, la información obtenida de Eurocontrol no ha permitido aclarar este asunto tampoco. En cuanto a la descripción de los locales, que todavía no hemos logrado encontrar un lugar que corresponde a este.

3,8. Mohammed Zammar

185. Sr. Zammar, ciudadano alemán de origen sirio, era sospechoso de haber participado en la "célula de Hamburgo" de Al Qaeda y había estado bajo vigilancia policial desde hace varios años en Alemania. Después del 11 de septiembre de 2001, que había sido objeto de una investigación penal por "el apoyo a una organización terrorista", pero no había pruebas suficientes para mantenerlo en prisión.

186. El 27 de octubre de 2001, se informa que han dejado de Alemania a Marruecos, donde pasó varias semanas. Cuando intentó regresar a Alemania, fue detenido presuntamente por funcionarios marroquíes en el aeropuerto de Casablanca a principios de diciembre, y que han sido interrogados por las autoridades marroquíes y estadounidenses durante más de dos semanas. Hacia el final de diciembre de 2001, se dice que se han trasladado en avión a Damasco, en Siria, en un avión de la CIA vinculado.

187. El caso ha recibido amplia cobertura de prensa, y ha habido denuncias de que la detención del Sr. Zammar en Marruecos fue facilitado a través del suministro de información por los servicios alemanes, que fue torturado por los servicios sirios y que fue interrogado en Siria por las autoridades alemanas.

188. Un informe detallado del gobierno alemán ante el Bundestag, una copia de la que he obtenido, ofrece una versión equilibrada de este asunto.



Por debajo del radar: vuelos secretos a la tortura y "desaparición", 5 de abril de 2006, Índice AI: AMR 51/051/2006. Mi agradecimiento particular a la Sra. Anne Fitzgerald por su cooperación con la secretaría de nuestra comisión sobre este tema.
Informe de Amnistía Internacional (págs. 9-16) da una descripción precisa de los sufrimientos de las víctimas y sus familias.
Véase el informe de Amnistía Internacional (págs. 13 y 14). Una pieza muy interesante de la información geográfica es una deducción basada en los momentos de oración previstos, las cuales fueron tomadas de un sitio de Internet (islamicfinder.org). El tiempo de la oración del atardecer van desde 4,30 hasta 8,45 horas (lo que permite el cambio al horario de verano, que el conjunto de Europa se utiliza, pero no en Afganistán, Jordania o Pakistán). Esto corresponde a un lugar al norte del paralelo 41, tan bien al norte de Oriente Medio, y muy probablemente dentro de un Estado miembro del Consejo de Europa.
Los datos de Eurocontrol que disponemos no nos permiten confirmar este vuelo, que tuvo lugar entre dos aeropuertos no europeos.
Ejemplos de ello son los artículos publicados en el Washington Post el 12 y 19 de junio de 2002 y 31 enero de 2003, en Der Spiegel, en julio de 2002 y noviembre de 2005, y en el enfoque de 20 de septiembre de 2002, y se muestra en Kalla Fakta (en el canal de televisión sueco cuarto ) el 22 de noviembre de 2004.
A raíz de mi solicitud a la Presidencia de la comisión del Bundestag responsable de supervisar los servicios especiales, he recibido una copia de la versión pública de este informe. También he recibido de una fuente anónima una versión clasificada como "confidencial / Sólo para uso oficial", de los cuales he hecho un uso responsable, en el espíritu de la decisión adoptada por la Comisión de Asuntos Jurídicos, en su sesión del 13 de marzo de 2006 sobre la recepción de la información confidencial información. [Se me ofreció también una copia de una versión aún más detallada clasificada "secreta", que no optaron por aceptar, por razones éticas. Pongo mi confianza en los miembros del Bundestag a los que este documento fue enviado a tomar las medidas necesarias sobre la base del mismo, incluyendo las medidas adecuadas para que me avise a cualquier hecho denunciado en esta versión directamente relacionados con mi mandato como relator.



189. La detención del Sr. Zammar en Marruecos se vio facilitado objetivamente por el intercambio de información entre los servicios alemanes y su holandesa marroquíes, y sus homólogos de América también. Estos intercambios de información sobre los planes de viaje de una persona sospechosa de actividades terroristas (el informe del gobierno alemán, contiene información detallada que parecen justificar tal sospecha) son parte de la normalidad de la cooperación internacional en la lucha contra el terrorismo. No se puede deducir del hecho de que los servicios alemanes informaron a sus colegas de las fechas en las que el señor Zammar tenían reservas de vuelos que era su intención - o incluso que sospechaban - que iba a ser detenido y recluido en la violación de los procedimientos normales. Los hechos se remontan a diciembre de 2001, por lo que mucho antes de las revelaciones públicas sobre la práctica ilegal de los vuelos de rendición ".

190. El Ministerio alemán de Asuntos Exteriores y las embajadas de Damasco y Rabat intervino en varias ocasiones, en primer lugar para establecer el paradero del Sr. Zammar, a continuación, para darle asistencia consular durante su detención en Siria. Siria negó cualquier tipo de intervención consular, sobre la base de su no reconocimiento de su renuncia a la nacionalidad siria cuando se sometió a la naturalización en Alemania, sobre la base de una política de aplicación general por parte de Siria.

191. Los funcionarios alemanes, efectivamente, la pregunta del señor Zammar en Siria. Mientras que el señor Zammar se dice que dijo a sus interrogadores alemanes que había sido golpeado tanto en Marruecos como en las primeras etapas de su detención en Siria, este los malos tratos parece haber tenido ninguna conexión temporal o de otro tipo con su interrogatorio por las autoridades alemanas . Se informó que lo encontró en una buena condición física y psicológica, a pesar de que había perdido una cantidad considerable de peso. Las relaciones entre el señor Zammar y sus guardias sirios no parecía tensa, aunque los visitantes alemanes se tenga en cuenta una relación un tanto autoritario. El Gobierno alemán que, desde el principio, los servicios competentes, conscientes de los riesgos, se había establecido reglas claras: el principio de forma voluntaria, la evitación de un tratamiento inapropiado - incluyendo, especialmente, por el lado sirio - y el paro inmediato de la entrevistar a si había la más mínima sospecha de malos tratos.

192. Como se indicó anteriormente, una comisión del Bundestag de la investigación está estudiando el asunto, y es conveniente esperar los resultados.

3,9. Binyam Mohamed al Habashi

193. Binyam Mohamed al Habashi es un ciudadano etíope que ha mantenido la condición de residente en el Reino Unido desde 1994. Si bien muchos de los miembros de su familia emigró a los Estados Unidos y se convirtieron en ciudadanos naturalizados allí, Binyam trasladó al Reino Unido cuando era un adolescente y solicitó asilo. Pasó siete años persiguiendo su educación en Londres mientras su solicitud de asilo fue considerado en un proceso prolongado, en última instancia, sin resolver. Estaba tratando de superar una adicción a las drogas y se convirtió al Islam a la edad de veinte años.

194. Binyam ahora está detenido en la Bahía de Guantánamo y ha sido seleccionado como uno de los del primer grupo de diez presos a comparecer ante un especial de la Comisión Militar de Estados Unidos, probablemente a finales de 2006. Hemos sido capaces de ver el diario de Binyam, un relato de los últimos cinco años de su vida, y una serie de cartas que ha escrito de Guantánamo. Un miembro de mi equipo también fue capaz de escuchar de primera mano los testimonios de miembros de su familia y sus representantes legales en el Reino Unido.

195. En el tratamiento del caso de Binyam en mi informe de evitar cualquier referencia a las acusaciones de que es probable que se enfrentan ante la Comisión Militar. Baste decir que considero que las comisiones en general, como una base errónea sobre la que juzgar las denuncias de la naturaleza más grave, ya que los derechos al debido proceso del acusado se ven seriamente perjudicados. No creo que estas comisiones a ser audiencias justas y reitero mi posición de que el esfuerzo global para llevar a los sospechosos terroristas a la justicia debe depender principalmente en los recursos judiciales.

196. Lo más preocupante en el caso de Binyam son las cuentas de la tortura y otras violaciónes graves de derechos humanos que dice que ha sufrido. Él habla de haber sido herido por todo el cuerpo con un bisturí y una hoja de afeitar, golpeado hasta quedar inconsciente y se cuelgan de las paredes de los grilletes. Sufrió graves lesiones físicas, incluyendo fracturas de huesos. Él fue amenazado constantemente con la muerte, la violación y electrocución.

La referencia a la Orden Ejecutiva que establece las comisiones militares para los detenidos en Guantánamo, firmado por el presidente Bush en octubre / noviembre de 2001.

197. Es difícil decir si esta cuenta refleja realmente la realidad. Recordemos solamente que algunos de estos actos se incluyen en lo que se ha llamado "técnicas de interrogatorio mejoradas", que han sido desarrollados por los Estados Unidos en la "guerra contra el terror". Además, muchos de los abusos descritos por Binyam tener similitudes con las denuncias de otros detenidos que se han celebrado en los mismos centros de detención en varios puntos durante los últimos años.

198. Caso de Binyam es un ejemplo para los muy numerosos detenidos - la mayoría de cuyos nombres y el paradero no sabemos - que han quedado atrapados en los Estados Unidos "tela de araña en el transcurso de la" guerra contra el terror ". Binyam ha sido objeto de dos entregas de la CIA, una transferencia militar de EE.UU. a la Bahía de Guantánamo y varias otras transferencias clandestinas de avión y helicóptero. Él ha llevado a cabo en al menos dos centros de detención secretos, además de en prisiones militares. Durante sus interrogatorios ilegales, que se ha enfrentado a acusaciones de que sólo podría haber surgido a partir de la información suministrada por el Reino Unido.

199. Binyam familia le dijo a mi representante que él desapareció en el verano de 2001. Esta familia muy unida posteriormente sufrió varios años de incertidumbre desesperada sobre su paradero y el bienestar, sólo parcialmente aclarada por la primera visita de agentes del FBI tres años después, en 2004. A pesar de que han recibido un puñado de cartas de él en Guantánamo, ninguno de la familia ha sido capaz de ver ni hablar a Binyam durante cinco años.

200. Según su testimonio, Binyam ha viajado voluntariamente a Afganistán en 2001 y pasó algún tiempo allí, probablemente varios meses, antes de cruzar a Pakistán y tratando de regresar al Reino Unido. Fue detenido por las autoridades paquistaníes en Karachi el aeropuerto el 10 de abril de 2002 por intentar viajar con un pasaporte falso. Dentro de los diez días de su arresto, fue interrogado por funcionarios estadounidenses. En caso de ejercitar su derecho a un abogado, y posteriormente, tras negarse a responder a las preguntas, los funcionarios estadounidenses están acusados
​​de haberle dicho: "La ley ha cambiado. No hay abogados. Puedes colaborar con nosotros el camino más fácil, o por las malas. Si usted no habla con nosotros, te vas a Jordania. No podemos hacer lo que queremos aquí, los paquistaníes no pueden hacer exactamente lo que queremos que hagan. Los árabes se ocupará de ti. "

201. Los interrogatorios iniciales en Karachi participan agentes paquistaníes, estadounidenses y británicos. Binyam nunca fue acusado de un delito en particular y me dijeron que los agentes del MI6 que "marchamos mi historia y me dijo que sabía que yo era un don nadie". Cuando fue dado de alta de la custodia paquistaní, sin embargo, no fue puesto en libertad. En cambio, los servicios de seguridad paquistaníes lo llevaron a un aeropuerto militar en Islamabad y lo entregó a los Estados Unidos.

202. Binyam testifica que fue sometido a su primera interpretación el 21 de julio de 2002. Él fue atacado por personas no identificadas "vestidos de negro, con máscaras, llevando lo que parecía botas Timberland". Él describe la forma en que "lo desnudaron, hicieron fotos, poner los dedos en el ano y le vistieron con un chándal. Estaba esposado, con los auriculares, y con los ojos vendados ", antes de verse obligado a un avión y volar a Marruecos. Los registros oficiales de vuelo obtenido por esta investigación muestran que el avión versión conocida, N379P, despegó de Islamabad el 21 de julio de 2002 y viajó a Rabat, Marruecos.

203. Binyam ha descrito diversos centros de detención secretos en el que se llevó a cabo en Marruecos, incluyendo una prisión que estaba sumergida "casi clandestina" y un lugar más higiénico en el que se colocó al parecer, para recuperarse de las lesiones sufridas por su tortura. Entre julio de 2002 y enero de 2004 Binyam fue torturado en numerosas ocasiones por un equipo de interrogadores y otros funcionarios, la mayoría de los cuales son marroquíes. Algunos de los funcionarios llevaban máscaras, mientras que otros no lo hicieron, por lo menos un interrogador, que se identificó como un canadiense, se cree que ha sido un agente de la CIA.



La referencia a algunos de los muchos documentos sobre técnicas de interrogatorio obtenidos por la ACLU en su serie de aplicaciones bajo la Ley de Libertad de Información.
En este sentido, los derechos de referencia Rights Watch informa de Temara en Marruecos, además de una amplia gama de cuentas de las ONG y los detenidos de la prisión oscura de Kabul.
Binyam ha dicho a su abogado que quería viajar a Afganistán para ver a los talibanes con sus propios ojos y decidir "si se trataba de un buen país islámico o no". Él también quería alejarse de una vida social en Londres, que giraba en torno a uso de drogas.



204. Parece que el objeto de la tortura fue quebrar la resistencia de Binyam, o para destruirlo física y psicológicamente, con el fin de obtener confesiones de él en cuanto a su implicación en actividades terroristas. Además del abuso sostenido y las amenazas, los torturadores utilizan la información, al parecer obtenido de fuentes de inteligencia, para indicar a Binyam que sabía mucho sobre él. Gran parte de la información personal - incluidos los detalles de su educación, sus amistades en Londres e incluso su entrenador de kickboxing - sólo podía tener su origen en la colusión en este proceso de interrogación por los servicios de inteligencia del Reino Unido. Dado que los objetivos a los que se ponen estos datos eran razonablemente previsibles, el suministro de esta información por las cantidades del Gobierno británico a la complicidad en la detención de Binyam y malos tratos.

205. Binyam ha descrito los malos tratos sufridos en Marruecos con su abogado en varias fases: una inicial de 'ablandamiento', 'círculo de la tortura "una rutina, y, finalmente, un' pesado 'que implica el abuso de tormento mental y la imposición de una lesión física. En las primeras semanas de su detención que fue suspendido en varias ocasiones de las paredes o techos, o con grilletes de lo contrario, y lo golpearon brutalmente: "Ellos entraron y esposaron mis manos detrás de mi espalda. Luego llegaron tres hombres con pasamontañas negros que sólo mostraban sus ojos ... Un pie en cada uno de mis hombros y el tercero me dio un puñetazo en el estómago. El primer golpe ... todo dentro de mí se volvió al revés. Sentí que iba a vomitar. Que estaba destinado a permanecer, sino que me dolía tanto que me caería de rodillas. Ellos me tire hacia atrás y me golpeó otra vez. Me habían patada en los muslos cuando me levanté. Acaban de darme una paliza de la noche ... me derrumbé y se fueron. Me quedé en el suelo durante mucho tiempo antes de que me cayó en la inconsciencia. Mis piernas estaban muertas. No me podía mover. Me vomitó y orinó sobre mí mismo. "

206. En el peor de los casos, la tortura de Binyam involucrados pelar desnudo y con un médico es escalpelo para hacer incisiones en todo el pecho y otras partes de su cuerpo: "Uno de ellos tomó mi pene en su mano y comenzó a hacer recortes. Lo hizo una vez y se quedó un minuto, observando mi reacción. Yo estaba en agonía, llorando, tratando desesperadamente de eliminar, pero yo estaba gritando. Deben tener hecho esto 20 a 30 veces, tal vez, en dos horas. Había sangre por todas partes. Le cortaron toda mis partes íntimas. Uno de ellos dijo que sería mejor simplemente lo cortaron, ya que sólo se reproducen los terroristas ".

207. Finalmente, Binyam comenzó a cooperar en sus sesiones de interrogatorio, en un esfuerzo para evitar ser torturado: "Dijeron que si usted dice esta historia tal y como lo lee, se acaba de ir a la corte como testigo y toda esta tortura se detendrá. Yo no podía más ... y finalmente repetir lo que han leído a mí. Me dijeron que me dicen que yo estaba con Bin Laden cinco o seis veces. Por supuesto que era falsa. Continuaron con dos o tres interrogatorios al mes. Ellos no eran realmente los interrogatorios - más como capacitaciones, formación de mí lo que quiere decir ".

208. Binyam dice que fue sometido a una segunda versión en la noche del 21-22 enero de 2004. Después de haber sido esposado, vendado y conducido durante unos 30 minutos en una camioneta, fue descargado en lo que él cree era un aeropuerto. Una vez más, la descripción coincide con el de Binyam "metodología" de las entregas se describe anteriormente en este informe: "No me hables. Me cortaron la ropa. No era una mujer blanca con gafas - que tomó las fotos. Uno de ellos tomó mi pene y ella tomó fotografías digitales. Cuando vio las heridas que tenía, se quedó sin aliento. Ella dijo: 'Oh, Dios mío, mira eso' ".

209. La segunda versión de Binyam Mohamed se llevó a cabo en el "circuito de entregas" que he identificado para esta primera vez en esta investigación. El N313P avión, operado en nombre de la CIA, se muestra en los datos oficiales que han volado desde Rabat a Kabul en las primeras horas del 22 de enero de 2004. Considero que este vuelo como una transferencia de detenidos ilegales, el transporte de Binyam Mohamed, de un centro secreto de detención a otro. Dos días más tarde, como parte del mismo circuito, el mismo avión había volado de vuelta a Europa y fue utilizado en la entrega de Khaled El-Masri.



Las referencias a las secciones de los circuitos de entregas y el caso concreto de El-Masri.





210. Prueba de Binyam Mohamed continuó en Kabul, Afganistán, donde se llevó a cabo en las instalaciones que se refiere como "La prisión de la oscuridad" durante cuatro meses. Las condiciones de detención en esa prisión a sí mismos a un trato inhumano y degradante. Además, posiciones de estrés forzado, la alteración del sueño, privación sensorial y otras reconocidas "técnicas de interrogación mejoradas" se sabe que están allí desplegadas sistemáticamente por el ejército de los Estados Unidos y sus socios. En varias ocasiones, de Binyam fue encadenado al suelo con los brazos suspendidos sobre su cabeza, tenía la cabeza golpeó contra la pared y se describe "la tortura por la música", con la participación de los sonidos del rap y el heavy metal fuerte, los truenos, los aviones que despegan, cacareando risas y sonidos de terror que equivalían a una "pesadilla perpetua".

211. Hasta su traslado en helicóptero a Bagram a finales de mayo de 2004, Binyam no se le permitió ver la luz del día. Fue interrogado insistentemente y le dijo sobre planes terroristas y actividades en las que se le acusa de participación. Fue sometido a los patrones alimenticios irregulares y "raro" sesiones con psiquiatras.

212. En un centro de detención en la Base Aérea de Bagram, Afganistán, Binyam se vio obligado a escribir una extensa declaración preparado por los estadounidenses. El contenido de la declaración es desconocido para nosotros. Binyam ha dicho a sus abogados que él escribió y firmó este documento en un estado de confusión mental completa: "Yo no me acuerdo [lo que escribí], porque para entonces sólo hice lo que me dijeron. Por supuesto, el momento en que se encontraba en Bagram les decía lo que querían oír. "

213. El caso de Binyam Mohamed es motivo suficiente para un cambio urgente y decisiva, por supuesto, en el esfuerzo internacional para superar el terrorismo. El Consejo de Europa es el deber de asegurar que las detenciones secretas, traslados ilegales entre Estados y el uso de la tortura está absolutamente prohibida y nunca recurrió a la vez.

214. Queda por ver si un proceso de la Comisión Militar decidirá a favor o en contra de Binyam Mohamed. El legado único cierto de este caso es el reconocimiento profundamente inquietante que un ser humano tiene, según sus propias palabras, ha sido completamente deshumanizado: "Lo siento, no tengo ninguna emoción al hablar del pasado, porque me han cerrado. Usted tiene que averiguar toda la parte emocional, yo soy una especie de muerto en la cabeza ".

4. Los lugares secretos de detención

215. Después de la publicación de las denuncias por el Washington Post y Human Rights Watch, centramos nuestra búsqueda en determinados sitios en Polonia y Rumania.

4,1. Las fotografías de satélite

216. Se obtuvo de la Unión Europea Centro de Satélites (CSUE) en Torreón una serie de fotografías satelitales de los lugares afectados, algunas tomadas en diferentes momentos. Hemos estudiado esto con la ayuda de un experto independiente.

217. Estas fotografías no constituyen una prueba concluyente. Con la ayuda del experto, hemos sido capaces de identificar varios lugares específicos en un aeropuerto civil y una base secreta de los servicios (en Polonia) y en aeródromos militares (en Rumania), que sería muy adecuado para la detención secreta de personas traídos del extranjero. Sin embargo, hay cientos de lugares igualmente favorables en toda Europa. A medida que el CSUE no tiene disponible, para la mayoría de los lugares en cuestión, las secuencias de fotografías que han demostrado si las estructuras físicas (cabañas, cercas, torres de vigilancia, etc) había sido alterado (agregado o desmontables) en ciertos momentos pertinentes, la fotografías de satélite no nos permiten llegar a conclusiones con un alto grado de certeza.



Muchas otras cuentas en el archivo de la Relatora se refieren a este establecimiento como la "prisión oscura" o "Cárcel de Disco".
Estos llamados "técnicas de interrogatorio mejoradas", que se consideran aceptables en el contexto de algunos interrogatorios por los estadounidenses, fueron expuestos por la ACLU en su solicitud conforme a la Ley de Libertad de Información. En particular, estas técnicas se detallan en un documento del FBI, disponible en www.aclu.org.
Véase más arriba, párr. 7.
Los siguientes sitios fueron capturados en las fotografías por satélite: Cataloi, Fetesti y Mihail Kogalniceanu en Rumania, y Szczytno / Szymany en Polonia.

Deshacer cambios



218. Por otro lado, se ha habilitado con nosotros para solicitar algunas aclaraciones de las delegaciones de Polonia y Rumanía. Todas las respuestas que hemos recibido, en mi opinión, muestran una falta de transparencia y auténtica voluntad de cooperar en las autoridades competentes.

4,2. Documentados los movimientos de aeronaves

219. Como se mostró anteriormente, la información recibida de Eurocontrol y algunas autoridades nacionales de control de tráfico aéreo, confirmada por testimonios, hace posible estar seguro de que algunos vuelos se realizaron entre los centros de detención conocidos y los lugares sospechosos en Polonia y Rumania. La posición geográfica de estos lugares que los hacen poco probable que se utiliza para recarga de combustible, el período que se pasa sobre el terreno en estos lugares por estos aviones, y en particular el hecho de que los desembarcos en las preguntas pertenecen al bien establecidos los circuitos de entregas ", nos permiten para sospechar que son o fueron los lugares de detención que forman parte de la "tela de araña" de la antes mencionada.

4,3. Cuentas de los testigos

220. Cuentas de los testigos a Amnistía Internacional que se vea muy probable que un lugar relativamente grande de la detención tuvo que ser ubicado en un país europeo, sin más detalles.

221. Un periodista que trabaja para la televisión alemana entrevistó a un joven afgano en Kabul, quien dijo que se había celebrado en Rumania. Este testigo, muy asustada y no quiere dar una prueba directa de un miembro de mi equipo, se informó de que ha sido informado por un guardia a quien se había quejado de sus condiciones de detención que tuvo suerte en el hecho de estar en Rumanía.

222. Recordemos también - como se ha mencionado en mi nota informativa en enero de 2006 - que de acuerdo a un fax enviado por el Ministerio egipcio de Asuntos Europeos de la embajada egipcia en Londres e interceptado por los servicios de inteligencia suizos, estos centros existieron en Rumania, Bulgaria, Macedonia, Kosovo y en Ucrania.

223. Ambas fuentes de dentro de la CIA que se refiere el diario The Washington Post, ABC y Human Rights Watch se dice que han llamado Polonia y Rumanía, pero sin indicar los lugares específicos.

4,4. Evaluación

224. Si bien hasta la fecha, no hay evidencia en el sentido formal del término ha salido a la luz, muchos elementos coherentes y convergentes proporcionan una base para afirmar que estos secretos de la CIA han hecho los centros de detención existían en Europa, y hemos visto que los indicadores señalan varios en estos dos países. Como se explicó antes, si estos elementos no son pruebas, son suficientemente graves como para invertir la carga de la prueba: lo es ahora para los países en cuestión para hacer frente a sus 'obligaciones positivas de investigar los hechos, para evitar poner en peligro la credibilidad de sus negaciones.



En el caso de Polonia, que hemos detectado, en un campo de aviación dijo que no se han utilizado con fines militares desde el final de la Segunda Guerra Mundial, una valla muy bien mantenido en torno a una doble estructura que contiene identificado como bunkers de municiones. Nuestra pregunta en cuanto a la razón para mantener la valla doble en perfecto estado no recibió una respuesta convincente. Cuando Rumania se refiere, las autoridades primero afirmó que las obras de construcción en las bases aéreas en cuestión se están llevando a cabo simplemente para mantener la infraestructura existente, y sólo cuando la cuestión se planteó de nuevo, respaldado por la secuencia de fotos única en un solo sitio disponible para nosotros, claramente que muestra la construcción de un nuevo hangar y una extensión de la zona de estacionamiento de aeronaves, que las autoridades rumanas confirmaron que algunas nuevo edificio también se había hecho.
Véase el párrafo. 52 por encima
Véase el párrafo. 184 supra, el caso del Sr. Bashmila y el Sr. Ali Qaru.
Ashwin Raman, uno de los creadores de un documental de ARD se muestra en el canal ARD el 1 de marzo de 2006 y el SWF el 8 de marzo.
Nota informativa de fecha 22 de enero de 2006, párr. 5 y 52
Ibid, véase el párrafo. 7.



5. Detenciones secretas en la República de Chechenia

225. A pesar de violaciónes masivas de los derechos humanos en Chechenia se inició y se denunciaron mucho antes de "tela de araña" de América fue tejida, es lamentable y preocupante observar que las dos principales potencias mundiales citan la lucha contra el terrorismo como una razón para abandonar el principio de respeto de los derechos fundamentales. Esto crea un mecanismo de "justificación recíproca" y constituye un ejemplo deplorable para otros estados.

226. No es posible hablar de centros secretos de detención en el Consejo de Europa, los Estados miembros, sin mencionar Chechenia. Informe muy reciente el señor Bindig también señala que no sólo los numerosos casos de desaparición forzada y tortura, sino también la existencia de centros secretos de detención.

5,1. El trabajo del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT)

227. La situación en Chechenia, donde los lugares de detención no oficiales se refiere, ya ha sido duramente criticado por el CPT en dos declaraciones públicas a las que me he referido en mis notas de información de diciembre de 2005 y enero de 2006. Las posiciones expresadas en el mismo no podría ser más claro, pero el Comité de Ministros del Consejo de Europa aún no ha dado la atención que merecen. Durante una visita reciente a la región, en mayo de 2006, una delegación del Comité una vez más tenía motivos para creer que los lugares que puedan servir como lugares de detención no oficiales se encontraban en la región.

5,2. Condenando los recientes relatos de testigos

228. Aaron Rhodes, Director Ejecutivo de la Federación Internacional de Helsinki para los Derechos Humanos (IHF), escribió una carta abierta que me dirigió el 12 de mayo de 2006 acompañado de un informe elaborado por la IHF, con la ayuda de Rusia las organizaciones no gubernamentales activas en la región, que contiene las cuentas condenatorias por las víctimas de detención secreta, que también había sufrido la tortura, a menudo seguidos de desaparición forzada, en la región del Cáucaso Norte. Muchos de estos casos se atribuyeron a la Kadyrovtsi, la milicia bajo el mando directo del actual Primer Ministro de la República de Chechenia, Ramzan Kadyrov. De acuerdo con varios de estos relatos, algunos lugares utilizados como lugares de detención no oficiales se encontraban en Tsentoroy, el pueblo donde se originó la familia de Kadyrov.

229. La preocupación por la credibilidad de nuestra organización significa que estas denuncias merecen ser investigados en la misma forma que las violaciónes cometidos por los servicios estadounidenses, sobre todo en la República de Chechenia se encuentra en el territorio de un Estado miembro del Consejo de Europa.



Ver las dos declaraciones públicas relativas a la República de Chechenia, [CPT / Inf (2001) 15] y [CPT / Inf (2003) 33], disponible en: http://www.cpt.coe.int/documents/rus/2001~~HEAD=NNS -07-10-eng.htm
y http://www.cpt.coe.int/documents/rus/2003-33-inf-eng.htm
Cf. CPT comunicado de prensa: http://www.cpt.coe.int/documents/rus/2006-05-09-eng.htm. Excepcionalmente, una visita del CPT se interrumpió cuando el acceso a la aldea de Tsentoroy (Khosi-Yurt), en el sureste de Gudermes, se le negó el 1 de mayo de 2006, la visita se reanudó al día siguiente, cuando la delegación tuvo acceso a la aldea a principios de la tarde.
Véase la carta titulada: "prisiones secretas en Europa debería ser motivo de preocupación para el Consejo de Europa", escrito por Aaron Rhodes, IHF, 12 de mayo de 2006; http://www.ihf-hr.org/documents/doc_summary.php? sec_id = 3 & d_id = 4249.
Véase la nota 82 (supra).





6. La actitud de los gobiernos

230. No hay que decir que la mayoría de los gobiernos no parece particularmente ansioso de demostrar los hechos alegados. El cuerpo de la información recogida, es poco probable que los estados europeos eran totalmente inconscientes de lo que estaba sucediendo, en el contexto de la lucha contra el terrorismo internacional, en algunos de sus aeropuertos, en su espacio aéreo o en las bases estadounidenses situadas en su territorio. En la medida en que no sabía, no quería saber. Es inconcebible que algunas operaciones llevadas a cabo por los servicios estadounidenses podría haber tenido lugar sin la participación activa, o al menos la connivencia, de los servicios de inteligencia nacionales. Si este fuera el caso, se podría justificar en serio cuestionamiento de la eficacia, y por lo tanto la legitimidad de tales servicios. La principal preocupación de algunos gobiernos era claramente para no molestar a sus relaciones con los Estados Unidos, un socio importante y aliado. Otros gobiernos aparentemente trabajan en el supuesto de que cualquier información obtenida a través de sus servicios de inteligencia no se supone que se conoce.

231. El caso más preocupante - porque es la mejor documentada - es probablemente la de Italia. Como hemos visto, las autoridades judiciales de Milán y la policía han sido capaces, gracias a una investigación muy competente e independiente, para reconstruir en detalle la entrega extraordinaria del imán Abu Omar, secuestrado el 17 de febrero de 2003 y entregado a las autoridades egipcias. Las autoridades judiciales han identificado 25 personas responsables de esta operación montada por la CIA, y han emitido órdenes de arresto contra 22 de ellos. El entonces ministro de Justicia, de hecho, usó sus poderes para impedir el trabajo de las autoridades judiciales: así como el retraso de las solicitudes de envío de asistencia judicial a las autoridades estadounidenses, que se negó categóricamente que transmita las órdenes de arresto contra 22 ciudadanos estadounidenses. Peor aún: el mismo ministro de Justicia acusó públicamente a la magistratura de Milán de atacar a los cazadores de terroristas en lugar de los propios terroristas. Por otra parte, el Gobierno italiano ni siquiera consideró necesario solicitar a las autoridades estadounidenses para obtener explicaciones sobre la operación llevada a cabo por agentes estadounidenses en su propio territorio nacional, o para quejarse del hecho de que el secuestro de Abu Omar arruinó una importante operación antiterrorista es llevada a cabo por el poder judicial y la policía de Milán. Como dije en mi exposición de enero 2006, es poco probable que las autoridades italianas no estaban al tanto de esta operación a gran escala de la CIA. Como se mencionó anteriormente (2.3.2.4), la investigación en curso demuestra que las autoridades italianas tomaron parte directamente en el secuestro de Abu Omar y que los servicios de inteligencia estaban involucrados.







Legislación de algunos Estados "expresamente prohíbe el uso o la liberación de la información recopilada por sus servicios de inteligencia. Este es el caso de Hungría, por ejemplo.
El artículo 4 del tratado de extradición entre Estados Unidos e Italia también se prevé la extradición de los nacionales de cada país. Cabe añadir, sin embargo, que los warrants emitidos por la justicia italiana son exigibles en los países de la UE, como órdenes europeas de detención no tiene que ser transmitido por el Ministerio a través de canales diplomáticos.
Agencia ANSA, 27 de febrero de 2006, ampliamente publicadas en la prensa italiana.





232. En un esfuerzo por ser imparcial, yo también discutir el ejemplo de mi propio país, Suiza. Como veremos, un número de aeronaves que se describe como sospechosa y se menciona en los cuestionarios enviados a los Estados miembros aterrizaron en Ginebra (y Zurich, como Amnistía Internacional investigaciones mostraron posteriormente). Los Estados Unidos no respondió a las peticiones de las autoridades suizas para las explicaciones de varios meses. Unas pocas horas antes de la liquidación anual de las aeronaves que vuelen en nombre del Gobierno estadounidense para sobrevolar el territorio de Suiza iba a expirar, un funcionario estadounidense al parecer dio un suizo representante de la Embajada en las garantías de Washington verbales que los Estados Unidos ha respetado la soberanía de Suiza y que no había transportado los presos a través de espacio aéreo suizo, por tanto, simplemente reiterando la declaración hecha por Rice en Bruselas, el 5 de diciembre de 2005. Esta seguridad fue muy tardía y, sobre todo, no es particularmente creíbles a la luz de los hechos establecidos: las autoridades judiciales italianas han establecido, sobre la base de alguna evidencia muy convincente, que Abu Omar, secuestrado en Milán el 17 de febrero de 2003, fue volar el mismo día de la base de Aviano a la base de Ramstein, en Alemania, en tránsito por el espacio aéreo suizo, este vuelo ha sido confirmado, además, por los controladores aéreos suizos. La investigación italiana también establece que el jefe de la operación de Milán se había quedado en Suiza. El Gobierno suizo ignoró deliberadamente estas acusaciones - a pesar de su carácter detallado y serio con claridad - y se conformó con esa respuesta vaga, un tanto informal de un funcionario. Se ha adoptado una posición formal, alegando que no tenía ninguna prueba y, en virtud del derecho internacional, tenía que confiar en el principio de confianza. Evidentemente, desea renovar la autorización de sobrevuelo, que rápidamente se hizo sin hacer más preguntas. La Fiscalía ha Confederal, sin embargo se abrió una investigación preliminar para determinar si se han producido violaciónes de la ley bajo la jurisdicción suiza en el caso de Abu Omar. Al mismo tiempo, la Fiscalía Militar ha comenzado una investigación encaminada a identificar y castigar al perpetrador (s) de la fuga que permite el fax egipcio interceptado por los servicios de inteligencia que se hagan públicos. Los periodistas que han publicado este también están siendo procesados, sobre la base de las normas cuya compatibilidad con los principios de la libertad de la prensa en un sistema democrático parece muy dudoso. Una revelación hecha en estos días reaviva las críticas dirigidas a las autoridades, que están acusados ​​de la obediencia servil hacia Estados Unidos: de acuerdo con informes de prensa, al parecer, sobre la base de fuentes bien informadas, las autoridades suizas se dice que deliberadamente no se pudo ejecutar una organización internacional orden de detención presentada por las autoridades judiciales italianas tras el secuestro de Abu Omar en febrero de 2003. Robert Lady, el jefe de los detalles buscado por la policía, que estaba en el momento a cargo de la CIA en Milán, con título y la condición de Cónsul de los Estados Unidos, se dice que se quedó en Ginebra hace muy poco tiempo, la policía tenía recibido la orden de llevar a cabo una vigilancia más que discreta.

233. El principio de la confianza también ha sido invocado por otros gobiernos. Este es el caso de Irlanda, por ejemplo: el gobierno ha declarado que no había razón para investigar la presencia de aviones estadounidenses, ya que Estados Unidos había dado garantías. En Alemania, el gobierno y los partidos de gobierno se opuso - en
última instancia, en vano - la creación de una comisión de investigación parlamentaria, a pesar de las importantes cuestiones que se plantean sobre el papel de los servicios de inteligencia, particularmente en el caso del secuestro de El Masri. Por último, en noviembre de 2005 envié una solicitud de información al embajador de Estados Unidos (un observador ante el Consejo de Europa). El Embajador respondió enviando a mí la declaración pública hecha por el Secretario de Estado norteamericano, el 5 de diciembre de 2005. En particular, este último había declarado que los Estados Unidos no había violado la soberanía de los estados europeos, que 'entregas extraordinarias' se había salvado vidas humanas y que no hay presos habían sido trasladados a los efectos de la tortura. Los ministros europeos, reunidos en el marco de la OTAN, se apresuró a declararse satisfechos con estas garantías. O casi.



234. Cabe señalar que algunos gobiernos han asistido en forma deliberada 'entregas extraordinarias'. Esto es especialmente efectiva con respecto a Bosnia y Herzegovina, que ha dejado seis personas a las fuerzas estadounidenses fuera de cualquier procedimiento legal, según lo establecido por las autoridades judiciales nacionales, como hemos señalado anteriormente. Esto sin duda merece ser subrayado y dio la bienvenida. Es cierto que el Gobierno de Bosnia y Herzegovina fue lamentablemente no todo determinado, pero no hay que olvidar que esta joven república había sido fuertemente presionado por una gran potencia presente en su territorio. Ya hemos criticado a las autoridades macedonias, que se han encerrado en la negación categórica sin haber llevado a cabo ninguna investigación seria. Suecia también ha prestado dos solicitantes de asilo a los agentes estadounidenses de 'entrega' a las autoridades egipcias, como formalmente condenado por el Comité de la ONU contra la Tortura. Las autoridades suecas, a pesar de la condena internacional y las peticiones parlamentarias en este sentido todavía tienen que iniciar una investigación adecuada sobre estos hechos.

235. Cuando las notas anteriores, que establecen resúmenes provisionales, se publicaron, las críticas se expresaron que de los testimonios que se refiere principalmente a los informes de las ONG y las cuentas relacionadas en la prensa. Cabe señalar que sin la labor realizada por estas organizaciones y las investigaciones de los periodistas competentes y tenaz, no estaríamos hablando de este asunto - que, ya nadie puede poner en duda, tiene alguna base en la realidad - en la actualidad. De hecho, los gobiernos no de forma espontánea o de forma autónoma tomar ninguna medida real para buscar evidencia de las acusaciones, a pesar de su carácter serio y detallado. Los críticos incluyen a aquellos que, teniendo en cuenta sus posiciones actuales o anteriores y las responsabilidades, podría haber ayudado a establecer la verdad. Por otra parte, es sorprendente que algunos países ejercer presión sobre los periodistas de no publicar ciertos artículos de prensa (ya he mencionado los casos de la ABC y el Washington Post) o procesado para ellos la publicación de documentos considerados confidenciales. Tal celo habría sido mejor empleado en tratar de averiguar la verdad - un requisito fundamental en una democracia - y el enjuiciamiento de los culpables de cometer o tolerar cualquier tipo de abuso, tales como secuestros ilegales u otros actos contrarios a la dignidad humana.

236. La actitud de la administración estadounidense a las preguntas que se plantean en Europa acerca de las acciones de la CIA fue, una vez más, claramente de manifiesto durante la visita de determinación de hechos a los Estados Unidos por una delegación de la comisión temporal del Parlamento Europeo (TDIP): respuestas pocas o ninguna se atención a las numerosas preguntas. Ya he hablado de la respuesta a mi petición del embajador de Estados Unidos al Consejo de Europa (3.1.4). Es obvio que si las autoridades estadounidenses no siempre proponer la excepción de secreto por razones de seguridad nacional, sería mucho más fácil establecer la verdad. Nos parece que hoy en día, este secreto ya no está justificada. En una sociedad libre y democrática, es mucho más importante para establecer la verdad sobre las numerosas denuncias de graves violaciónes de los derechos humanos, muchos de los cuales se ha comprobado que, en gran medida.





Como condenado por el Comisario del Consejo de Europa para los Derechos Humanos en su declaración sobre la "lucha contra el terrorismo por medios legales", publicados en la Web del Consejo de Europa el 3 de abril de 2006.
En particular, esto es lo que sucedió a los dos periodistas suizos que, a principios de enero de 2006, publicados el contenido del fax egipcio interceptado por los servicios de inteligencia suizos, mencionando la existencia de centros de detención en Europa del Este. Los dos periodistas han publicado un libro describe las circunstancias por las que entraron en posesión del documento: Sandro Brotz, Beat Jost, de la CIA en Europa Gefängnisse - Fax Die-und ihre Folgen Ganga, Orell Füssli, 2006.





7. Casos individuales: los procesos judiciales en curso

7,1. Un ejemplo positivo: la oficina de la fiscalía de Milán pública (Abu el caso de Omar)

237. En este caso, las autoridades judiciales italianas y la policía han demostrado gran competencia y la independencia notable frente a las presiones políticas. Una competencia e independencia ya ha demostrado durante los años trágicos manchadas de sangre por el terrorismo. La oficina del fiscal público de Milán, fue capaz de reconstruir en detalle un caso claro de "entregas extraordinarias" y un ejemplo lamentable que la falta de cooperación internacional en la lucha contra el terrorismo. Como ya he dicho, las autoridades judiciales italianas han dado órdenes internacionales de detención contra 22 funcionarios estadounidenses. Además, la investigación en curso parece estar en el proceso de mostrar que los operarios que pertenecen a los servicios italianos han participado en la operación.

7,2. Un tema que merece mayor atención: el de Munich (El-Masri caso) y Zweibrücken (Abu el caso de Omar) de las fiscalías

238. El alemán sistema de justicia le dio su atención en el caso Abu Omar y El-Masri, en términos de un proceso penal por secuestro contra personas desconocidas. En el caso mencionado en primer lugar, la cooperación normal, se llevó a cabo en la oficina del fiscal de Milán pública. Como ya he dicho, en mi exposición de la información de enero de 2006, la oficina de la fiscalía de Zweibrücken se toparon con una total falta de cooperación por parte de las autoridades estadounidenses, que se negaron a proporcionar cualquier información sobre lo que había sucedido en la base de Ramstein.

239. Cuando el segundo caso se refiere, ya he dado alguna información que demuestre que determinadas medidas de investigación serios ya se han tomado y que todavía queda mucho por hacer, especialmente en relación con los testigos citados por él y para aclarar el posible papel desempeñado por la varios servicios de inteligencia alemanes.

7,3. Otra cuestión que requiere mayor atención: la Rawi y Al caso de El Banna

240. Cuando el caso de Al Rawi y Banna El se refiere, el sistema británico de la justicia ha tenido que hacer frente a una solicitud presentada por los familiares de las personas afectadas de intentar obligar al gobierno del Reino Unido que interceda ante el gobierno de EE.UU. para obtener la liberación de ambos hombres, que todavía están detenidos en Guantánamo. Fue en el marco de este procedimiento que los telegramas que prueban que el MI5 estuvo involucrado en la detención de los dos hombres en Gambia entró en el dominio público. Tras el procedimiento se inició, las autoridades del Reino Unido accedió a interceder por el señor Al Rawi, pero no en la de su compañero de los detenidos, el Sr. El Banna, a pesar de haber sido detenido por las mismas razones, con la asistencia de los servicios de Reino Unido. En mayo de 2006, el recurso fue desestimado por el tribunal de primera instancia.

241. En vista de las circunstancias que han llevado a la detención de estos dos hombres, el puede pensar que el gobierno del Reino Unido es bajo por lo menos una obligación moral y política para hacer todo lo posible para interceder activamente para lograr su liberación de Guantánamo de manera que que puedan regresar al país.

7,4. Suecia: ¿qué sigue en el caso de Agiza y Alzery?

242. Suecia fue condenado por el Comité de la ONU contra la Tortura en relación con el caso del Sr. Agiza y el Sr. Alzery, lo que condujo a una investigación realizada por el Defensor del Pueblo, el Sr. Mats Melin. Señaló que una investigación preliminar por las autoridades judiciales habían culminado en la conclusión del procedimiento.

243. De acuerdo con algunas críticas, que no parecen infundadas, diferentes aspectos de la cuestión hay que seguir investigando. Esta extradición encubierta, sin posibilidad de apelación y el control judicial, y los malos tratos en el aeropuerto de Bromma, todavía en el suelo, debajo de los ojos de los funcionarios suecos, así como la información incompleta de las Naciones Unidas-CAT son asuntos serios que requieren que toda la verdad expuesta.





He hablado con el fiscal jefe el Sr. Spataro durante varias horas y me gustaría darle las gracias por ser tan generoso con su tiempo.
En el párrafo. 162
En el párrafo. 103
Véase más arriba, párr. 152



7,5. España

244. La oficina del Palma de Mallorca, el fiscal ha iniciado una investigación a raíz de la transmisión de un archivo de la Guardia Civil con los nombres de los pasajeros en el avión que despegó desde el aeropuerto local con destino a Skopje, donde fueron más probable es que se adhiere el señor El-Masri y trasladado a Afganistán.

7,6. La reclamación del Sr. El-Masri en los Estados Unidos

245. Con la ayuda de la American Civil Liberties Union, el señor El-Masri, ha emprendido una acción judicial en Alexandria, en Virginia, en busca de una compensación de la CIA. El 19 de mayo de 2006, su reclamación fue desestimada por el tribunal de primera instancia, sin pronunciamiento sobre el fondo de su solicitud, ya que el tribunal aceptó el argumento del gobierno de EE.UU. de que continúe el proceso tendría que poner en peligro la seguridad nacional. En el curso del juicio, los métodos secretos de la CIA de hecho se convertiría en objeto de debate ante el tribunal.

8. Las investigaciones parlamentarias

246. Ya en enero, que se llama a los parlamentos nacionales a formular preguntas a sus gobiernos y para iniciar las investigaciones, en su caso, para aclarar el papel de los gobiernos europeos en este asunto. Un gran número de preguntas se plantearon de hecho, en los parlamentos de los numerosos Consejo de Europa, los Estados miembros, y esto es muy agradable. Desafortunadamente, las respuestas de los gobiernos eran casi sin excepción, vaga y poco concluyente. Los parlamentos de Alemania y Reino Unido fueron particularmente activos, mientras que las reacciones parlamentarias en tres de los principales países afectados por las acusaciones de que son objeto de este informe (Polonia, Rumania y "la ex República Yugoslava de Macedonia") fueron particularmente débiles, si no inexistente .

8,1. Alemania

247. Diputados de la oposición en Alemania, aunque pocos en número desde las últimas elecciones, han puesto numerosas preguntas a su gobierno. Las respuestas fueron muy general en todos los casos. El gobierno sistemáticamente se escondió detrás de la responsabilidad del comité de supervisión parlamentaria (parlamentarisches Kontrollgremium, conocida como la PKG) para tratar asuntos relacionados con las actividades de los servicios secretos. Una serie de cuestiones relacionadas con el objeto de este informe han sido efectivamente discutido dentro de la PKG, pero la memoria detallada del Gobierno a este grupo muy selecto, que trabaja en secreto muy cuidadosamente mantenida, fue clasificado como "secreto". El presidente de la comisión, el Sr. Röttgen (CDU), en respuesta a mi solicitud, me envió la versión "pública" de este informe, que es, francamente, no es muy informativo y no mencionar los casos individuales planteados por los medios de comunicación. El gobierno trató de evitar la creación de una comisión de investigación mediante el envío de todos los miembros del Bundestag, una versión más informativo, clasificado como "confidencial", que también contiene algo de información sobre algunos de los casos individuales antes mencionadas. Ante la insistencia de los tres partidos de la oposición, una comisión de investigación sin embargo ha sido creado, y comenzó a trabajar en mayo. Su mandato incluye la investigación de las denuncias de connivencia entre las autoridades alemanas y la CIA en el caso del Sr. El-Masri. En resumen, el Bundestag ha sido muy activo, animado por los partidos de la oposición, en particular.



Tengo en mi poder una copia de esta lista, pero no tengo ninguna información sobre el estado en cuestión.
Me gustaría dar las gracias a la ACLU de presentar la documentación detallada sobre este caso a mi disposición.
Me gustaría dar las gracias no sólo a nuestro Comité colega Sabine Leutheusser-Schnarrenberger (liberal), sino también el Sr. Stroebele (Partido Verde), por la información que han proporcionado regularmente a mí en este tema.
Lo mismo puede decirse de las respuestas dadas por los gobiernos cuestionados por otros miembros de sus Parlamentos, como los de Bélgica, el Reino Unido, Suecia e Irlanda.
Los nombres de las personas que estuvieron representados por sus iniciales. Véase la nota 92 supra en relación con mi acercamiento a las versiones "confidenciales" y "secreto" de este informe.
He sido invitado a dirigirme a este Comité en el futuro cercano.





8.2 El Reino Unido

248. Nuestro trabajo en relación con el Reino Unido se benefició en gran medida de los esfuerzos de una gran variedad de interlocutores, a quienes me gustaría saludar en este informe. El Parlamento del Reino Unido no ha establecido todavía una investigación formal sobre la posible participación británica en los abusos cometidos por los Estados Unidos en el curso de la "guerra contra el terror", pero ha habido varias iniciativas dignas de mención parlamentarias destinadas a ampliar el debate público y fomentar una mayor apertura.

249. El año pasado, una de las comisiones permanentes del Parlamento del Reino Unido, el Comité Conjunto de Derechos Humanos (JCHR), inició una investigación sobre cumplimiento de Reino Unido con la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura. Como parte de su mandato, el Comité examinó varias cuestiones de interés para esta investigación, incluyendo el uso de garantías diplomáticas y la práctica de "entregas extraordinarias".

250. El JCHR llevó a cabo una serie de sesiones de pruebas, con los ministros del Gobierno del Reino Unido, así como representantes de organizaciones no gubernamentales. Los miembros de mi equipo, en una visita a Londres en marzo de 2006, se reunió con un especialista de la Comisión JCHR y asistió a la sesión de pruebas con el Ministro del Reino Unido de Estado para las Fuerzas Armadas, Excmo. Excmo. Adam Ingram. En su informe sobre el cumplimiento del Reino Unido con UNCAT publicado el 26 de mayo de 2006, el JCHR reconoció las "crecientes llamados para una investigación pública independiente" en el Reino Unido, pero al final decidió que tal investigación sería "prematuro" hasta que las investigaciones del propio Gobierno han sido dado la oportunidad de publicar con la "información detallada necesaria".

251. Mientras tanto, un órgano ad hoc conocido como el "de todos los partidos del Grupo Parlamentario (APPG) sobre las entregas extraordinarias", ha participado miembros del Parlamento del Reino Unido pertenecientes a todos los partidos políticos. El martes 28 de marzo, los miembros de mi equipo asistió a la sesión de la APPG la información sobre los casos de Bisher Al-Rawi y Jamil El Banna, que contó con el testimonio de los dos representantes legales de los hombres, parlamentarios y miembros de la familia. En esta sesión se estimuló el interés considerable de los medios en el caso y coincidió con la publicación de telegramas de Estado pasó a la CIA antes de la entrega de los hombres. Quiero dar las gracias al Presidente de la APPG, Andrew Tyrie MP, junto con su personal dedicado, por su valioso apoyo.

8,3. Polonia: una investigación parlamentaria, llevada a cabo en secreto

252. Una investigación parlamentaria sobre las denuncias de que una "prisión secreta" existe en el país ha llevado a cabo a puerta cerrada en Polonia. Las promesas hechas previamente no obstante, su trabajo nunca se ha hecho pública, excepto en una conferencia de prensa para anunciar que la investigación no había encontrado nada malo. En mi opinión, este ejercicio fue insuficiente en términos de la obligación positiva de realizar una investigación creíble de las denuncias creíbles de graves violaciónes de los derechos humanos.





En este sentido, me gustaría hacer una mención especial de la tregua la organización con sede en Londres no gubernamental, que han apoyado a mi equipo, proporcionando contactos, ideas y materiales de investigación relativas a los casos en los que trabajan.
Por ejemplo, el 6 de marzo de 2006, el JCHR escuchó el testimonio de la Procuraduría General y Ministro de Estado en el Departamento de Asuntos Constitucionales, Harriet Harman, junto con otros funcionarios de su departamento. Una transcripción corregida de la reunión está disponible en línea en:
http://www.publications.parliament.uk/pa/jt200506/jtselect/jtrights/uc701-iii/uc70102.htm
El 21 de noviembre de 2005, el JCHR escuchó el testimonio de Human Rights Watch, Amnistía Internacional y la reparación. Una transcripción corregida de la reunión está disponible en línea en:
http://www.publications.parliament.uk/pa/jt200506/jtselect/jtrights/uc701-i/uc70102.htm
El informe completo está disponible en línea en: http://www.publications.parliament.uk/pa/jt200506/jtselect/jtrights/185/18502.htm; un registro completo de las pruebas oral y escrita se publicó en un volumen aparte, disponible en:
http://www.publications.parliament.uk/pa/jt200506/jtselect/jtrights/185/185-ii.pdf.
Vea la sección del informe que trata estos casos, a 3.5.



8,4. Rumanía y "la ex República Yugoslava de Macedonia": no hay investigación parlamentaria

253. Que yo sepa, no hay ninguna investigación parlamentaria se ha producido en uno u otro país, a pesar del carácter particularmente grave y concreto de las denuncias formuladas contra ambos. Lo que es más, el comité que supervisa los servicios secretos de "la ex República Yugoslava de Macedonia", dejó de operar hace tres años, y esto es especialmente preocupante en un país donde los servicios secretos no hace mucho tiempo jugó un papel muy importante y controvertido .

9. Compromiso con la lucha contra el terrorismo

9,1. Lucha contra el terrorismo: una necesidad absoluta

254. La lucha contra el terrorismo es, sin duda, una prioridad para todos los gobiernos y, sobre todo, para que la comunidad internacional en su conjunto. El uso del terror, ya que trabajan principalmente como un arma contra los gobiernos individuales, se ha convertido cada vez más un medio de atacar a un modelo político y social, y de hecho un estilo de vida y de la civilización representada por gran parte del planeta. El terrorismo ha adquirido una connotación internacional claro en los últimos años, y también ha aprovechado el enorme progreso tecnológico en los campos de los brazos, las telecomunicaciones y la movilidad. En consecuencia, es vital para coordinar la lucha contra el terrorismo a nivel internacional.

255. Tiene que ser dicho, sin embargo, que hay deficiencias todavía significativos en este tipo de coordinación, y que demasiado a menudo depende de la buena voluntad, sino también el carácter arbitrario de los servicios de inteligencia. La comprensión de este fenómeno, sus estructuras, los recursos a su disposición y sus líderes es esencial para hacer frente a la amenaza terrorista con éxito. Los servicios de inteligencia por consiguiente, desempeñan un papel importante e insustituible. Ese papel debe, sin embargo, precisar y delimitar dentro de un marco institucional bien definido en consonancia con los principios del imperio de la ley y la legitimidad democrática. Esto también requiere de mecanismos eficaces de supervisión, la evidencia en cuestión ha puesto de manifiesto fallas alarmantes en dichos mecanismos. Es un hecho bien conocido que los distintos servicios de inteligencia estadounidenses y europeos han puesto en marcha grupos de trabajo e intercambiaron información. Esta iniciativa sólo puede ser bienvenida. Los acontecimientos de los últimos años muestran, sin embargo, que la coordinación internacional sigue siendo muy insuficiente. El secuestro de imán de Milán es emblemático en este sentido: la operación por agentes de la CIA arruinó los esfuerzos de la justicia italiana y la policía, que estuvieron involucrados en una gran investigación antiterrorista dirigida, precisamente, la mezquita de Milán.

256. Las respuestas de los gobiernos de los mismos y, especialmente, su silencio es un indicio revelador de que los servicios de inteligencia parecen cada vez más a trabajar fuera del ámbito de aplicación de adecuados mecanismos de control. La forma en que los servicios estadounidenses fueron capaces de operar en Europa, llevando a cabo varios cientos de vuelos y el transporte de personas ilegalmente detenidas sin ningún tipo de control, sólo puede apuntar a la participación o connivencia de varios servicios europeos - o, alternativamente, la incompetencia increíble, un escenario que , francamente, es difícil de prever. En efecto, todo parece indicar que los servicios estadounidenses se les dio margen de maniobra y se deja actuar a su antojo, a pesar de que no hubiera sido posible de no ser conscientes de que sus métodos eran incompatibles con los sistemas jurídicos nacionales y las normas europeas relativas al respeto de la los derechos humanos. Esta pasividad por parte de los gobiernos europeos y los departamentos administrativos es preocupante, y tal descuido, laisser-faire indigna actitud.





Respuesta del Parlamento de la ex República Yugoslava de Macedonia (Sobranie) al cuestionario de la Comisión TDIP temporal del Parlamento Europeo. Disponible en: www.statewatch.org/~~V «entregas.
Este hecho fue confirmado expresamente por mandato de los fiscales de Milán, durante su comparecencia ante la comisión temporal del Parlamento Europeo en Bruselas el 23 de febrero de 2006.
En una entrevista con la revista alemana Die Zeit, el 29 de diciembre de 2005, el Sr. Michael Scheuer, ex jefe de "Bin Laden" de la CIA, la unidad y uno de los arquitectos de la "entrega" sistema más desarrollados durante la presidencia de Bill Clinton y con su acuerdo, declaró que la CIA estaba en su derecho de romper todas las leyes, excepto la ley estadounidense. Ver también Michael Scheuer, ex jefe de la Unidad Bin Laden de la CIA contra el terrorismo Centro, supra nota 19.



257. El Consejo de Europa ya ha tenido la oportunidad de expresar con claridad su preocupación por ciertas prácticas que han sido adoptadas, en particular en la lucha contra el terrorismo, tales como el encarcelamiento indefinido de los extranjeros y que ningún cargo preciso y sin acceso a un tribunal independiente, degradantes el tratamiento durante los interrogatorios, la interceptación de comunicaciones privadas sin posteriormente informar a los interesados ​​la extradición, a los países dispuestos a aplicar la pena de muerte o el uso de la tortura y la detención o el asalto a la base de activismo político o religioso, que son contrarias al Convenio Europeo de Derechos Humanos (STE n º 5) y sus Protocolos, el Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura y los Tratos Inhumanos o Degradantes (STE n º 126), y la Decisión marco del Consejo de la Unión Europea.

9,2. La fuerza de la unidad y de la ley

258. La Asamblea Parlamentaria ya ha expresado sus puntos de vista muy claramente: se comparte sin reservas la determinación de los Estados Unidos para combatir el terrorismo internacional y apoya plenamente la importancia de la detección y prevención de los delitos de terrorismo, enjuiciar y castigar a los terroristas y la protección de vidas humanas. Esta determinación también debe ser compartida por toda Europa. En 1986, la Asamblea lamentó la postergación de los Estados europeos en la reacción multilateral a la amenaza terrorista, y la ausencia hasta el momento presente de un conjunto coherente y vinculante de medidas coordinadas adoptadas de común acuerdo. A pesar de los años transcurridos y el desarrollo espectacular de esta amenaza, ningún progreso significativo ha sido realmente hizo. Es más necesario que nunca para ampliar este conjunto coherente y vinculante de las medidas coordinadas a Europa y otras partes del mundo, empezando por los Estados Unidos. El enfoque de simplemente salir de los Estados Unidos a la misma y fingiendo no saber lo que está sucediendo, en muchos casos, incluso en el propio territorio, es inaceptable. Sólo la adopción de una estrategia conjunta de todos los países en cuestión puede contrarrestar con éxito las nuevas amenazas, como el terrorismo y el crimen organizado. Si, como los Estados Unidos cree que, los instrumentos jurídicos existentes ya no son suficientes para contrarrestar las nuevas amenazas, la situación debe ser analizada y discutida de manera conjunta.

259. Es muy probable que los recursos existentes y los acuerdos tendrán que ser adaptados con el fin de combatir el terrorismo internacional eficaz. Este es el punto de vista sostenido por el Gobierno de los Estados Unidos, en particular. Herramientas de investigación de la policía y las reglas del procedimiento penal, claramente hay que tener en cuenta el desarrollo de formas más graves de delincuencia. Sin embargo, dicha adaptación requiere de consultas multilaterales, que presupone el diálogo, el debate o incluso una confrontación franca y abierta, lo que claramente no han tomado su lugar. Por el contrario, los estados de la Unión Europea han acaba de emitir una señal particularmente negativo: ceder a lo que parece ser un reflejo nacionalista, a finales de abril de 2006 se rechazó una propuesta de la Comisión a intensificar la policía judicial y la cooperación en el marco del Acuerdo de Schengen.

260. Los esfuerzos para combatir la impunidad son, sin duda, un elemento crucial en la lucha contra el terrorismo. Es lamentable que la administración estadounidense se ha opuesto sistemáticamente el establecimiento de una jurisdicción universal, se niega a ratificar el acuerdo de Roma sobre el establecimiento de la Corte Penal Internacional. La entrega de sospechosos de terrorismo (sin, por otra parte, ningún tipo de verificación de la sustancia de las acusaciones por una autoridad judicial) a los estados se sabe, o debe suponer, no respetar los derechos fundamentales, es inaceptable. Basándose en el principio de la confianza y en las garantías diplomáticas dadas por los estados no democráticos sabe que no respeten los derechos humanos es simplemente cobarde e hipócrita.





Recomendación 1713 (2005) de la PACE sobre la supervisión democrática del sector de la seguridad en los Estados miembros.
Resolución 1433 (2005), sobre la legalidad de las detenciones por parte de los Estados Unidos en la Bahía de Guantánamo, § 1.
Resolución 863 (1986) sobre la respuesta europea al terrorismo internacional, § 3.
Los terroristas capturados en el siglo 21 no se ajustan fácilmente a los sistemas tradicionales de justicia criminal o militar, que fueron diseñados para necesidades diferentes. Hemos tenido que adaptarse. (Rice, la declaración de 5 de diciembre de 2005).
Véase, por ejemplo, Le Figaro, de 28 de abril de 2006.
Véase, por ejemplo, la Resolución 1336 (2003) sobre las amenazas a la Corte Penal Internacional
.





261. Los estados de la administración estadounidense que la entrega es una herramienta vital en la lucha contra el terrorismo internacional. Consideramos que las entregas pueden ser aceptables, y de hecho deseable, si cumplen una serie de requisitos muy específicos (que, con pocas excepciones, no ha sido el caso en cualquiera de las versiones conocidas hasta la fecha). Si un Estado no puede, o no quiere, para procesar a un sospechoso, debe ser posible aplicar el siguiente principio: ninguna persona realmente sospechoso de un acto grave de terrorismo deben sentirse seguros en cualquier lugar del mundo. En tales casos, sin embargo, la persona en cuestión puede ser entregado únicamente a un Estado capaz de ofrecer todas las garantías de un juicio justo, o - mejor aún - a una jurisdicción internacional, que en mi opinión, debería establecerse como una cuestión de urgencia.

262. El Alto Comisionado para los Derechos Humanos, Louise Arbour, ha criticado públicamente la práctica de la entrega de los detenidos, fuera del alcance del sistema de justicia - a países conocidos por usar la tortura, al tiempo que exige garantías de que estos prisioneros no serán maltratados. Agregó que la detención secreta era una forma de tortura.

263. Abandonar o relativizar la dignidad humana y los derechos humanos fundamentales es absolutamente inconcebible. Toda la historia demuestra que las decisiones arbitrarias, el desprecio por los valores humanos y la tortura no han sido eficaces, no han podido resolver nada y, en última instancia, sólo se han llevado a un empeoramiento ulterior de la violencia y la brutalidad. Al final, esos abusos sólo han servido para conferir un sentido y una apariencia de legitimidad a los que atacan a las instituciones. De hecho, ceder a esta tentación concede una gran victoria inicial de las mismas personas que atacan nuestros valores. Por otra parte, tratando de centrarse únicamente en los aspectos de seguridad, como es el caso en la actualidad - con un resultado que es más que cuestionable - juega a las manos de los señores del terror. Es imprescindible para un global de estrategia de lucha contra el terrorismo para examinar los aspectos políticos y sociales. Por encima de todo, debemos ser conscientes de la fuerza de los valores de la sociedad para la cual estamos luchando. Benjamín Franklin, inevitablemente viene a la mente, y su enfoque parece más relevante que nunca: los que pueden dar a la libertad esencial para obtener una seguridad temporal no merecen ni libertad ni seguridad.

264. La legalidad y la justicia de ninguna manera excluye la firmeza, pero conferir legitimidad genuina y credibilidad en las acciones preventivas inevitables de un estado. En este sentido, algunas de las actitudes de la comunidad internacional son inquietantes. Ya he mencionado la práctica inaceptable, que la aplicación de sanciones del Consejo de Seguridad de la ONU sobre la base de listas negras. Otro ejemplo es la situación en Kosovo, donde la comunidad internacional intervino para restablecer la paz, la justicia y la democracia: los habitantes de esta región siguen siendo las únicas personas en Europa - con la excepción de Bielorrusia - que no tienen acceso al Tribunal Europeo de Derechos Humanos Derechos, las cárceles son un agujero negro no virtuales, abierta a inspecciones y controles por parte del Comité para la Prevención de la Tortura. En nombre de qué legitimidad, y con qué credibilidad, es esta misma comunidad internacional tiene derecho a dar una conferencia de Serbia? Ejemplos son más eficaces que las amenazas (Corneille).

Las autoridades suizas han fiscalías federales, sin embargo, estableció una investigación preliminar sobre estas acusaciones.
Nosotros no vemos ninguna razón para porque hemos recibido garantías categóricas de los EE.UU. que no está utilizando de esta manera Shannon (Irlanda Examiner, 22 de febrero de 2006).
Los Estados Unidos no transporta, y no ha transportado detenidos de un país a otro con el fin de los interrogatorios mediante tortura (declaración del 5 de diciembre de 2005).
El ministro alemán de Relaciones Exteriores, Steinmeier, hizo hincapié en la necesidad de esta aclaración, porque, dijo, que no se alejen el uno del otro sobre la interpretación del derecho internacional (AP 08 de diciembre 2005).
Sólo Bernard Bot, el Ministro de Asuntos Exteriores holandés, considera las explicaciones de Estados Unidos "insuficiente"; diplomáticos escandinavos también protestó contra el uso de los servicios estadounidenses de "los métodos en el borde de la legalidad". En general, sin embargo, los europeos, encabezados por Jack Straw de Gran Bretaña, mantuvo un perfil bajo para no ofender a la "dama de hierro" de la diplomacia estadounidense. (Le Figaro, de 8 de diciembre de 2005).





La entrega es una herramienta vital en la lucha contra el terrorismo internacional (Rice, en su declaración de 5 de diciembre de 2005).
En particular, esto se aplica al caso del terrorista Carlos, que, además, fue mencionada por Rice. Ella parece olvidar, sin embargo, que Carlos, secuestrado en Sudán, donde gozó de total impunidad, fue trasladado a Francia, donde fue juzgado de acuerdo a un procedimiento de conformidad con el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Le Monde, de 9 de diciembre de 2005.
Una sentencia del Tribunal Supremo de Israel, llamado a pronunciarse sobre una
supuesta violación del principio de igualdad a raíz de la distribución de máscaras de gas en la Ribera Occidental durante la Guerra del Golfo, contiene el siguiente pasaje notable por escrito por el Presidente del Tribunal, Aarón Barak , él mismo un superviviente del gueto de Kovnus en Lituania: "Cuando las armas hablan, las musas callan. Sin embargo, cuando las armas hablan, los comandos militares deben cumplir con la ley. Una sociedad que quiere ser capaz de enfrentarse a sus enemigos, sobre todo, debe ser consciente de que está luchando por los valores dignos de protección. El imperio de la ley es uno de esos valores ", en: Aaron Barak, la Democracia, Terrorismo e Corti di Giustizia, costituzionale Giurisprudenza, 2002, 5, p. 3385.
Citado recientemente por Heinrich Koller, Kampf gegen Terrorismus - Rechstaatlichen Grundlagen und Schranken, conferencia que se celebró en Zurich el 19 de enero de 2006 ante el Schweizeriche Helsinki Vereinigung für Demokratie, Rechtsstaat und Menschenrechte.



10. Punto de vista jurídico

10,1. El punto de vista de los Estados Unidos

265. En mayo de 2006 Estados Unidos envió su delegación estatal por primera vez al Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura (CAT de la ONU), ya que la administración Bush llegó al poder. La delegación estuvo encabezada por el Asesor Jurídico Principal del Departamento de Estado, el Sr. John Bellinger.

266. Sr. Bellinger supervisó la presentación de una petición la página 184 de la ONU contra la Tortura, en el que los Estados Unidos de establecer sus exhaustivas respuestas por escrito 'a la mayor parte de la lista de cuestiones del Comité. Los Estados Unidos sin duda debe ser elogiado por este nivel de compromiso, a pesar de que su política con respecto a las detenciones secretas y las actividades de inteligencia se mantuvo, en su mayor parte, en una empresa "sin comentarios".

267. No puede haber sido pocas veces más oportunas en el que participar el Sr. Bellinger en la discusión de las cuestiones jurídicas pertinentes que en la semana de su regreso de la CAT de la ONU a Washington, DC. En una sesión informativa que dura aproximadamente una hora, el Sr. Bellinger y su colega Dan Fried, subsecretario de Estado para Asuntos Europeos, nos ha proporcionado una amplia gama de perspectivas valiosas, que creo que vale la pena reflejar plenamente en el presente informe como el mejor de primera mano contemporánea representación de la posición legal de los EE.UU..

268. Sr. Bellinger dejó en claro en varias ocasiones que un programa de entregas sigue siendo un aspecto clave de la política exterior de Estados Unidos: "Como dijo la secretaria Rice, hacemos entregas conducta, hemos llevado a cabo entregas y no vamos a descartar la realización de las entregas extraordinarias en el futuro ".

269. Fue muy decisivo, sin embargo, en la elaboración de una distinción entre el significado original de las entregas y la popular, los medios de comunicación impulsada por concepto de Rendición Extraordinaria:

"En la medida en que la entrega extraordinaria - como he visto que se define - significa la transferencia intencional de una persona a un país, con la esperanza o la intención de que reciban malos tratos, a continuación, los Estados Unidos no hace las entregas extraordinarias, para empezar.

Los Estados Unidos no hace que las personas a otros países con el propósito de ser torturado, o en la expectativa de que será torturado ".

270. Dan Fried utiliza la rueda para explicar algunas de las consideraciones subyacentes de los Estados Unidos en busca de su "guerra contra el terror":

"Estamos tratando de proteger a nuestro pueblo, estamos tratando de luchar contra peligrosos grupos terroristas que están activos y que significa lo que dicen sobre la destrucción de nosotros. Estamos tratando de hacerlo de una manera consistente con nuestros valores y nuestras obligaciones legales internacionales.

Hacer todas esas cosas en la práctica no es fácil, en parte porque - como hemos descubierto que nos hemos metido en ella - la lucha que estamos en no encajan bien en el marco jurídico penal, o claramente en la ley de la guerra marco. "

271. En lo que respecta a la cuestión de encajar en los marcos jurídicos, me parece particularmente notable que los Estados Unidos no se considera obligada a satisfacer la interpretación de cualquier persona del derecho internacional, pero por sí solo. Sr. Bellinger continuamente expresó esta opinión:

"Tenemos que cumplir con nuestras obligaciones legales. Nada de esto puede hacerse en una forma ilegal. Creemos que desde nuestro punto de vista que se cumplen todas las obligaciones legales que tenemos ".





Vea la presentación CAT de los Estados Unidos y el recién publicado comentarios de la Comisión (en la página 4) sobre las detenciones secretas, disponible en www.usmission.ch.
Las notas detalladas de la reunión con el Sr. Bellinger y comentarios son transcriben en el archivo con el Relator
.



272. Del mismo modo, en una de sus explicaciones más largas, el Sr. Bellinger defendió el historial de los Estados Unidos a los ojos de sus socios europeos:

"Para aquellos que dicen que no está siguiendo nuestras obligaciones internacionales, en algunos casos, tengo que decir que a veces todo se reduce a un desacuerdo sobre lo que es la obligación.

Con respecto al artículo 3 de la Convención, esto es una cuestión técnica. La obligación establecida en el artículo 3 de la Convención contra la Tortura exige a un país para no volver, expulsar o no expulsar ni devolver a una persona. Durante más de una década, la posición del Gobierno de los EE.UU., y nuestros tribunales, ha sido que todos esos términos se refieren a las devoluciones de, o transferido fuera de los Estados Unidos.

Así que pensamos que el artículo 3 de la CAT es jurídicamente vinculante sobre nosotros con respecto a las transferencias de cualquiera de los Estados Unidos, pero no creo que sea jurídicamente vinculante fuera de los Estados Unidos.

Asimismo, el Senado de los Estados Unidos y nuestros tribunales por más de diez años han tomado una posición que las palabras "razones fundadas" significa "más probable que no". Si nos trasladamos a una persona desde un punto fuera de los Estados Unidos a otro punto fuera de los Estados Unidos, entonces, como una cuestión política, si creemos que hay razones fundadas para creer que el individuo va a ser torturados o maltratados, seguimos las mismas reglas. Creo que es una posición razonable para nuestros tribunales han establecido - que "razones fundadas" significa "más probable que no".

Lo que puedo decir, sin embargo, es que hay diferentes regímenes jurídicos entre el Tribunal Europeo de Derechos Humanos y los tribunales, y no se puede "golpear" a nuestros tribunales y nuestra Senado sobre la base de algunas de las cosas que dijeron hace diez años como la manera de interpretar la ley.

Si lo desea, que la interpretación del Tribunal de Derechos Humanos contra la Tortura fue la misma posición que tenemos aquí, pero no lo es. Nosotros, sin embargo, tomar en serio nuestras obligaciones legales. Y es necesario que haya un reconocimiento de que puede haber diferentes interpretaciones de los términos, pero sin embargo los Estados Unidos todavía tiene nuestras obligaciones legales en serio -. Y lo hacemos "

La interpretación del Sr. Bellinger también sirve para explicar por qué un centro de detención como el Camp Delta está situado en la Bahía de Guantánamo, en Cuba, y no en el desierto de Arizona. De los Estados Unidos choques enfoque formalista y positivista de las sensibilidades legales de los europeos, que están más influenciados por las consideraciones teleológicas de los. En otras palabras, el enfoque europeo es optar por una interpretación que ofrece la máxima protección a los valores en los que se basa la norma jurídica.

273. Sr. Bellinger era previsible reacios a discutir las cuestiones jurídicas relativas a cualquiera de los casos de entregas que se alega que se han producido, incluyendo los estudios de casos tratados en este informe. Citó una política deliberada por parte del gobierno de EE.UU. para que se abstengan de hacer comentarios:

"Hemos pensado seriamente acerca de si podemos responder a preguntas específicas en público y decir que había uno, dos, o tres entregas y en el que pasó. Sin embargo, hemos concluido que, debido a la naturaleza de las actividades de inteligencia, simplemente no podemos entrar en el negocio de confirmar o negar las preguntas específicas - tanto como nos gustaría. No voy a confirmar o negar si ha habido cualquier interpretaciones que han pasado por Europa, en absoluto. "


274. El Gobierno de Estados Unidos está siempre dispuesto, sin embargo, para explicar las "decisiones difíciles" se siente que tiene que hacer para proteger a sus ciudadanos. Sr. Bellinger, por su parte, describió un hipotético "dilema de la política", basada libremente en un escenario de la vida real, donde se capturó a un miembro de Al-Qaeda en la frontera con Kenia, "tratando de entrar en el país, pero los kenianos no quieren él no ". El cautivo se sabe que es buscado por "algún otro país como Egipto, Pakistán o Jordania" y que Estados Unidos tiene un avión que podría utilizar para convertirle en la espalda. Sr. Bellinger concluyó su exposición mediante la caracterización de la elección:

"Si hay que elegir entre dejar ir una persona que se sospecha de la implicación en el terrorismo, o llevarlos de vuelta a su país de origen, o algún otro país donde te quieren - entonces esa es tu elección, porque no hay tratado de extradición y, obviamente, no quieren que pongamos más gente en Guantánamo.

Si la elección es si la persona va a desaparecer y se dejó ir, o el país de su nacionalidad o de algún otro país lo quiere de vuelta, y los EE.UU. es capaz de prever que - lo que debe hacerse? Esa es su elección.

Los Estados Unidos dice que hay casos en que en las entregas extraordinarias hecho podría tener sentido. "


10,2. El punto de vista del Consejo de Europa

10.2.1. La Comisión Europea para la Democracia por el Derecho (Comisión de Venecia)

275. Las cuestiones jurídicas planteadas por los hechos examinados en este informe, desde el punto de vista del Consejo de Europa, se han establecido con claridad y precisión por la Comisión de Venecia, a quien la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos había pedido una opinión legal en diciembre de 2005.

276. En su conclusión, la Comisión de Venecia hace hincapié en la responsabilidad del Consejo de los Estados miembros de Europa para asegurar que todas las personas bajo su jurisdicción disfrutan acordados internacionalmente los derechos fundamentales (incluyendo el derecho a la seguridad de la persona, la libertad contra la tortura y el derecho a la vida), incluso en el caso de las personas que están a bordo de una aeronave que está simplemente en tránsito a través de su espacio aéreo. La Comisión de Venecia confirma también que las obligaciones derivadas de los numerosos tratados bilaterales y multilaterales en diferentes campos tales como la legítima defensa colectiva, la aviación civil internacional y las bases militares, "no impide que los Estados cumplan con sus obligaciones de derechos humanos".



Véanse las observaciones de la Secretaria Rice en su partida para Europa, la Base Aérea de Andrews, 5 de diciembre de 2005: "Proteger a los ciudadanos es el deber primero y más antiguo de cualquier gobierno. A veces estos esfuerzos se malinterpretan. Quiero ayudar a todos a entender las difíciles decisiones que participan, y algunas de las responsabilidades que van con ellos ".
Dictamen sobre las obligaciones jurídicas internacionales del Consejo de Europa, los Estados miembros en materia de centros de detención secretos y entre Estados de transporte de los reclusos, adoptadas por la Comisión de Venecia en su 66.a reunión plenaria (Venecia, 17-18 de marzo de 2006) sobre la base de los comentarios por los señores Ian Cameron (Miembro Suplente, Suecia), Pieter van Dijk (Miembro, los Países Bajos), Olivier Dutheillet de Lamothe (miembros, Francia), Jan Helgesen (miembros, Noruega), Giorgio Malinverni (miembro, Suiza) y Georg Nolte (miembro Suplente, Alemania) - sin opinión. 363/2005, CDL-AD (2006) 009.
cf. Dictamen antes citada, párrs. 143-146.
Ibíd., párr. 156. Ver la UE Red de Expertos Independientes sobre Derechos Fundamentales, Dictamen N ° 3-2006 sobre "Las responsabilidades humanas de los Estados miembros de la UE en el marco de las actividades de la CIA en Europa (" entregas extraordinarias "), 25 de mayo de 2006, en la página 7. La Red llega a la misma conclusión sobre la base del artículo 6 (1) de la UE.





277. En respuesta a las preguntas formuladas por la Comisión de Asuntos Jurídicos y Derechos Humanos, la Comisión de Venecia ha sacado las siguientes conclusiones:

"A medida que se refiere a la detención y la detención secreta

a) Cualquier forma de participación de un miembro del Consejo de Estado de Europa o la recepción de la información antes de un arresto dentro de su jurisdicción por parte de agentes extranjeros implica la rendición de cuentas conforme a los artículos 1 y 5 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (y, posiblemente, el artículo 3 en relación con el modalidades de la detención). El Estado por tanto debe evitar que la detención se llevara a cabo. Si la detención se lleva a cabo por autoridades extranjeras en el ejercicio de su jurisdicción en los términos de un estado de aplicación del Acuerdo de Fuerzas (SOFA), el Consejo de Estado miembro de la Europa que se trate podrá seguir siendo responsable en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos, como es su obligación dar prioridad a sus obligaciones de jus cogens, como porque se derivan del artículo 3.

b) activa y pasiva de cooperación por un Consejo de Estado miembro de Europa en la imposición y ejecución de las detenciones secretas compromete su responsabilidad en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos. Si bien no se hace responsable como se aplica si la detención se lleva a cabo por autoridades extranjeras sin que el Estado territorial, en realidad lo sepa, este último debe tomar medidas eficaces para proteger contra el riesgo de desaparición y debe llevar a cabo una investigación inmediata y efectiva de una reclamación fundada de que una persona ha sido tomado en custodia no reconocida.

c) El Consejo de Europa, la responsabilidad del Estado miembro está comprometido también en el caso de que sus agentes (policía, fuerzas de seguridad, etc) cooperar con las autoridades extranjeras o no impiden un arresto o una detención secreta, sin conocimiento del gobierno, actuando ultra vires. El Estatuto del Consejo de Europa y el Convenio Europeo de Derechos Humanos exigen el respeto del imperio de la ley, que a su vez exige la rendición de cuentas de todas las formas de ejercicio del poder público. Independientemente de cómo un Estado opta por regular el control político sobre los organismos de seguridad e inteligencia, en cualquier caso la supervisión efectiva y mecanismos de control debe existir.

d) Si un Estado es informado o tiene sospechas razonables de que las personas que se encuentran incomunicados en las bases militares extranjeras en su territorio, su responsabilidad en virtud del Convenio Europeo de Derechos Humanos se dedica, a menos que tome todas las medidas que sean de su competencia a fin de que esta situación irregular hasta el final.

e) Consejo de Europa, los Estados miembros que han ratificado el Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura debe informar al Comité Europeo para la Prevención de la Tortura de cualquier centro de detención en su territorio y que le permita acceder a esas instalaciones. En la medida en el derecho internacional humanitario sean aplicables, los Estados deben permitir que el Comité Internacional de la Cruz Roja el permiso para visitar estas instalaciones.

En cuanto a las transferencias entre estados de los presos

f) Sólo hay cuatro formas legales para el Consejo de Europa, los Estados miembros para la transferencia de un prisionero a las autoridades extranjeras: la deportación, extradición, de tránsito y traslado de personas condenadas con el objeto de su cumplimiento de la sentencia en otro país. Los procedimientos de extradición y deportación debe ser definida por la legislación aplicable, y los prisioneros se debe proporcionar las debidas garantías legales y el acceso a las autoridades competentes. La prohibición de extraditar o deportar a un país donde existe un riesgo de tortura o malos tratos deben ser respetados.

g) Las garantías diplomáticas deben ser legalmente vinculantes para el Estado de emisión y deberá ser suficientemente clara en términos, cuando hay pruebas sustanciales de que a las prácticas nacionales o permisos de la tortura en relación con determinadas categorías de presos, el Consejo de Europa, los Estados miembros deben rechazar las garantías en los casos de las solicitudes de extradición de presos que pertenecen a esas categorías.


h) La prohibición de transferir a un país donde existe un riesgo de tortura o malos tratos también se aplica en relación con el tránsito de los presos a través del territorio del Consejo de Europa los Estados miembros: por lo tanto debe negarse a permitir el tránsito de prisioneros en circunstancias donde hay un riesgo.

En cuanto a sobrevuelo

i) Si un miembro del Consejo de Estado de Europa tiene razones fundadas para creer que un avión cruzar su espacio aéreo lleva a los presos con la intención de trasladarlos a países donde correrían los malos tratos en violación del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, debe tomar todas las medidas necesarias con el fin de evitar que esto se llevara a cabo.

j) Si el avión Estado en cuestión se ha presentado como un avión civil, es decir, no se ha tratado debidamente la autorización previa de conformidad con el artículo 3 c) del Convenio de Chicago, el Estado territorial debe exigir aterrizaje y debe buscarla en el diccionario. Además, se debe protestar a través de los canales diplomáticos apropiados.

k) Si el avión se ha presentado como un plano del estado y ha obtenido permiso de sobrevuelo, sin embargo la revelación de su misión, el Estado territorial no puede menos que buscarla en el diccionario con el consentimiento del capitán. Sin embargo, el Estado territorial puede negarse las autorizaciones de sobrevuelo más a favor del Estado del pabellón o imponer como condición para ello, el deber de someter a las búsquedas, y si el permiso de sobrevuelo se deriva de un tratado bilateral o de un Acuerdo de Estatus de Fuerzas o una base militar acuerdo, los términos de dicho tratado debe ser cuestionada si, y en la medida en que no permiten ningún tipo de control con el fin de garantizar el respeto de los derechos humanos.

l) En la concesión de la autorización de las aeronaves de Estado extranjeras para el sobrevuelo, el Consejo de Europa, los Estados miembros deben garantizar el respeto de sus obligaciones de derechos humanos. Esto significa que pueden tener que considerar si es necesario introducir nuevas cláusulas, incluyendo el derecho a buscar, como condición para las autorizaciones diplomáticas en favor de los aviones que trasladaban prisioneros del Estado. Si hay motivos razonables para creer que, en ciertas categorías de casos, los derechos humanos de ciertos pasajeros el riesgo de ser violados, los Estados deben hacer de hecho permiso de sobrevuelo supeditada a la observancia de las cláusulas expresas de los derechos humanos. El cumplimiento de los procedimientos para la obtención de la autorización diplomática debe ser estrictamente supervisado, las solicitudes de autorización de sobrevuelo deben proporcionar información suficiente como para permitir un control eficaz (por ejemplo, la identidad y el estado (de pasajeros voluntaria o involuntaria) de todas las personas a bordo y el destino de la vuelo, así como el destino final de cada pasajero). Siempre que sea necesario, el derecho a buscar aviones civiles debe ser ejercido.

m) Con el fin de desalentar la repetición de los abusos, las violaciónes de los principios de la aviación civil en relación con el transporte irregular de prisioneros debe ser denunciado, y señaló a la atención de las autoridades competentes y, finalmente, de la opinión pública. Consejo de Europa, los Estados miembros podría traer posibles violaciones de la Convención de Chicago antes de que el Consejo de la Organización Internacional de Aviación Civil de conformidad con el artículo 54 del Convenio de Chicago.

n) En cuanto a las obligaciones de los tratados del Consejo de Europa los Estados miembros, la Comisión considera que no existe una obligación internacional para que permita las transferencias irregulares de los presos o la concesión de derechos de sobrevuelo de incondicionales, a los efectos de la lucha contra el terrorismo. La Comisión recuerda que, si el incumplimiento de una obligación convencional está determinado por la necesidad de cumplir con una norma imperativa (jus cogens), que no da lugar a un hecho internacionalmente ilícito, y la prohibición de la tortura es una norma imperativa. En opinión de la Comisión, por lo tanto, los Estados deben interpretar y cumplir con sus obligaciones del tratado, incluyendo las derivadas del Tratado de la OTAN y de acuerdos sobre bases militares y estatuto de las fuerzas, de una manera compatible con sus obligaciones de derechos humanos ".



10.2.2 El Secretario General del Consejo de Europa (artículo 52 CEDH)

278. El Secretario General ha hecho uso de su facultad de investigación de conformidad con el artículo 52 del CEDH, tan rápida y tan completa como sea posible. En su informe de fecha 28 de febrero de 2006, el Secretario General adopta una posición clara que se refiere a responsabilidades de los Estados Miembros:

"Las actividades de las agencias extranjeras no pueden atribuirse directamente a los Estados Partes. Su responsabilidad no obstante, podrán ser contratados por cuenta de cualquiera de su deber de abstenerse de ayuda o asistencia en la comisión de un hecho ilícito, la aquiescencia y complicidad en tal conducta, o, más generalmente, de sus obligaciones positivas en virtud de la Convención5 De acuerdo con el general las normas reconocidas sobre la responsabilidad del Estado, los Estados pueden ser responsables de la ayuda o asistencia a otro Estado en la comisión de un hecho internacionalmente ilícito act.6 No puede haber duda de que la ayuda y asistencia por parte de agentes de un Estado Parte en la comisión de abusos contra los derechos humanos por parte de agentes de otro Estado que actúa dentro de la jurisdicción del primero constituiría una violación de la Convención. Incluso la aquiescencia y connivencia de las autoridades en los actos de los agentes extranjeros que afectan a derechos de la Convención podría comprometer la responsabilidad del Estado Parte en la Convención. Por supuesto, cualquier tipo de responsabilidad presupone ejecutivos que las autoridades de los Estados Partes tenía conocimiento de dichas actividades. "

En cuanto al resultado de la solicitud de la Asamblea General Secetary de información, el informe de 28 de febrero concluye de manera preliminar que "todas las formas de privación de libertad fuera del marco legal regular deben ser tipificados como delitos penales en todos los Estados Partes y se respeta efectivamente la . Los delitos deben incluir ayuda y asistencia en estos actos ilícitos, así como los actos de omisión (siendo conscientes pero la información no), y fuertes sanciones penales deben ser para el personal de inteligencia u otros funcionarios públicos involucrados en tales casos. Sin embargo, los problemas más significativos y las lagunas reveladas por las respuestas se refieren a la capacidad de las autoridades competentes para detectar cualquier actividad ilegal y adoptar las medidas decididas en contra de ellos. Las cuatro áreas principales en donde se identifican nuevas medidas se deben tomar a nivel nacional, europeo e internacional:

- Las normas que rigen las actividades de los servicios secretos parecen insuficientes en muchos Estados, mejores controles son necesarios, especialmente en lo que respecta a las actividades de los servicios secretos extranjeros en su territorio;

- Las normas internacionales vigentes para el tráfico aéreo no dan garantías adecuadas contra los abusos. No es necesario que los Estados que ha de darse la posibilidad de comprobar si las aeronaves en tránsito están siendo utilizados con fines ilegales. Pero incluso dentro del actual marco jurídico, los Estados deben dotarse de herramientas de control más fuertes;

- Las normas internacionales sobre la inmunidad del Estado a menudo impide que los Estados efectivamente procesar a funcionarios extranjeros que cometen delitos en su territorio. La inmunidad no debe conducir a la impunidad en graves violaciónes de los derechos humanos están en juego. Los trabajos deberían iniciarse a nivel europeo e internacional para establecer claras excepciones de los derechos humanos a las normas tradicionales sobre la inmunidad;

- Meras garantías de los Estados extranjeros que sus agentes en el extranjero cumplan con la legislación internacional y nacional no son suficientes. Las garantías formales y mecanismos de aplicación deben ser establecidas en los acuerdos y la legislación nacional con el fin de proteger los derechos del CEDH. "





SG / Inf (2006) 5, disponible en la Web del Consejo de Europa (http://www.coe.int)
Ibíd., párr. 23, véase también el excelente análisis de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en relación con los Estados miembros "obligaciones positivas" en los párrafos. 24-30
Ibid., P. 1 (no oficial del resumen ejecutivo)



279. En este contexto, el Secretario General, en referencia a mi nota informativa de 21 de enero de 2006, estaba preocupado por el hecho de que algunos países no han respondido, o que no han contestado por completo, a la pregunta sobre la participación de cualquier funcionario público en el tipo de privación de la libertad o el transporte de detenidos, y si alguna investigación oficial en curso o se ha completado. En consecuencia, el Secretario General ha pedido a las preguntas adicionales para algunos países. Las respuestas aún no están en el dominio público.





11. Conclusión

 
280. Nuestro análisis del programa de 'entregas extraordinarias' de la CIA ha revelado una red que se asemeja a una "tela de araña 'girar por todo el mundo. El análisis se basa en información oficial proporcionada por autoridades nacionales e internacionales de tráfico aéreo, así como en otra información, incluyendo a partir de fuentes dentro de los servicios de inteligencia, en particular la estadounidense. Esta 'web', que se muestra en el gráfico, se compone de varios puntos de desembarque, que se han subdividido en diferentes categorías, y que están conectados entre sí por aviones civiles utilizados por la CIA o de una aeronave militar.

281. Estos puntos de desembarque se utilizan para diversos fines que van desde las escalas de aviones para repostar durante una misión a los puntos de parada se utilizan para la conexión de los diferentes circuitos de entregas de los que hemos identificado y donde "las unidades de entregas extraordinarias" para descansar y preparar misiones. También hemos marcado los puntos donde se sabe que hay centros de detención (Bahía de Guantánamo, Kabul y Bagdad ...) así como los puntos donde creemos que hemos sido capaces de establecer que el pick-ups de las víctimas de entregas se llevó a cabo.

282. En sólo dos países europeos (Rumania y Polonia), hay dos puntos de desembarque de otros que aún no se explica. Evidentemente, no se encuentran en ninguna de las categorías descritas anteriormente, varios indicios nos hacen creer que son propensos a formar parte de las de los circuitos de entregas ". Estos desembarques por lo tanto, no forman parte del 98% de los vuelos de la CIA que se utilizan únicamente con fines logísticos, sino que pertenecen a un 2% de los vuelos que nos preocupan más. Estos hechos corroboran reforzar la presunción - ya se basan en otros elementos - que estos desembarques son detenidos frente a caída de los puntos que están cerca de centros secretos de detención.

283. Análisis del funcionamiento de la red y de los diez casos individuales nos permite hacer una serie de conclusiones tanto sobre violaciónes de derechos humanos, algunos de los que siguen-y sobre las responsabilidades de un Consejo de Europa, los Estados miembros.

284. Cabe destacar que este informe es, en efecto dirigida al Consejo de Europa, los Estados miembros. Los Estados Unidos, un Estado observador de nuestra Organización, en realidad creó esta red reprobable, que criticamos a la luz de los valores compartidos a ambos lados del Atlántico. Pero también creemos que ha establecido que es sólo a través de la colusión intencional o negligencia grave de los socios europeos de que esta "web" fue capaz de extenderse también a Europa.

285. La impresión que algunos gobiernos trataron de crear en el inicio de este debate - que Europa fue víctima de secretos complots de la CIA - no parece corresponderse con la realidad. Ahora está claro - aunque todavía estamos lejos de establecer toda la verdad - que las autoridades de varios países europeos participaron activamente con la CIA en estas actividades ilegales. Otros países las ignoraron a sabiendas, o no quieren saber.


286. En el proyecto de resolución, que resume las conclusiones de este informe, no he llamado directamente a los países responsables, simplemente porque no hay suficiente espacio en un texto para desarrollar adecuadamente los matices de cada caso individual. Además, sólo se sabe parte de la verdad hasta ahora, y otros países que aún puede llegar a estar implicados en la luz de futuras investigaciones o revelaciones. Esta nota aclaratoria, sin embargo, explica los hechos descubiertos en mucho mayor detalle. Por último, con el propósito de este informe es de no atribuir los grados de los estados miembros diferentes, pero para tratar de entender lo que realmente sucedió en toda Europa y dejar de violaciónes se muestran algunos vuelvan a ocurrir en el futuro. Yo agregaría que un elemento clave parece ser la necesidad urgente de mejorar la respuesta internacional a la amenaza del terrorismo. Esta respuesta en la actualidad aparece hoy como claramente insuficiente y mal coordinados.

287. Mientras que evidencia, al menos según el sentido estricto de la palabra, carece todavía de medios, una serie de elementos coherentes y convergentes indican que los centros de detención secretos han existido y de hecho ilegales entre las transferencias estatales han tenido lugar en Europa. Yo no me creó para actuar como un tribunal penal, ya que esto requeriría pruebas más allá de toda duda razonable. Mi valoración no refleja una convicción basada en un cuidadoso examen de cálculo de probabilidades, así como las deducciones lógicas a partir de hechos claramente establecidos. No tiene la intención de pronunciar que las autoridades de estos países son "culpables" por haber tolerado los sitios secretos de detención, sino que es para mantenerlos "responsable" por no cumplir con la obligación positiva de investigar diligentemente cualquier acusación grave de los derechos fundamentales violaciónes.

288. En este sentido, es preciso señalar que hasta la fecha, los siguientes Estados miembros puede ser considerado responsable, en diversos grados, que no siempre son resueltas con carácter definitivo, por violaciónes de los derechos de las personas concretas señaladas a continuación (respetando el orden cronológico en cuanto a posible):

- Suecia, en los casos de Ahmed Agiza y Mohamed Alzery;
- Bosnia-Herzegovina, en los casos de Lakhdar Boumediene, Mohamed Nechle, Boudella Hadj, Belkacem Bensayah, Mustafa Ait Idir y Saber Lahmar (el "seis de Argelia");
- El Reino Unido en los casos de Bisher Al-Rawi, Jamil El-Banna y Binyam Mohamed;
- Italia, en el caso de Abu Omar y Maher Arar;
- "La Antigua República Yugoslava de Macedonia", en el caso de Khaled El-Masri;
- Alemania, en el caso de Abu Omar, de la "Argelia seis", y Khaled El-Masri;
- Turquía, en el caso de los "seis de Argelia".

289. Algunos de estos estados antes mencionados, y otros, podrían ser responsables de la colusión - activa o pasiva (en el sentido de haber tolerado o haber sido negligente en el cumplimiento de la obligación de supervisar) - La participación de las detenciones secretas e ilegales entre Estados transferencias de un número no especificado de personas cuya identidad se desconoce hasta el momento:

- Polonia y Rumanía, relativo a la gestión de los centros secretos de detención;
- Alemania, Turquía, España y Chipre, por ser "puntos de parada de los vuelos referidos al traslado ilegal de detenidos;
- Irlanda, el Reino Unido, Portugal, Grecia e Italia por ser "escalas de los vuelos referidos al traslado ilegal de detenidos.

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290.
290. Otros Estados aún deben mostrar una mayor voluntad y celo en la búsqueda de la verdad, como serios indicios muestran que su territorio o su espacio aéreo podría haber sido utilizado, incluso sin saberlo, para las operaciones ilegales (el ejemplo de Suiza se citó en este contexto).

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 291. La comunidad internacional finalmente se insta a crear una mayor transparencia en los lugares de detención en Kosovo, que hasta la fecha califican como 'agujeros negros' que ni siquiera se puede acceder por el CPT. Esto es francamente intolerable, teniendo en cuenta que la intervención internacional en esta región fue la intención de restaurar el orden y la legalidad.

292. Con respecto a estas acusaciones extremadamente graves, es urgente - que es el objetivo principal de este informe - que todo el Consejo de Europa, los Estados miembros interesados
​​, finalmente cumplir con su obligación, conforme a la CEDH para investigar. También es fundamental que las propuestas en el proyecto de resolución y recomendación se implementan de manera que el terrorismo puede ser combatido con eficacia sin dejar de respetar los derechos humanos, al mismo tiempo.







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